Juan José de Tejada García

D. Juan José de Tejada García, nacido en Galilea en el año 1643, fue un destacado jurista de la curia española que, después de ejercer como provisor durante varios años en el obispado calagurritano, fue nombrado, en la transición del siglo XVII al XVIII, inquisidor general del Reino de Aragón para acabar su carrera eclesiástica formando parte del poderoso Tribunal de la Suprema y General Inquisición, donde permaneció casi un lustro.

Jubilado de la Santa y General Inquisición, como él mismo manifiesta en sus escritos, se traslada a su pueblo natal donde erige la magnífica Capilla en honor a la Virgen del Pilar, en la cara norte de la Iglesia de San Vicente, a la que dota, entre otros ornamentos para el culto, de un riquísimo retablo, el cual, recientemente, ha sido sometido a un proceso de restauración casi integral, debido al preocupante estado en que se encontraba.

Después de vivir 76 años, fallece en el pueblo que le vio nacer y estipula en su testamento, que tanto él y su familia, como su tío y mentor el Arzobispo Diego de Tejada y Laguardia, deben ser enterrados en sendos arcosolios horadados en la capilla que él construyó.

D. JUAN JOSÉ TEJADA GARCÍA (1643-1719)

 

Escudo de armas de Tejada

Juan José de Tejada García nació en Galilea el día 4 de febrero de 1643.  Para conocer su genealogía nada mejor que remitirnos al expediente que se instruyó con motivo de su ingreso en la orden de Santiago en donde, al comienzo del mismo se  dice sobre sus ancestros:

 

“Fueron sus padres: Andrés de Tejada y Laguardia vecino y natural del lugar del Galilea jurisdicción de la villa de Ocón y doña María García natural de Corera de la misma jurisdicción.

 

Abuelos paternos: Juan de Tejada natural de la villa de Jubera y María de Laguardia natural de Galilea, jurisdicción de Ocón.

 

Abuelos maternos: Juan García y Francisco Solano naturales y vecinos del mismo lugar de Corera jurisdicción de Ocón”.

 

ALUMNO DEL COLEGIO SAN BARTOLOMÉ EL VIEJO DE SALAMANCA

 

Desde sus primeros momentos como estudiante estuvo siempre bajo la égida de su tío el Arzobispo. Tal es así que aunque su segundo apellido era García, como hemos visto más arriba, en todos los documentos consultados aparece en su lugar el de Laguardia. También como su tío, fue alumno, desde muy joven, del prestigioso colegio San Bartolomé el viejo de Salamanca. En el expediente, ya citado, de limpieza de sangre para su ingreso en la orden de Santiago, fechado en el año 1664, ya hace referencia a que don Juan José de Tejada era colegial del colegió salmantino.

San Bartolomé de Salamanca

Para entender su trayectoria posterior como jurista en el ámbito eclesial es interesante reflejar aquí lo que Marina Torre Arce escribe en la revista Hispania número 196 sobre la importancia de pertenecer a uno de los más prestigiosos Colegios Mayores de aquella época, cuando dice:

 

“La formación universitaria, el ingreso en una Universidad distinguida y más aún, en uno de los Colegios Mayores de Salamanca, Valladolid o Alcalá se erigió en uno de los peldaños a escalar por la gran mayoría de los que pre­tendiesen seguir una carrera burocrática en la administración española del Antiguo Régimen.

 

La Universidad y especialmente, los Colegios Mayores fueron los focos desde donde se iniciaban los mecanismos de cierre, selección y presión de aquellos grupos interesados en integrarse en los puestos principales de la Igle­sia y la Corona, siendo la Inquisición uno de ellos.

 

Ser colegial suponía compartir una misma comunidad con aquellos que ocupaban los cargos más codiciados de las altas esferas burocráticas, los de consejeros. La burocracia del Antiguo Régimen se nutría fundamentalmente de estos centros y las relaciones de patronazgo entre los que había sido cole­giales y los que lo eran, permitían a unos potenciar su posición y ampliar sus redes de dependencia a través del apoyo a las carreras de sus compañeros y a estos establecer, desde sus Colegios, relaciones ventajosas para su futuro y bus­car por este camino el modo de colocarse en los órganos que les interesasen. La Inquisición fue uno de ellos y los inquisidores sus máximos protagonistas».

 

Exponía R. Kagan en su obra dedicada a la Universidad española en la Edad Moderna que,

 

«..era vox populi que el hijo o sobrino de un funcionario del gobierno que obtenía una beca en un Colegio tenía su futuro político asegu­rado..»

 

El testimonio de Juan Antonio de Santelizes corrobora este hecho, a nivel de Inquisición, en un memorial remitido al Inquisidor General en 1709, cuando explicaba las circunstancias y apoyos con los que se incorporó al Santo Oficio. Decía este inquisidor que,

 

 «…aconsejado del arzobispo, mi señor y mi tío y de colegiales de mi casa que en aquel tiempo servían algunos de los primeros empleos de la Corte..»

 

Parece como si el inquisidor Santelizes se estuviera refiriendo, con esta afirmación, al propio D. Juan José. Fuera como fuere, lo cierto es que, a lo largo de casi diez años nuestro paisano permanece en la ciudad castellana de donde volvió con el título de licenciado en leyes, que tanto habría de servirle en su futura carrera.

CABALLERO DE LA ORDEN DE SANTIAGO

 

Expediente Orden de Santiago

En el año 1663, comienza todo un expediente para ser admitido como caballero de la Orden de Santiago, en donde, como era preceptivo,  se va indagando sobre la limpieza de sangre de sus antepasados “hasta el cuarto apellido” con el fin de ser admitido en  esta prestigiosa orden de caballería española.

Las normas para su ingreso eran claras por cuanto que,

 

            “…el pretendiente que desee ingresar en ella probará en sus cuatro primeros apellidos ser hijodalgo de sangre a fuero de España y no hijodalgo de privilegio cuya prueba ha de referirse asimismo a su padre y madre, abuelos y abuelas. Probará de la misma manera que ni él ni sus padres y abuelos han ejercido oficios manuales ni industriales.

 

            Tampoco se puede conceder hábito a persona que tenga raza ni mezcla de judío, moro, hereje, converso ni villano por remoto que sea, ni el que haya sido o descienda de penitenciario por actos contra la fe católica, ni el que haya sido, o sus padres o abuelos, procuradores, prestamistas, escribanos públicos, mercaderes al pormenor, o haya tenido oficios por los que hayan vivido o vivan de su esfuerzo manual, ni el que haya sido infamado, ni el que haya faltado a las leyes del honor o ejecutado cualquier acto impropio de un perfecto caballero, ni el que carezca de medios decorosos con los que atender a su subsistencia”.

 

En este voluminoso expediente que se conserva en el Archivo Histórico Nacional detalla pormenorizadamente en los múltiples interrogatorios a que fueron sometidos sus parientes más cercanos y sus vecinos mas conspicuos, para verificar que nuestro paisano era “limpio de sangre” y podía, en consecuencia, ser admitida la candidatura para su ingreso en la orden caballeresca.

El interrogatorio comienza con la fórmula clásica de,

 

“Don Felipe, por hacia Dios, de Castilla, de León, de Aragón, de las dos si sirias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, Córcega, de Murcia, de Jaén…”

 

A vos:

Caballeros y religiosos procesos de la misma orden que fueredes nombrados por don Antonio de Benavides nuestro sumiller del consejo de las ordenanzas:

 

Sabed:

Que don Juan José de Tejada y Laguardia nos hizo relación de querer entrar en la dicha orden y vivir en la observancia, regla, y disciplina de ella, por devoción que tiene al bienaventurado apóstol señor Santiago suplicándonos, le mandásemos admitir y dar el hábito, e insignias de la misma orden; y porque la persona que hubiese de ser recibida en ella para tenerle, ha de ser hijodalgo, así de parte de padre, como de madre, al modo y fuero de España, y tal, que concurren en él las calidades que la regla y establecimientos de la dicha orden dispone, y confiando sois personas tales que guardaréis nuestro servicio y miraréis el bien de la dicha orden haciendo fiel y diligentemente lo que por nos en razón de ello os fuere cometido y mandado con acuerdo de nuestro consejo de las órdenes…».

 

El interrogatorio establecía claramente la metodología empleada para obtener la información precisa, sin posibilidad a error:

 

…y hecha a vuestra satisfacción la dicha información, haréis resumen de todo lo que resultare de ella y de los demás instrumentos necesarios para su comprobación, citando las piezas y folios de lo que os pareciese más esencial, con informe ajustado a los autos, y declaración de los días de vuestra ocupación especificando con toda definición la distancia que hubiere de unos lugares a otros de los que anduvieres, y la detención en cada uno y los gastos que causar es en papel testimonio compulsas, y lo demás que se ofreciere, tocante a la dicha información, y todo junto, firmado del vuestros nombres, cerrado y sellado, y en manera que haga fe, lo traéis o enviáis a buen recaudo al dicho nuestro Consejo para que en él se provea lo que es según Dios y orden convenga.

 

Y como colofón, la advertencia conminatoria por si alguien incumplía lo allí ordenado.

 

Caballero de Santiago

Que para todo lo susodicho y lo anejo y dependiente os damos poder cumplido y comisión en bastante forma y viniendo a esta nuestra corte, a traer la dicha información, dentro de cuatro días de cómo la entregaréis, y pidiereis en el dicho nuestro consejo, se nos mande pagar los salarios respectivos a vuestra ocupación y gastos que hiciereis en ella y no viniendo en vía haréis poder especial y bastante a la persona que os pareciere para la cobranza de los dichos salarios, declarando en él los días de la dicha ocupación, y no lo haciendo así pasado el dicho término, os condenamos en 20 ducados que se han de cobrar de lo que hubieredes de haber y de más de ello, han de ser por vuestra cuenta y riesgo, todos los daños y menoscabos que por cualquier dilación se siguieren en la cobranza de depósito de dicho pretendiente, con que se evitarán los grandes inconvenientes que hasta ahora han resultado y aquí en adelante puedan resultar de lo contrario.

 

Dado en Madrid a dos días del mes de octubre de 1663 años.”

 

Una vez que han quedado establecidas las condiciones que han de reunir los informantes comienza realmente el,

 

“…interrogatorio al tenor de cuyas preguntas se han de examinar los testigos que de oficio se recibieren para las pruebas e información de don Juan José de Tejada y Laguardia para el hábito de la orden de Santiago que pretende.

 

Ante todas cosas el caballero o religioso que fueren nombrados por informantes, recibirán juramento en forma de derecho de cada uno de los testigos que examinar en, de que dirá verdad, de lo que supieren, entendiesen, o hubieren oído decir, y que guardarás secreto de lo que se les pregunta de y no dirán que fueron testigos hasta estar dado el hábito, certificando les no ha de haber registro de sus dichos por haberse de escribir de mano de uno de los dichos informantes y no de escribano ni otra persona alguna, y haberse de traer originalmente al Consejo sin poderle saber fuera de él cosa alguna de la información informándose antes de tomar ningún testigo si es confeso o de raza de julio como oro y si lo fuere lo asentarán en la cabeza de su deposición sin decirlo, y habiendo otros de quien poderse informar no tomarán el que tuviere de alguno de estos defectos.

 

Y hecho el dicho apercibimiento, y recibido el dicho juramento harán a cada testigo las preguntas siguientes:

 

Primeramente si conocen al dicho Juan José de Tejada y Laguardia pretendiente y qué edad tiene, de donde es natural, y cuyo hijo es, y si conocen o conocieron a su padre, a su madre, y cómo se llamaban, y llamaron, y de dónde son vecinos y naturales; y si conocen, o conocieron al padre y a la madre del padre de dicho pretendiente y al padre y a la madre de la dicha su madre y como se llamaban y de donde son o fueron vecinos y naturales y respondiendo que los conocen o conocieron, declaren cómo y de qué manera saben que fueron su padre y su madre y abuelos nombrando particularmente a cada uno de ellos.

 

Ítem, si saben que en vieron y oyeron decir que el padre y la madre de dicho pretendiente y el padre del dicho su padre y a sí mismo el padre de la dicha su madre nombrándolos a cada uno por sí haya sido y son habidos y tenidos y comúnmente reputados por personas y hijosdalgo, según costumbre y fuero de España y que no les toca mezcla de judío, ni moro, ni converso en ningún grado, por remoto y apartado que sea.

 

Ítem, si saben que las abuelas de dicho pretendiente así de parte de su padre como de su madre son y fueron cristianas viejas y que no les toca raza de judío ni moro, ni conversó en ningún grado, como dicho eso.

 

Ítem, si saben que el dicho pretendiente, y su padre han sido y son mercaderes o cambiadores o hayan tenido algún oficio vil o mecánico y que oficio y de que fuerte y calidad.

 

Ítem, si saben que el dicho pretendiente sabe y puede andar a caballo y lo tiene y cómo y de qué manera lo sabe».

 

Los informantes recorren los lugares en los que puedan obtener información referida a los diferentes puntos que establece interrogatorio. Preguntan en los pueblos del valle de Ocón y del Jubera, y van redactando sus informes del tenor siguiente:

 

Cruz de Santiago

Por mandato de Su majestad hemos hecho las informaciones de las calidades de don Juan José de Tejada y Laguardia que pretende el hábito de Santiago y habiendo venido y estado en los lugares de las naturalezas de dicho pretendiente sus padres y abuelos, hemos hallado que su genealogía es cierta y verdadera por la deposición de los testigos que hemos examinado y que constantemente dicen que los contenidos en ella son legítimos y dicen que ni el pretendiente ni su padre había tenido oficio vil ni mecánico y dicen que son hijosdalgo nacidos de sangre al fuero, estimación y costumbre, y cristianos viejos limpios de limpia sangre, sin mezcla de judio, moro ni conversó en ningún grado.

 

Las indagaciones alcanzan incluso a su pariente Juan de Heredia Tejada, alcalde de Jubera, quien muchos años después, cuando don Juan José ya pertenecía al Consejo de la Suprema, aparecerá, de manera negativa, en su vida. El alcalde certificaba de esta manera:

 

Certifico y doy fe y verdadero testimonio yo Juan de Heredia alcalde de número de esta villa de Jubera y su jurisdicción y Comarca y del noble solar de Valdeosera y gobernador y alcalde mayordomo de los estados de Agoncillo y Robles, que los señores don Juan de la Iseca, caballero de la orden de Santiago del Consejo de su majestad, y don Arturo Gutiérrez de Arenzano religioso profeso de la orden que está entendiendo en las pruebas para el hábito que de la misma orden su majestad ha hecho mandar a don Juan José de Tejada colegial en el colegio de San Bartolomé mayor de Salamanca, pidieron los libros de elecciones y cuentas del estado del hijosdalgo y labradores de esta villa y su jurisdicción y habiéndose sacado del archivo que está en la parroquial de ella y advocación de San Nicolás, y habiéndolos todos visto y reconocido y en particular uno que empieza en el primer libro de cuentas y razón de las cosas del Consejo de la villa de Jubera y su tierra, consta por el que en la elección del año de 1602 folio 45 del dicho libro fue nombrado por Regidor del estado de los hijosdalgo de Lagunilla y su comarca Diego de Tejada el mozo

 

El expediente sigue diciendo más adelante:

 

En el año de 1627 fue nombrado Diego de Tejada, el mozo, (pariente cercano don Juan José y del Arzobispo, y de su mismo nombre) para alcalde ordinario de esta villa y su jurisdicción por el estado de hijosdalgo por nombramiento que le hizo Martín Rodríguez alcalde anterior del estado de labradores mediante auto testificado por dicho Diego González que está en el folio 133 de otro libro y por el auto que está en el folio 134 y para el año siguiente de primer 1628 consta el nombre de Diego de Tejada, el mozo, por alcalde ordinario de esta vía y a Juan Herrero por el estado de labradores.

 

No solamente era hijosdalgo por parte paterna. También por la rama materna, se pretende demostrar que su abuelo Juan García, pertenecía a la hidalguía local y eso a pesar de las dificultades en conseguirlo por la incuria en que se encontraban los archivos de los regidores de la Villa de Ocón. El documento que se aporta al expediente dice lo siguiente:

 

Monasterio de Uclés. Sede de la Orden de Santiago

En la Villa de Ocón, cabeza de esta jurisdicción en 28 de marzo de 1664 requerimos a don Ramírez Santos de Lerin, gobernador de esta villa y su jurisdicción y a don Francisco Carrillo, regidor por el estado de los hijosdalgo y a Francisco García regidor por el estado de los hombres buenos y a Miguel de —– procurador por los hijosdalgo en esta jurisdicción, para que nos exhibiesen los libros de elecciones de esta villa; y todo esto lo mandamos en virtud de la real vista y provisión del Consejo de órdenes para que nos fuese entregado un cuaderno de elecciones antiguas en donde conste haber sido elegido por el estado de hijosdalgo Juan García, natural de Corera, que respecto de la mala práctica que ha habido en guardar los papeles en esta jurisdicción sea aclarado por ella…

 

El expediente sigue aportando testimonios reiterativos de sus vecinos y familiares más cercanos en los que queda demostrado que reúne todas las condiciones exigibles para poder ser admitido en la Orden de Santiago. Finalmente, y después de cuatro meses de interrogatorios nuestro paisano pasa a formar parte de la prestigiosa orden de caballería mediante la ratificación que hacen,

 

“Don Francisco Merino , escribano del reino, número togado de la vida de Ocón y su jurisdición y don Juan Antonio de la Iseca Alvarado, caballero de la orden de Santiago, del Consejo de su majestad, y Arturo Gutiérrez de Arenzana religioso de la misma orden”.

 

Todo esto ocurre, como vemos, en el año 1664. A partir de este momento el futuro inquisidor tiene que aprender a caminar sin la ayuda y consejos de su tío y mentor, recién nombrado Arzobispo de Burgos, ya que en junio de este año fallece al retornar de la localidad de Arnedillo a donde se había desplazado para tomar los baños, con la esperanza de recuperarse de la enfermedad que le aquejaba.

BENEFICIADO DE LAS IGLESIAS OCÓN, AUSEJO Y JUBERA.

 

Iglesia de la Villa de Ocón

En el epitafio que hace grabar en el arcosolio de su enterramiento en la capilla del Pilar, a modo de currículum, ya dice que fue

 

“… beneficiado de Ocón, Ausejo y Jubera…”

 

A su muerte quiere beneficiar a estas iglesias de las que fue presbítero y manda que, con los beneficios de la capellanía que funda en la capilla del Pilar,

 

“…se celebren 1000 misas cantadas a tres reales de limosna por misa, a celebrar, por partes iguales, en las iglesias de Ausejo, Jubera y Galilea”.

 

En estas tres localidades del valle de Ocón y del Jubera ejerce su pastoral por lo menos hasta el año 1677 en el que ya aparece como canónigo doctoral en la Iglesia catedral de Calahorra.

CANÓNIGO DE LA CATEDRAL DE CALAHORRA.

 

Catedral de Calahorra

No hay mucha documentación que haga referencia a su paso por la catedral calagurritana. Sí sabemos que el 26 de septiembre de 1677 actúa como canónigo doctoral ejerciendo también como provisor del obispado. Entre los años 1680 y 1784 lo vemos ya como vicario general.

Como provisor interviene en diferentes conflictos surgidos entre la curia de su obispado y en especial en uno que hace referencia a la concesión de medio beneficiado en la Iglesia de la villa de Ocón.

El 15 de junio de 1680 queda vacante un puesto de medio beneficiado en las parroquias de la Villa de Ocón por la muerte Diego Romo su último poseedor.  Se presenta a la plaza Manuel Ruiz, el cuarto beneficiado más antiguo de dichas parroquias.

Días después, don Juan José de Tejada, como provisor del obispado emite un documento en el que concede el cargo de medio beneficiado a dichoManuel Ruiz. El documento que lleva fecha de  15 de junio de 1683, y está fechado en Logroño, dice:

 

Don José Tejada y Guardia caballero de la Orden de Santiago provisor y vicario general de este obispado de Calahorra y la Calzada. Por la presente mandamos al cabildo de los beneficiados enteros y parroquiales de la vida de Ocón que dentro de un día natural junten su cabildo como lo tienen de costumbre y juntos aprueben medio beneficio vacante en ellas muerto don Diego Romo su último poseedor en el licenciado Martín Ruiz como cuarto beneficiado más antiguo de las iglesias de su jurisdicción.

 

 No obstante algo no se hizo bien por cuanto que, otro candidato, Juan Gil Montiel, reclama su derecho a dicho beneficio, iniciándose un pleito que habría de durar hasta el siguiente año. El 18 de febrero de 1684, el provisor emite un documento, que firma conjuntamente con el obispo Gabriel de Esparza,  en el que dirigiéndose al cabildo y a los beneficiados enteros de las iglesias parroquiales de la vida de Ocón y sus anejas, les dice:

 

“Bien saben y les es notorio el pleito que en este tribunal ha cundido en razón de la provisión de un cuarto de beneficio que vacó en dichas iglesias por asunción que hizo a medio don Martín Ruiz, su último poseedor, al cual fueron opuestos».

 

Deja por tanto sin efecto el nombramiento hecho en Martín Ruiz y

 

Catedral

“…declarados por legítimos opositores don Pedro Romo y don Juan Gil Montiel. Examinados los examinadores sinodiales de este obispado salió sólo aprobado el licenciado don Juan Gil Montiel a quien se despachó mandamiento y en su virtud fue presentado en el dicho medio beneficio.”

 

Por la parte de Pedro Romo se apeló de haber admitido al concurso a Juan Gil Montiel que habiéndole reprobado se quejó por vía de fuerza en la Cancillería de Valladolid, que  sentencia diciendo,

 

“…en donde vistos los autos se declaró que reponiendo y oyendo de nuevo no se haría fuerza y no haciéndolo sí la haríamos.

 

El alto tribunal de Valladolid le da la razón, y obliga ha incluir a  ambos opositores por lo que se dicta un nuevo auto en el que,

 

“… mandamos ha dicho cabildo y beneficiados enteros que dentro de un día natural de la notificación de estas vistas junten su cabildo como lo tienen de costumbre y juntos en el vuelvan a hacer nueva provisión de dicho cuarto de beneficio presentándose don Juan Gil Montiel clérigo de evangelio y don Pedro Romo clérigo de menores órdenes.”

 

Finalmente el puesto de medio beneficio es concedido a Pedro Romo ya que al día siguiente, diecinueve de febrero, el provisor emite un nuevo documento en el que,

 

“…visto la presentación por el cabildo de los beneficiados enteros de las iglesias de la villa de Ocón y sus anexos del cuatro de beneficio vacante en ellas por ascensión que hizo a medio el licenciado don Martín Ruiz su último poseedor en don Pedro Romo lego de menores órdenes de dichas iglesias dijo que conformándose con él…

 

Con esta resolución se daba fin a un contencioso que había durado más de medio año, para la consecución de uno de los muchos puestos ocupados por clérigos de grado inferior para gozar de un beneficio eclesiástico, que no era prebenda, y que en aquellos tiempos que corrían era codiciado por muchos presbíteros.

SU ESTANCIA EN ZARAGOZA

La Seo zaragozana

Su sólido ascenso en la carrera eclesiástica le llevó a alcanzar el cargo de Inquisidor General del Reino de Aragón y Visitador General del Hospital Real de Zaragoza. No hay fechas de su llegada a la capital maña. Posiblemente lo hiciera al final de los años ochenta del siglo XVII, aunque este dato no esté documentado.

Hay que tener en cuenta que para acceder al cargo de inquisidor había que reunir unos requisitos que nuestro paisano poseía, como eran ser un eclesiástico, de sangre limpia, buena conducta y fama, prudente y capaz, de más de treinta años y con formación universitaria, fundamentalmente jurídica. Además debería ser una persona con suficiente hacienda, y un nivel social que avalase su independencia y su ascendencia en el entorno.

De igual manera Juan José de Tejada reunía en sí las cualidades del modelo de inquisidor potenciado en la época del inquisidor General Arce Reinoso, esto es, un hombre con una formación académica sólida adquirida en las universidades y colegios mayores de más prestigio de la corona de Castilla. Eclesiásticos, como él, que iniciaron su andadura profesional en cargos destacados de la organización burocrática de los obispados, quienes optaron, más tarde, por proseguir sus carreras desde la inquisición, amparándose en el apoyo y las alianzas que, fundamentalmente, a través de sus parentelas, tenían con la propia institución inquisitorial y con demás cuerpos de poder de la monarquía católica.

Su traslado a Zaragoza como inquisidor, desde su puesto de provisor en el obispado de Calahorra, posiblemente fue debido a la normativa que indicaba lo inconveniente que era para el buen funcionamiento e independencia del Tribunal inquisitorial el hecho de que, tanto sus inquisidores, como sus oficiales fuesen naturales del distrito donde iban a ocupar los cargos. No obstante el rey Carlos II transformó esta normativa en la ley, disponiendo más tarde que ni los inquisidores, ni los oficiales del Santo Oficio deberían ser naturales de las provincias a las que fueren destinados.

Esto posiblemente impidió que Juan José de Tejada perteneciera al distrito del tribunal de la inquisición de Logroño aunque en sus años de consejero de la Suprema tuviera cierta influencia sobre las decisiones de sus miembros. No debemos olvidar que el distrito inquisitorial que dependió de este tribunal comprendía, además del obispado de Calahorra, el Reino de Navarra, el condado y señorío de Vizcaya, la provincia de Guipúzcoa, toda la Tierra y jurisdicción que caía en el arzobispado de Burgos por los Montes de Oca, la costa del mar Cantábrico hasta San Vicente de la Barquera, así como el obispado de Tarazona hasta los límites del reino de Aragón y su distrito. Por tanto el distrito de Logroño lo tenía lindando con el de Zaragoza.

La Aljafería. Exterior

Como Inquisidor de Aragón, los autos en los que intervenía Juan José de Tejada se celebraban casi siempre en La Seo (dentro, o a la puerta, o en la plaza) o en Nuestra Señora del Portillo; pero consta de algunos en «el patio de la casa del Arzobispo» o en el Hospital Real y General de Ntra Sra de Gracia y las tareas procesales tendieron a centralizarse en la Aljafería, palacio real cedido por Fernando el Católico a la Inquisición y sede del tribunal hasta 1706.

La delimitación territorial del distrito inquisitorial de Aragón fue precisándose a lo largo del siglo XVI. En 1600 la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza comprendía el reino de Aragón, excepto las recién erigidas diócesis de Teruel y Albarracín y algunos lugares del arzobispado de Zaragoza (Aliaga, Fortanete, Pitarque, Villarroya de los Pinares, Linares de Mora, Miravete, Puertomingalvo y Castelvispal) y del obispado de Tortosa (Arens de Lledó, Lledó, Cretas y Calaceite), zonas todas ellas dependientes tradicionalmente de la Inquisición de Valencia. Por otra parte, la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza alcanzaba a las localidades del Principado de Cataluña pertenecientes a la diócesis de Lérida.

EL HOSPITAL REAL Y GENERAL DE NUESTRA SEÑORA DE GRACIA

 

Hospital Ntra Señora de Gracia

Este hospital, bien conocido por nuestro paisano, fue levantado a principios del s./ XV, sufriendo una destrucción casi total durante los episodios de la Guerra de la Independencia, a consecuencia de los cuales desaparecieron la totalidad de sus archivos por lo que es prácticamente imposible reconstruir la historia de nuestro antepasado a su paso por la ciudad del Ebro.

 El Hospital de nuestra Señora de Gracia surgió en el año 1425, respondiendo a la tendencia que aparece en muchas ciudades, a comienzos de la centuria, de crear grandes hospitales generales. Se trató de un hospital exclusivamente concejil, controlado únicamente por la burguesía urbana, atenta siempre a evitar cualquier intromisión de la corona.

En Zaragoza la idea de crear el hospital partió del municipio, pero éste buscó inmediatamente el apoyo del rey -Alfonso V el Magnánimo- para tener éxito en su empeño. De esta forma el hospital reunirá desde sus orígenes una triple característica: es, como todo hospital, una institución eclesiástica (y como tal el rezo de las horas era su función más importante, hasta que la aprobación de la Compañía de Jesús rompe con esta tradición de los institutos religiosos), municipal (el concejo zaragozano tendrá sobre él un cierto dominio, y los ciudadanos que ostentan el poder en el municipio lo van a gobernar junto con el cabildo de La Seo) y regio (considerándose «casa real», lo que le permite contar con la protección del rey y del reino, que le concederán importantes ayudas pecuniarias y la posibilidad de pedir limosna en cualquier iglesia y población de Aragón). Es, por tanto, un hospital de la ciudad y del reino.

Durante el siglo XVII, en cuyo final nuestro paisano fue visitador real,  la regresión aragonesa afecta también al Hospital. Sus dificultades eran ya evidentes en 1584; ha pasado su gran época, y las dificultades se van a mantener a lo largo de todo el siglo. La exención de la jurisdicción real no pasa de ser teórica (paralelamente a la pérdida de autonomía del reino), pues aunque los regidores creen tener derecho a ella por la bula de Clemente VII, no la ejercen nunca, sino que cesan en el cargo al ministro o sirviente perseguido por la justicia real para que ésta pudiese actuar.

En el siglo XVII los regidores pasan a detentar el cargo de forma perpetua, en contra de lo que disponían los estatutos, y dado que muchos regidores con los achaques de la edad no podían atender a sus obligaciones, se nombran nuevos, con lo que su número sobrepasa el fijado por las ordinaciones. Con frecuencia los regidores buscan quienes les sustituyan, y luego les suceden en el cargo. Además, el tercer regidor secular, no ciudadano, pasa a ser ocupado con frecuencia, durante la segunda mitad del siglo XVII, por personas de la nobleza titulada, lo que plantea numerosos problemas de precedencia a la hora de asistir a las Sitiadas: siempre se habían colocado en ellas por antigüedad, precediendo los eclesiásticos a los seglares.

El número de enfermos no parece ser superior al del siglo anterior. Los locos son los que verdaderamente llevaban el peso del Hospital, desempeñando las tareas más humillantes y más duras; como mano de obra no remunerada y absolutamente dócil y no libre, no diferían gran cosa de los esclavos, aunque fuesen intransferibles, pero se les trataba peor que a esclavos: andaban mal vestidos y alimentados, y eran obligados a trabajar en los oficios más penosos, al tiempo que se les conducía con crueldad. Todo ello se acusa y refleja en su elevada mortalidad.

Sobre los ingresos del Hospital hay que destacar la inexistencia de frutos decimales y de predios dominicales, por lo que las rentas ordinarias -más de la mitad de las cuales son censales- eran muy limitadas; la mitad de los ingresos del Hospital se deben a rentas extraordinarias, obtenidas de las limosnas recogidas bajo los más diversos conceptos. Así pues, el Hospital vive fundamentalmente de las limosnas, e incluso los ingresos ordinarios son antiguas donaciones que producen unas modestas rentas.

Hospital de Ntra. Sra. de Gracia desde un lateral

Los gastos se dedican fundamentalmente a la alimentación, y es evidente la baja cantidad relativa destinada a sueldos, y la ínfima que se dedica a la botica. Durante el siglo XVII los censos rinden menos y son más difíciles de cobrar; al propio tiempo las limosnas se vuelven más escasas. Como los gastos no decrecen, el Hospital se ve obligado a recurrir a la venta de su patrimonio: a partir de 1620 las ventas de bienes se inician con cierto ritmo, pero será a partir de 1640 cuando comiencen las ventas masivas a causa del gran número de enfermos que ingresan en el Hospital (hay que tener en cuenta que la guerra de Cataluña ocasiona gran número de bajas, y son muchos lo soldados enfermos que llegan a Zaragoza) y de la subida de los precios por el ascenso violento de la demanda. Esta doble incidencia provoca el aumento de los gastos del Hospital.

La capacidad del Hospital de 1725 a 1736 era de 472 camas, ampliables en caso de necesidad a 641, con promedio de camas ocupadas entre 281 y 407. Todo ello sin contar con las de dementes y tiñosos, que vendrían a ser unas 150 más. Además, los expósitos que el Hospital ingresaba cada año eran unos 250, manteniéndolos dentro y fuera del Hospital a lo largo de cinco años. El total de expósitos mantenidos en todo momento por el Hospital entre los años 1723 y 1727 fue de 1.221.

A lo largo más de tres lustros Juan José de Tejada es el representante real en  este importantísimo centro sanitario y de caridad de la capital maña. Es en él donde desarrolla un gran fervor por la virgen titular del mismo que le llevaría, muy probablemente, como se verá más adelante, a trasladarlo a su localidad natal construyendo, extramuros del pueblo, una ermita en su honor, y erigiéndola como patrona de Galilea.

Pero en el comienzo de esta nueva centuria, el inquisidor pasa a ser nombrado consejero del Consejo de la Suprema, y abandona el cargo de visitador real en este importante hospital aragonés, que con tanta dedicación lo ejerció durante tanto tiempo.

LA COFRADÍA DE SAN PEDRO MÁRTIR

 

Don Juan José de Tejada perteneció, como muchos de los inquisidores, consejeros o familiares de la Inquisición de  Zaragoza a la cofradía de San Pedro Mártir, organización elitista en la que  solamente tenían cabida aquellos funcionarios inquisitoriales que demostraran claramente su limpieza de sangre y que se comprometieran, expresamente, a perseguir la herejía contra la religión católica  en todo el territorio del distrito inquisitorial aragonés. En la nómina  de personajes que aparecen reflejados en el establecimiento de las ordenaciones de 1693, están, además del propio Tejada, Miguel Pérez de Oliván y Juan Antonio de Cuenca. Los dos primeros tendrán una participación muy destacada en el proceso que una década más tarde se inicie contra este útimo, acusado de varios delitos.

En Aragón la Cofradía comienza su historia en 1602 instalándose en 1606 en el Convento de Predicadores de Zaragoza gracias a una Concordia.

La Cofradía de San Pedro Mártir, denominada también como Congregación y Hermandad, reúne a todos los miembros que constituyen el entramado organizativo y burocrático de la Inquisición. Toda una serie de distintivos y privilegios rodean a sus cofrades, la gran mayoría familiares del Santo Oficio, bajo la intercesión de su santo protector.

San Pedro Mártir

Toda actividad está reglamentada en las Ordenaciones que son publicadas periódicamente para recordarlas y actualizar las admisiones de los Cofrades, de los nuevos servidores del Santo Oficio, ya que al final de cada edición se recoge el listado de todos ellos:

Las ordinaciones fueron normas emitidas por los concejos, por los señores jurisdiccionales o por la Corona, que podían tener un carácter general o hacer referencias a aspectos concretos, y que iban dirigidas al buen gobierno de una comunidad.

 

«Ordinaciones de la muy ilustre congregación y cofradía del glorioso San Pedro mártir, de ministros de la inquisición de Aragón, otorgadas por el cabildo general de ella en 2 de Mayo del año 1693.”

Resumen de algunas indulgencias, concedidas por los sumos pontífices, y la concordia hecha entre el real convento de Santo Domingo y esta cofradía, y también se contienen al fin los nombres de los cofrades y cofradesas que han sido y de presente son de ella.

 

«En el real palacio de la Alxafería de Zaragoza, á veintisiete dias del mes de Abril de mil seiscientos noventa y tres años, estando los señores inquisidores Doctor D. Miguel Pérez de Olivan y Vaquer, Licenciado D. Juan Joseph de Tejada y Guardia, y Dr. D. Juan Joseph Monreal de Sarria, en su audiencia de la mañana.

 

Habiendo visto la petición presentada en este Santo Oficio por D. Joseph Nicolás de Valmaseda, caballero del orden de Santiago, alguacil mayor de esta inquisición y mayordomo de la congregación del señor San Pedro Mártir de este reino de Aragón, y las constituciones hechas y añadidas ahora nuevamente, que se refieren en dicha petición.

 

Dixeron, que debian mandar y mandaron que dichas constituciones, así las hechas antes como las nuevamente añadidas, se impriman á costa de la dicha congregación, para que estándolo, pueda más fácilmente tenerlas cada uno de los congregantes, y saber las obligaciones que debe cumplir,

 

 Y lo firmaron: Doctor D. Miguel Pérez de Olivan y Vaquer. Licenciado D. Juan Joseph de Tejada y Guardia. Dr. D. Juan Joseph Monreal de Sarria.

 

Por mandado del Santo oficio: D. Juan Antonio de Cuenca, Secretario. D. Juan Conde y Barela, Secretario del secreto de la inquisición, mayordomo primero. D. Joseph Nicolás de Valmaseda, caballero del hábito de Santiago, alguacil mayor, mayordomo segundo.

 

Por tanto estatuimos, y ordenamos, que las presentes Ordinaciones se den a la Estampa, y se impriman otros quinientos Libros, como lo estaban antes, y que al fin de ella se ingrosen, y pongan assi los nombres de todos los Cofrades… y entregandoles un Libro, den de limosna a dicha Cofradía ocho sueldos”.

 

 La Cofradía tiene unos elementos distintivos que proporcionan identidad a todos sus miembros. El primero de ellos es el hábito de cofrade, sobre el que las fuentes no describen sus características, tan sólo se indica que es oscuro, y que presumiblemente se fue sustituyendo por una Cruz en el pecho sobre su ropa habitual .Otro distintivo es la llamada Cruz de Lirio, bordada en sedas blancasy negras, e hilos de plata y oro, y que se sujetaba en los vestidos sobre el corazón.

 

«La Cruz (…) ha de tener los cuatro extremos ó imitación de la flor llamada de Lirio, la mitad de cada extremo, ¿ brazo derecho ha deser blanco, y el izquierdo negro, la que llevaran puesta en los vestidos en el pecho, y sobre el corazon como en guarda suya»

 

Y por último el Estandarte, de damasco carmesí, en el que figura bordada la Cruz antes mencionada, y que estaba presente en las procesiones y principales celebraciones, tanto de la Cofradía como del Santo Oficio. Para los entierros se utilizaba otro Estandarte de damasco negro. El portear el Estandarte era considerado como un honor jerárquico, ya que se establece que sea el Mayordomo quien lo lleve  o también el Fiscal del Santo Oficio, y que los cordones del estandarte siempre los lleven personas principales, eclesiásticas o laicas al ser ejemplo de auténticos cristianos defensores de la Fe y de la Iglesia, y por estar estrechamente vinculados al Santo Oficio, con lo que ello conlleva. En los actos religiosos, tanto de la Cofradía como de la Iglesia, y en los Autos de Fe del Santo Oficio, llevan sus insignias y distintivos.

El ingreso en la Cofradía se realiza mediante un juramento ceremoníoso ante el inquisidor, y supone convertirse en un servidor del Santo Oficio, en un defensor de la fe católica y en un agente denunciante de la herejía, aun a riesgo de perder su hacienda, e incluso su vida:

 

«Todo individuo de esta Congregación ha de tener obligacion de poner su vida, y hacienda en defensa de nuestra Santa Fe Catholíca, quando fuere necesario y de estar pronto y obediente a todo lo que fuere del servicio y asistencia del Santo Oficio, y en su favor y ayuda», así como la obligación a visitar por turno a los Penitenciados»

 

El acceso a la Cofradía requiere unas condiciones. En primer lugar es necesario solicitar el ingreso, acompañando al mismo la demostración de la limpieza de sangre  es decir, su condición de cristiano viejo. Ofrecer una limosna a la Hermandad, y sobre todo algo muy específico, formar parte del funcionariado del Santo Oficio; aspectos ordenados con toda claridad en sus Instrucciones:

 

«Que puedan y deban ser admitidos en esta dicha Cofradía, tan solamente los dichos Muy Ilustres Señores Inquisidoresde la dicha Inquisición, que de presente son y por tiempo seran;  y los Consultores, Fiscal, Alguacil, Calificadores, Receptor, Secretarios,Abogados Fiscal y de Presos, Personas honestas, Comnissarios,Alcayde, Procurador Fiscal, Familiares, Medicos, Cirujanos, Nuncios,Porteros y otros oficiales y Ministros de dicho Santo Oficio de la Inquisiciónde este Reyno —de Aragón—, cuyas naturalezas, calidades y limpiezas huvieren sido aprobadas con informaciones antes hechas. Y esto, assí respecto de los presentes como de los advenideros, que habitaren assí en esta Ciudad —Zaragoza— como fuera de ella, en todo el distrito—de Aragón— de la Inquisición. Y puedan, además de esto, ser y sea.

CONSEJERO DE LA SUPREMA Y GENERAL INQUISICIÓN

 

Escudo de la Inquisición

Tras largos años ejerciendo como Inquisidor del Reino de Aragón, D. Juan José es ascendido por el rey Carlos II a la influyente y poderosa categoría de consejero del Consejo de la Suprema y General Inquisición. La propuesta al Rey es efectuada por el Inquisidor General Baltasar de Mendoza y Sandoval el 12 de Septiembre de 1700. La resolución real de su nombramiento es firmada un día después y la posesión del título de consiliario lleva fecha de 3 de junio del siguiente año de 1701. Esta plaza  había quedado vacante  como consecuencia de la jubilación forzosa de Juan Bautista Arazmendi.

 

 LA IMPORTANCIA DE PERTENECER AL CONSEJO DE  LA SUPREMA

 

Pocas instituciones existieron en aquella España decadente y convulsa de comienzos del siglo XVIII que detentaran tanto poder como el Consejo de la Suprema. Su composición que podía oscilar entre seis y diez miembros. Este órgano colegiado llegó a tener más influencia y determinación en la vida política, social y religiosa que el propio Inquisidor. Veamos cuales eran sus atribuciones:

 

            “El Inquisidor General presidía el Consejo de la Suprema y General Inquisición (generalmente abreviado en «Consejo de la Suprema»), creado en1488, formado por seis miembros que eran nombrados directamente por el rey (el número de miembros de la Suprema varió a lo largo de la historia de la Inquisición, pero nunca fue mayor de diez). Con el tiempo, la autoridad de la Suprema fue creciendo, y debilitándose el poder del Inquisidor General.

 

            La Suprema se reunía todas las mañanas de los días no feriados, y además los martes, jueves y sábados, dos horas por la tarde. En las sesiones matinales se trataban las cuestiones de fe, mientras que por la tarde se reservaban a los casos de sodomía, bigamia, hechicería, etcétera.

 

            Dependientes de la Suprema eran los diferentes tribunales de la Inquisición, que en sus orígenes eran itinerantes, instalándose allí donde fuera necesario para combatir la herejía, pero que más adelante fueron establecidos en sedes fijas. En una primera etapa se establecieron numerosos tribunales, pero a partir de 1495 se manifiesta una tendencia a la concentración.

 

            El Consejo se encargaba de la coordinación y control de los tribunales de distrito, para así seguir una actuación conjunta en todo el territorio. Los miembros del consejo los nombraba también el rey, y su número nunca pasó de 10”.

 

La carrera profesional del consejero de la inquisición no finalizaba en la Suprema, ya que posteriormente ascendía, generalmente —salvo los de Castilla—, a una silla episcopal. Para ser consejero se exigían una serie de requisitos: por ejemplo, Aliaga confesor real e Inquisidor General, apreciaba la «experiencia al servicio de la Inquisición», la calidad de letrados y una edad adecuada. A nuestro paisano, el nombramiento le pilló ya algo mayor, y no pudo optar a ninguna silla episcopal, como si lo hizo su tío.

El nombramiento de Juan José de Tejada como secretario de la Suprema coincidió con un momento convulso en la historia de España. El rey Carlos II, último de la casa de Austria,  estéril y enfermizo, murió en 1700 sin dejar descendencia. Durante los años previos a su muerte, la cuestión sucesoria se convirtió en asunto internacional, e hizo evidente que la Monarquía Española constituía un botín tentador para las distintas potencias europeas. Tanto Luis XIV de Franciacomo el emperador Leopoldo I de Austria estaban casados con infantas españolas hijas de Felipe IV, (los esponsorios  del rey francés con  la infanta María Teresa fueron celebrados por el tío de Juan José, el Arzobispo Diego de Tejada),  por lo que ambos alegaban derechos a la sucesión española.

Felipe V

Precisamente a través  María Teresa de Austria, hermana mayor de Carlos II, el Gran Delfín, hijo primogénito y único superviviente de Luis XIV, era el legítimo heredero de la Corona española, pero era ésta una elección problemática y por consiguiente Francia pasaría a tener la hegemonía sobre las demás naciones europeas   Como consecuencia de ello, Inglaterra y Holanda veían con recelo los resultados de esta posible unión y el peligro que para sus intereses pudiera suponer la emergencia de una potencia de tal orden.

Los candidatos alternativos eran el emperador romano Leopoldo I, primo hermano de Carlos II, y el Elector de Baviera, José Fernando. El primero de ellos también ofrecía problemas formidables, puesto que su elección como heredero hubiese supuesto la resurrección del imperio Habsburgo del siglo XVI (deshecho por la división de la herencia de Carlos V entre su hijo Felipe y su hermano Fernando). Francia e Inglaterra, inmersos en la guerra de la Gran Alianza, pactaron la aceptación de José Fernando de Baviera como heredero al trono español, y en consecuencia el rey Carlos II lo nombró Príncipe de Asturias.

El problema surgió cuando José Fernando de Baviera murió prematuramente en 1699, lo que llevó al Segundo Tratado de Partición. Bajo tal acuerdo, el Archiduque Carlos era reconocido como heredero, pero dejando todos los territorios italianos de España a Francia. Si bien Francia, Holanda e Inglaterra estaban satisfechas con el acuerdo, Austria no lo estaba y reclamaba la totalidad de la herencia española. Entonces Carlos II testó a favor de Felipe de Anjou, si bien, estableciendo una cláusula por la que éste tenía que renunciar a la sucesión de Francia.

El pueblo español, hastiado del largo y agónico reinado de Carlos II lo recibió con una alegría delirante y con esperanzas de renovación. Sin embargo, la precipitación y prepotencia de Luis XIV hicieron cambiar la situación. La guerra se inició al principio en las fronteras de Francia, y posteriormente en la propia España, donde se trató de una guerra europea en el interior de España sumada a una auténtica guerra civil, fundamentalmente entre la Corona de Aragón, partidaria del Archiduque, el cual había ofrecido garantías de mantener el sistema federal y foral, y Castilla, que había aceptado a Felipe V, cuya mentalidad era la del estado moderno y centralista al modelo francés.

Esta fractura social y sobre todo eclesiástica tiene su reflejo en lo que el historiador Domínguez Ortiz dice al respecto:

 

            «En los reinos de Castilla, las defecciones a la causa borbónica fueron muy escasas; el altar, el púlpito, y hasta el confesionario, se utilizaron como armas de propaganda a favor de Felipe V. El cardenal Portocarrero,  Belluga y el obispo de Córdoba alistaron escuadrones y regimientos. En Tarazona se formó un regimiento de eclesiásticos cuyos capitanes y oficiales eran los canónigos. El obispo de Calahorra llegó allí a caballo, capitaneando un batallón montado de 500 clérigos. Parecidas escenas se vieron en Murcia»

 

No menor pasión desplegaron los seguidores del archiduque.

 

«Cuando éste entró en Madrid, un fraile victorioso (Gaspar Sánchez, que luego murió en estrechísima prisión) levantó partidas en su favor Al recuperar la capital, Felipe prendió o desterró al patriarca de Indias, al Inquisidor general y a otros personajes de menos cuenta».

 

En las órdenes religiosas se produjeron graves discordias; en general

 

«…los jesuitas se distinguieron por su celo borbónico, mientras los mendicantes se mostraron austracistas. al menos, en la Corona de Aragón. Los capuchinos de Valencia llegaron a empuñar las armas. Bastantes mercedarios fueron, después de la guerra, desterrados a Nápoles. En Murcia los franciscanos.., fueron detenidos, enviados a Madrid y reemplazados por otros procedentes de Andalucía»

 

Esta polarización entre el sociedad española, civil y religiosa, pero sobre todo entre sus regiones, en donde Aragón quedaba bajo la influencia de  los seguidores austriacos, pudo ser la causa para que, apenas un año después de ser nombrado consejero de la Suprema, el 15 de julio de 1702,  nuestro paisano presentara la carta de renuncia en Madrid al Inquisidor Mendoza. Esta renuncia, precisamente, provocaría un enfrentamiento de poder entre el recién coronado rey Borbón y el díscolo y autoritario Inquisidor General, que venía a poner en evidencia la feroz lucha soterrada por mantener el control político sobre un instrumento tan poderoso como era el Consejo de la Suprema.

Tanto la remoción como la renuncia o jubilación de los consejeros de a Suprema corresponde aprobarla al rey. Cuando Juan José de Tejada presentó la renuncia a su puesto de consejero, el Inquisidor General admitió el cese, no así el rey que mandó continuase en su puesto, como efectivamente lo hizo. Mendoza «pretendió defender» que Tejada no era inquisidor, al haber aceptado el su dejación. Y aquí empezó el problema.

En virtud de este lance, Juan Fernando de Frías, fiscal del Consejo de la Inquisición y partidario de Mendoza, elaboró un informe en el que manifestaba que nadie podía ser inquisidor sin consulta del Inquisidor General, siendo éste el competente para otorgar las renuncias. El referido aserto se trasladó al monarca, quien a su vez —mediante decreto de 24 de noviembre 1703—lo remitiría al Consejo para que expresara su opinión en torno al asunto. El Consejo, una vez visto, designo a Lorenzo Folch de Cardona para que respondiese al escrito de Frías.

A tal fin, Folch remitió otro informe —fundado en breves, bulas, decretos, consultas y resoluciones—, el cual seria examinado y aprobado por el Consejo. El resultado de todo ello fue la consulta de 4 de enero de 1704, en la que la Suprema, entre cuyos miembros se encontraban enconados detractores de su presidente Mendoza, se oponía al ideario del Inquisidor General.

El Consejo de la Suprema Inquisición se negaba reiteradamente a votar y firmar tamaños abusos de poder del inquisidor Mendoza. Por tal motivo, tiempo atrás, éste mandó prender a tres consejeros que se distinguieron en por su resistencia; propuso al rey, con motivos ajenos de verdad, la jubilación de D. Antonio Zambrana, Juan de Arzemendi  (a quien, recordemos, sustituyó Juan José de Tejada) y D. Juan Miguélez, y envió a este último preso, con escándalo imponderable, a Santiago.

En definitiva era preciso poner remedio a las desavenencias continuas que se sucedían entre el Inquisidor general y la Suprema en cuestiones de gobierno y de jurisdicción, ya ordinarias, ya extraordinarias. La solución dependía únicamente de la decisión que se sirviese tomar el monarca, en uso de sus facultades soberanas.

Mª Gabriela de Saboya que no aceptó la renuncia de Juan José de Tejada

Mendoza admitió ésta decisión en lo atinente a la jurisdicción eclesiástica apostólica, pero, ausente Felipe V en Nápoles, la reina Maria Luisa Gabriela de Saboya, como regente gobernadora, se negó a aceptarla, ordenando a Tejada que continuase sirviendo su plaza en el Consejo. El Inquisidor general, según manifestó al Romano Pontífice en misiva remitida desde Segovia el 19 de agosto de 1702, consideraba que la resolución Real sólo podía afectar a los honores y emolumentos que procedían de la liberalidad regia, pero de ningún modo a la facultad de votar en causas de fe, una vez desposeído el renunciante de la jurisdicción apostólica delegada.

El Consejo de la Inquisición, en consulta de 23 de agosto de 1702, sostuvo, por el contrario, que los Inquisidores generales carecían de potestad suficiente para remover, cesar o variar la condición de los consejeros de la Suprema, dado que,

 

«sin el consentimiento de los señores Reyes no pueden los señores Inquisidores Generales remover, ni jubilar a los consiliarios del Consejo, ni suspenderles la jurisdicción eclesiástica y espiritual que al tiempo de la nominación de Sus Majestades les confiere la Sede Apostólica, de quien inmediatamente la reciben por medio de los títulos que los señores inquisidores generales les despachan»

 

A pesar de las protestas de Baltasar de Mendoza, y de conformidad con lo ordenado por la reina gobernadora que coincidía con lo argumentado por la Suprema, Juan José de Tejada siguió sirviendo su plaza y votando en las causas de fe.

Pero el puntilloso Baltasar de Mendoza insistía. Desde su virtual destierro en Segovia, en su Quinta de Lobones, alentó al fiscal del Consejo de la Inquisición, Juan Fernando de Frías, para que redactase un escrito anónimo en el que se defendiera e hiciese público que, una vez admitida la renuncia de Tejada por el Inquisidor general, no podía continuar desempeñando éste su plaza, pese a que el rey así se lo hubiere mandado.

A través de un R.D. de 24 de diciembre de 1703, Felipe V dispuso que se remitiesen al Consejo de Castilla, para que dictaminase a la vista de ellos, los autos y consultas evacuadas por el Consejo de la Inquisición con ocasión de los procedimientos seguidos por el Inquisidor general Baltasar de Mendoza, tanto en la causa del P. Fr. Froilán Díaz como sobre la jubilación de los tres consejeros de la Suprema (Zambrana de Bolaños, Arzeamendi  y Miguélez de Mendaña Osorio), creación de empleos y oficios supernumerarios en perjuicio de la hacienda del Santo Oficio y prosecución de  Tejada García en el ejercicio de su plaza de ministro de aquel Consejo, tras haber presentado su renuncia a ella.

En términos generales, como no podía ser de otra forma, la resolución última se confirma con lo argumentado en la consulta, y con su conclusión, en la que se instaba que Juan José de Tejada continuase sirviendo, como así lo hizo, su plaza de consejero-inquisidor

El profesor Luis Miguel Ensiso Recio, de la Universidad Complutense de Madrid en su artículo Tensiones y conflictos inquisitoriales en los inicios del siglo XVIII. El caso Heredia Tejada, detalla la catadura moral de Juan Manuel Heredia Tejada, secretario del tribunal inquisitorial del distrito de Logroño y su posterior ascensión a oficial mayor de la Suprema, posiblemente auspiciada por la intervención de su pariente Juan José de Tejada.

El artículo, bastante extenso, queda extractado en los siguientes párrafos.

La documentación manejada autoriza a pensar que el secretario de la Inquisición de Logroño,

 

…” era de natural pendenciero y orgulloso, inconstante, escasamente diligente en su trabajo y poco  escrupuloso.”

 

Desde el punto de vista social, era,

 

«de conocida calidad y emparentado con familias que también la tenían»>’.

 

Archivo de Valdeosera

Juan de Heredia, padre de D. Juan Manuel, era escribano de la casa solar de Valdosera y padre e hijo dueños de los libros de dicho solar. El interrogatorio planteado en junio  de 1702, a instancias del Inquisidor General, para conocer las actividades irregulares de Heredia, revela que, en un momento dado, era alcalde mayor de la villa de Jubera.

En su condición de secretario, Heredia y Tejada incidió en actuaciones irregulares y delictivas. La más grave de ellas fue que dio muerte, en un violento lance, a su primo Diego de Uribe, un subdiácono, vecino de la villa de Jubera, en 1701.

Pocas dudas caben sobre la culpabilidad de Heredia. Y no fue ésta su única falta. En carta dirigida al Inquisidor General, en 16 de mayo de 1702, los inquisidores Santelices y Ozcariz hacían ver que Heredia era tenido en Logroño y toda su comarca por el

 

«mas cabiloso della y menos legal en sus operaciones».

 

La mala fama del secretario  quedó confirmada pocos días antes de producirse la muerte de Uribe, en cuya fecha se permitió suplantar firmas en documentos oficiales y difundir información secreta del Santo Oficio.

La sinuosa, cuando no delictiva, conducta del secretario llevó a que, desde el Tribunal de Logroño, se pidiese al Inquisidor General Mendoza que Heredia fuese trasladado a

 

«…otra Inquisición, a donde con la distancia de su país, fuese menos conozido y desmereziese menos la ocupación y a donde, con menos notizia de las familias, pudiese emplear menos su mala yntenzión y no abenturar lo que se puede tcmer en este partido, de que tiene entero conozimiento en sus familias y fazilidad en ablar de las que no son de menor calidad, moviéndonos también a ser deste parecer el ber que en esta ziudad está casada una hija de D. Diego de Oribe (a quien dió muerte) y su marido tener muchos parientes, a cuya vista sepudiera temer alguna otra desgracia, pues ellos mísmos la están pronosticando, en caso de que llegase el de restituirse a esta ziudad» ».

 

La causa criminal abierta a Heredia pone de relieve la complejidad del proceso, el uso abusivo de las posibilidades que el Derecho ofrecía por parte del inculpado y las relaciones, poco armónicas, del Inquisidor General y la Suprema.

 

La primera sentencia condenatoria,

 

«dada aunque no pronunciada por los Inquisidores de Logrofio D. Juan Antonio de Santelices y D. Joseph de Ozcariz, en discordia y a consulta»,

 

…se pasó al oficial mayor del Consejo de la Suprema, Juan Antonio de Cuenca, el 21 de mayo de 1701. El 28 de junio, se mandó devolver a los Inquisidores para que formasen y pronunciasen sentencia, condenando

 

“…al dicho D. Juan Manuel de Heredia a destierro [en] Logroño, Jubera, Murillo [y] veinte leguas en contorno, por tiempo de ocho años, y que los quatro primeros los cumpliese en uno de los presidios de Pamplona, o [Fuenterrabía], el que el tribunal señalase. Y cumplidos, [que] no bolviese a entrar en dichos lugares sin nueva orden de Su Excelencia y el Consejo.

 

“…Heredia y Tejada apeló a comienzos de septiembre, pidiendo testimonio y la soltura debajo de fianza».

 

Iglesia de Murillo de Río Leza

Se admitió la apelación, se le dio testimonio y se denegó la libertad. Pocos días después, el 6 de septiembre de 1701, el procurador de Heredia solicitó al Consejo «emplazamiento», que se remitiesen «los autos originales» y. de nuevo, la libertad bajo fianza. En apoyo de esta última pretensión se alegaba la mala salud del inculpado y la «larga prisión que había  padecido». El Consejo fijó primero el 27 de septiembre de 1701 la residencia de Heredia en su casa de Murillo y luego, «para más ensanche de su prisión», le permitió desplazarse por la villa de Murillo y sus alrededores. En caso de que no respetara el benévolo régimen penitenciario establecido, sería multado con mil ducados.

Además, el 26 de octubre de 1701, el Consejo, ante la solicitud presentada por Juan Manuel de Heredia, dictó un decreto para aceptar su petición, y mandó a los inquisidores Santelices y Ozcariz que diesen

 

«orden al rezeptor y demás secretarios del Secreto para que al dicho D. Juan Manuel se le pagase el salario, ayuda de costa y demás gages y emolumentos desde el día de su presentación por preso en este Tribunal, [suspendidos desde el inicio de la causa contra él], y que se le asistiese en adelante en la misma forma que a los demás y como si actualmente sirbiese su plaza»

 

El 24 de mayo Mendoza informaba a la Inquisición de Logroño sobre las decisiones del Consejo. Enterado de todo el Consejo de Inquisición, y siendo cada uno de los defectos referidos bastante para

 

“…excluir a Heredia del exercicio de Secretario del Tribunal» —explica el secretario de Mendoza— «el que estrecha más la obligación de Su Excelencia es el de la falta de legalidad y fidelidad». «Y, aunque, para privarle del oficio, tiene el Consejo por necesario que conste judicialmente de él», «siendo Heredia de tan intrépido natural» y «emparentado con familias influyentes, podrían resultar gravissimos inconbenientes de los procedimientos en justicia por medio de visita».

 

A tenor de las propuestas del Consejo, el 7 de junio de 1702, Mendoza envió orden al inquisidor más antiguo de Logroño para que

 

“…examínase en forma sobre todo lo referido a los demás inquisidores y secretarios y los ratificasse ad perpetuam”

 

La orden de Mendoza se recibió en Logroño el 17 de junio, y se mandó ejecutar en los términos establecidos. El interrogatorio enviado a inquisidores y secretarios fue contestado por seis de  ellos entre el 17 y el 24 de junio de 1702

A todos los declarantes les causaba admiración que Heredia, con fama de «caviloso» y poco «legal», hubiera sido elegido para tan importante cargo inquisitorial. Dos de los interrogados agregaban que,

 

 «siendo Juan de Heredia, padre del dicho don Juan Manuel, escribano de la cassa solar de Valdosera, y éste y su hijo dueños de los libros de dicho solar, eran tantas las falsedades que en ellos se alIaron» [—sobre todo, «poner en la casa y solar de Valdosera por hidalgos a los que, por interés, le apetecía »—] «que obligó a los señores de ella a acudir a la Real Chancillería y pedir se llebasen originales y se rubricassen por el secretario de la Cámara para que, en adelante, no se cometiese lo que asta entonces se venía executando»

 

Para terminar, todos los testigos mostraban temor ante una reacción violenta contra Heredia de Santiago Martínez de la Cámara y de su mujer, Jacinta de Uribe, hija del difunto Diego, y de los familiares de ambos. Uno de los testigos declaraba:

 

 «He oído decir al dicho Santiago Martínez que, si encontraba en alguna parte al dicho D. Juan Manuel, le avía de matar de un trabucazo porque, además de ayer dado muerte alebosa a su suegro, le tenía usurpada la hacienda a su mujer».

 

Distritos inquisitoriales en la época de Juan José de Tejada

Entre tanto, la causa seguía sin resolverse. Avanzado junio, el inculpado solicitó,

 

«..la remoción de la carzeleria a la Corte y sus alrededores por ser su persona necesaria para su defensa y no tener medios para seguirlo por Agente».

 

Se mandó dar traslado al fiscal de su petición,

 

 «…y entregados los autos en el mismo día, los bolbió en 7 de agosto, allegando  y pidiendo que D. Juan Manuel, después de consultar al Inquisidor General, fuese restituido a verdadera prisión y custodia, como lo estaba antes de la apelación, y que, executado, se le bolbiesen los autos para allegar en lo principal». A la vista de la petición del fiscal, mandó el Consejo «que trajese [la solicitud de Heredia] el relator con los autos, presentes los Inquisidores de Castilla»

 

El caso de Juan Manuel de Heredia y Tejada no había encontrado solución definitiva, ni a mediados de 1703 , ni a finales de 1704. El 16 de diciembre de ese año, Santiago Martínez de la Cámara dirigía un escrito al Inquisidor General , en el que solicitaba que le fuera concedido el cargo de contador del Santo Tribunal de Navarra. En la petición se desliza, una vez más, la grave hostilidad que enfrentaba a los deudos de Diego de Uribe con el secretario Heredia.

 

No deja de ser sorprendente que, a pesar de todo esto, Heredia fuese nombrado oficial mayor de la secretaría de la Suprema cuando el cargo quedó vacante por el proceso incoado contra su titular Juan Antonio de Cuenca en el que Juan José de Tejada tuvo un importante intervención.  Cabe sospechar que este nombramiento  se debió al influjo, a todas luces abusivo, de nuestro paisano, teniendo en cuenta, además, que su relación viene de antiguo ya que la certificación de hijosdalgo exigible para su ingreso en la orden de Santiago, es firmada por Juan de Heredia, padre de Juan Manuel, en el año 1664.

PROCESO AL SECRETARIO JUAN ANTONIO DE CUENCA

 

Próximo a su jubilación, en el año 1705, D. Juan José de Tejada tuvo que intervenir activamente en un importante proceso llevado a cabo contra don Juan Antonio de Cuenca, que  fue secretario de la Inquisición de Aragón desde el verano de 1696 hasta que partió a Madrid en los primeros años del siglo XVIII para hacerse cargo de la oficialía mayor de la Suprema, acusado entre otras delitos, de abandono de sus obligaciones para con el tribunal, de intermediar, con resultados poco claros, en el soborno a ciertos secretarios del tribunal de la Inquisición del distrito de Logroño y de otros tan mundanos como el “abarraganamiento” (concubinato) con una mujer a la que con engaños había sacado de un convento de Granada.

Emblema de la Inquisición

En dicho proceso, que se inicia en el año 1705, y se alarga más de seis meses, Juan José de Tejada, como Consejero de la Suprema y antiguo superior suyo, interviene en primer lugar, con una extensa declaración en la que detalla muy pormenorizadamente las faltas cometidas por dicho oficial. En las declaraciones presentadas por diferentes testigos se hace referencia, en más de una ocasión, a las múltiples amonestaciones que nuestro paisano hacía de su comportamiento, sin que el acusado las tuviese en cuenta, entre otras cosas, al estar confiado en,

 

“…el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que espera tener en Madrid.»

 

El expediente, custodiado en el Archivo Histórico Nacional con el número de legajo 3682, consta de centenar y medio de páginas con testimonios sumamente interesantes, como los que siguen a continuación.

 

El primero de todos ellos es, como ha quedado dicho,  el de nuestro paisano, que lo redacta y envía desde Galilea en el mes de junio de 1705 y lo dirige a Juan de Argáiz, fiscal de dicho proceso, que había sido Inquisidor general del distrito de Logroño entre 1697 y 1699.

 

Dice asi:

 

“En vista de la causa antecedente de V.I. y del interrogatorio criminal que cumpliendo con la orden del Consejo que V.I. me explica en ella, lo que puedo informarle es lo siguiente:

 

En cuanto a la primera pregunta digo que he conocido y conozco de once años a esta parte a D. Juan Antonio de Cuenca, habiéndole tratado y comunicado en Zaragoza, siendo secretario del secreto de aquella inquisición dos años, hasta que se me concedió la jubilación de aquella plaza y me retiré a este lugar y en este tiempo vi que los procedimientos al uso del susodicho en orden a la asistencia del tribunal no eran conformes a la obligación de su oficio pues Miguel Pérez de Oliván y Vaguera y Joseph de Morales, ya difunto, y yo, nos hallamos precisados a advertirle y reprenderle muchas veces su falta, lo cual no fue bastante para enmendarse, repitiendo esto mismo en el buen natural del Inquisidor más antiguo y en las voces que decían de tener valedores en Madrid; para este apoyo había demostrado en cartas muy favorecidas de algunos personajes, sin que yo me acuerde cuales eran, o si las fingía como de su arte y habilidad se podía presumir, y esto se lo vi y reconocí hallándome en aquel tribunal y lo podrán decir D. Pedro Muñoz, que al mismo tiempo concurría, y de oídas D. Pedro de Santiago y el Ldo. Jacinto Vielsa, Rector de la Aljafería, y más especialmente lo supieron Martín de Romera y Francisco Sáenz Jiménez, miembros del secreto, ya difuntos.

 

Y habiendo yo vuelto después de veinte meses a servir la plaza de orden de Juan Tomás de Rocaberti (Inquisidor General, (1694-1699) y Arzobispo de Valencia), supe de algunos y de D. Agustín de Arnuesa, Inquisidor ya difunto, que el dicho D. Juan Antonio de Cuenca la falta de asistencia, y habiendo hablado de esto a otro, me dijo que la mayor parte de los días faltaba o salía del tribunal antes de la hora y era por tratar ilícitamente a una mujer casada a quien había sacado un hijo de pila, y era que se salía de las horas del tribunal, por saber que su marido estaba al mismo tiempo fuera de su casa, ocupado, y con la seguridad de que no volviera a ella en las mismas horas porque su empleo no se lo permitía.

 

Y lo mismo oí a D. José del Expírutu Santo, ya difunto, religioso de la misma orden, que estaba en compañía de otro licenciado, y a doña Josefa de Lara, ama que entonces era y hoy lo es de dicho D. Juan Antonio de Cuenca.

 

En ocasión del que el susodicho pasó a la Corte a servir la oficialía mayor y que la susodicha se quedó en Zaragoza para llevar allí sus tratos, y hallándose en la Corte D. Juan Antonio, supe que el susodicho daba noticias en las cartas de correspondencia al Inquisidor D. Blas de Torrejón y a D. Martín de Morena de las determinaciones  del Consejo en algunos negocios de fe, criminales y de limpieza antes de que se avisasen por el Consejo no volviesen los procesos y en algunas ocasiones escribía los datos que habían dado los señores del Consejo y habiéndolo sabido D. Agustín de Arcuesa, fiscal que entonces era oyó que este  dio cuenta al Inquisidor General para que pusiese remedio, y sé que su Eminencia le mandó llamar y reprender severamente por que así se lo oyó decir a otro y creo lo sabrán Tomás Campero y Domingo de la Cantolea; y lo demás que llevo referido lo sé por haber visto las cartas escritas por Juan Antonio de Cuenca a D. Martín de la Romera que en confianza me las mostró después de haberle dado la reprehensión.

 

A la segunda y tercera pregunta respondo que no he oído decir cosa alguna al capellán del Conde de la Torre y que al otro D. Pedro de Aragón le he oído decir lo referido en la pregunta primera y que en las dependencias que el Consejo ha tenido con el Inquisidor General D. Baltasar de Mendoza han sido tan destempladas las voces que el Ldo. D. Juan Antonio divulgaba contra el Consejo y los individuos del él, que trataba de insulsos sus procedimientos propasándose a publicar que éramos ignorantes y otros desagradecidos, solo en respuesta de este maltrata aquellos que seguían el dictamen del Inquisidor D. Baltasar, ensalzando la sabiduría del Consejo, llegando a decir de algunos señores del Consejo palabras tan pesadas que es razón no nombrarlas.

 

Lo que fue ————– en esa Corte. Y luego que llegué a ella posó a informarme de lo que había sucedido y sucedía con el Inquisidor Froilan Díaz y me entregó un extracto que decía era lo que contenía  el proceso para que yo le viese y al mismo tiempo me dijo con mucha osadía que podía dar muchas gracias a Dios si salía con ———. Y después de algunos días, habiendo vuelto a mi posada, el dicho Juan Antonio y tratado del mismo negocio le advertí que se contuviese y que no tenía fundamento para injuriar tan grandísimamente a fray Froilán  en lo tocante de hacer juicio de dependencia judía, que ya le habrían de juzgar superiores y como reconoció que no hallaba en mi apoyo, me volvió a pedir el extracto con el pretexto de remitirlo a Segovia donde le pedían confianza.

 

Y también oí en esa Corte, sin acordarme a qué personas habían faltado algunos papeles de las ————— del Consejo y fue ——— que el dicho Juan Antonio, sin licencia del Consejo, había sacado diversos testimonios, así de la causa del Froilan como de las demás controversias y asuntos jurídicos.

 

A la cuarta digo que siendo D. Juan Antonio de Cuenca, secretario de la Inquisición de Aragón, le tocaron las informaciones de doña Juana de Irazábal, mujer del receptor don Manuel Galván que tenía naturalezas en la Inquisición de Logroño y solicitó al dicho Juan Antonio el breve despacho de ellas, y habiéndolas remitido el otro tribunal al de Zaragoza, previno D. Juan Antonio al licenciado D. Manuel que era necesario regalara al Consejo de Logroño que había corrido con las informaciones, y este le entregó no se cuantos maravedís para que cumpliese en su nombre y el de su mujer. Habiendo pasado muchos meses el secretario de Logroño escribió, no me acuerdo si a mi mismo, o a otra persona de su confianza que estaba consentimiento de su olvido a que satisfizo que el había cumplido por mano de dicho D. Juan Antonio y no sé si con este motivo cumplió, lo cual me dijeron.

 

Y también se olvido a D. Benito Sánchez que el Ldo D. Juan Antonio se ha mezclado en pretensiones del Santo Oficio, expresamente en una que tuvo su juicio, Andrés, natural de Zaragoza y prior de la iglesia para la  fiscalía de aquel Tribunal, ofreciéndole su favor y dándole noticias de los medios de que se había de valer y esperanzas de que la conseguiría dejándose regalar espléndidamente otro de quien podría dar noticias el capellán del Conde de La Torre, en cuya casa estuvo hospedado D. Juan Antonio. Y al mismo D. Benito Sánchez le he oído que D. Juan Antonio tenía ofrecido sacar——– de la Inquisición para quién casase con doña Josefa de Lara porque la tuviere oculta en sus casas y así en Zaragoza como en esa Corte que el dicho D. Juan Antonio se dejara regalar de estos pretendientes solicitando que se valiesen de él y haciendo propias las pretensiones y descubriéndoles por donde les iban de gobernar, y por más seguridad les ofrecía a algunos ser su informante porque tenía mano para ello con los inquisidores y también supe de otro rector de la Aljafería, de oidas, que el dicho D. Juan Antonio nada compraba en esa Corte sino el ——– para el vestuario y todo lo demás necesario hasta los dulces de los mejores los tenía con tanta abundancia y que podía a otros.

 

A la quinta digo que sé de público que D. Juan Antonio ha tenido relación estrecha con el Conde de Requena y con el Inquisidor fiscal del Consejo, notados de poco afecto a la Monarquía y que se juntaron en la casa del Sr. Fiscal resultando de esta juntas noticias muy melancólicas del estado de la guerra en cuya relación se dilataba bastantemente, pues decía que había pocos afectos al Rey Ntro Señor, Dios le guarde y muchos a la Casa de Austria, que las fuerzas de sus enemigos eran grandes y muy pequeñas las nuestras y ponderaba cualquier suceso adverso aunque fuere tenido por muy favorable a los enemigos, disminuyendo los mios aunque fueran muy felices y en el semblante manifestaba lo que sentía interiormente pues si el suceso era favorable a nosotros  se reconocía su tristeza y si adverso su alegría, y así Juan Antonio supo disculpar la acción del Almirante y Conde de la Corzana con palabras antifelices que daban a entender tenía más que mediano motivo.

 

Y esto es cuanto puedo informar a V.I. con la sinceridad y bondad que debo decir, habiendo procurado recorrer mi memoria. Y quedo al servicio de V.I. con igual afecto y que G.D. a V I mil años.

 

Galilea, junio 19 de 1705 años.

 

A D. Juan de Argaiz del Consejo Supremo de la General Inquisición.”

 

No eran pocas las faltas, e incluso delitos, que Juan José de Tejada denuncia en su declaración testifical, los cuales son confirmados y ampliados por el resto de los declarantes.

A lo largo de la primavera y verano del año 1705 van pasando por el Real Palacio de la Aljafería una serie de testigos, que habiendo tenido relación directa con el antiguo secretario de la inquisición, presentan su testimonio, bien ante el propio Juan de Argaiz, o ante otros oficiales de la inquisición aragonesa en los cuales delega. Vemos así como el día 14 de julio, es interrogado, por parte del inquisidor delegado don Pedro Guerrero, Manuel Galván

 

“vecino de esta ciudad de edad de 58 años.”

 

Se le pregunta expresamente si tiene conocimiento de que don Juan Antonio de Cuenca haya recibido dinero para entregárselo al secretario de Logroño por la realización de algunos informes. Manuel Galván responde de esta manera:

 

“…que como ha pasado tanto tiempo, no se puede acordar muy bien del contenido de la pregunta, pero lo que le parece que puede decir es que D. Juan Antonio de Cuenca, a quien tocó como secretario que entonces era de ese Consejo el hacer los informes del declarante y de Juan María de Irazábal su mujer, y no se acuerda que hiciese regalo al secretario de Logroño ni que hubiese entregado dinero alguno para ello,..”

 

No obstante al leerle su declaración la corrige y matiza diciendo.

 

“…que ha leido la declaración y que con vista de ella ha podido hacer reflexión en su memoria en el que el regalo que se hizo al secretario de Logroño fue por manos de D. Juan Antonio de Cuenca y no recuerda cuanto; que su mujer que fue quien lo entregó se acordaría y también sabe que el declarante y su mujer entregaron esto a don Juan Antonio.”

 

Ese mismo día, por la tarde el mismo inquisidor llama a declarar a don Juan Francisco Muñoz, secretario del secreto de este tribunal. Preguntado si conoció en este tribunal a algún ministro que hoy se halla en la corte y si supo que los procedimientos de éste en lo tocante a la asistencia del tribunal eran conformes a la obligación de su oficio y que si algún inquisidor y otros ministros hubiesen sido obligados a advertirle y reprenderle y que esto no hubiese sido bastante dado en el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que espera tener en Madrid, valedoras, dijo:

 

“que lo que puede decir sobre la pregunta es que en este tribunal fue secretario D. Juan Antonio de Cuenca desde el verano de 1696 hasta que partió a Madrid y que lo que pudo reconocer por entonces fue que el declarante D. Juan Antonio acudía al tribunal en la forma en la que los demás secretarios sin haber notado cosa alguna particular hacia la parte de su obligación…

 

 …sólo puede decir que con la ocasión de haberse traído por causa suya desde Granada a esta mujer que se llama Josefa, de quien no sabe su apellido, algún tiempo después de estar en casa de D. Juan, éste debió de tener alguna desazón con ella por lo que, siendo ardiente de condición, se quejó mucho de dicho D. Juan y oyó el declarante que doña Josefa pasó al cuarto de don Juan José de Tejada y según lo que se dijo se quejó muy agriamente de dicho sujeto, diciendo que después de que le había hecho venir desde Granada, le había maltratado, lo que ella no esperaba; sobre lo cual oyó el declarante, sin acordarse por ahora de quién, que don Juan José de Tejada llamó a don Juan Antonio de Cuenca y le advirtió sobre sus obligaciones y aunque es verdad que entonces se dijo también que dicho don Juan Antonio, tenía o había tenido alguna comunicación ilícita con dicha Josefa, lo cual se decía entre los mismos ministros que había entonces en este tribunal, pero era sin decir el fundamento que tenían para ello…

 

… y el declarante oyó decir a Juan Antonio que tenía correspondencia en Madrid particularmente con don Pedro Domingo Sánchez pero que nunca le enseñó carta alguna porque con el dicho Juan Antonio no tenía el declarante mucha amistad y que no se le ofrece otra cosa que decir sobre la cuestión. Rreconoció que los procedimientos de dicho Juan Antonio cuando era ministro del secreto en orden al que tocaba la asistencia del tribunal no era conforme a la obligación de su oficio y el inquisidor don Juan José de Tejada y otros ministros le hicieron obligación de advertirle y reprenderle la falta de asistencia, la cual no fue bastante para la enmienda fiado en el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que decía de tener en Madrid valedores, …”

 

El proceso sigue su curso y al día siguiente acude al tribunal, Juan Félix Bielsa, rector de la parroquia de la Aljafería, de 45 años de edad. Se le formula las mismas preguntas que a sus antecesores, a las que contesta,

 

“… que sólo sabe que faltaba del tribunal saliendo a hacer informes de limpieza, así de oficiales como de todo género de ministros , de lo que se ocupaba gran parte del año consiguiéndolos por el valimiento que tenía con los señores inquisidores y se acuerda el declarante que tenía extendida una carta firmada por los señores del Consejo para que los secretarios sólo pudieran salir a efectuar pruebas mayores, y le respondió don Juan Antonio diciendo que los secretarios salían también a pruebas menores.

 

 Y también oyó a don Martín de la Romera, ya difunto, que era tan dichoso el dicho Juan Antonio en las pruebas, que valían más los regalos que le hacían a él y a todos los demás compañeros, lo cual le pareció muy mal al declarante por el conocimiento que tenía de la limpieza con que se habían portado los ministros de este tribunal. El declarante ha oído que cuando se reunía este tribunal dicho don Juan Antonio de Cuenca no asistía  y que el licenciado Juan José de Tejada y otros ministros se vieron obligados a advertirle y reprenderle por la falta de asistencia …”

 

En este caso es el inquisidor Pedro Guerrero quien se traslada a casa de don Manuel Galván, receptor de este Santo Oficio, que ya había declarado anteriormente, para tomar declaración a su mujer Juana María de Irazabal. Le pregunta expresamente sobre el posible soborno hacia un funcionario de la inquisición del distrito de  Logroño, del que Juan Antonio de Cuenca fuese su intermediario, y esta contesta

 

“…que se acuerda que cuando se hicieron las pruebas de la declarante, don Juan Antonio de Cuenca le dijo que porque era su conocido su amigo el secretario del tribunal de Logroño a quien le había tocado hacer las pruebas por la naturaleza que la declarante tiene en aquel distrito, tomaría cuidado el solicitante que las hiciere con la mayor bondad y después de hechas y enviadas dichas pruebas, dispuso con la declarante que le regalara ha dicho secretario de Logroño, por manos de don Juan Antonio de Cuenca…

 

…se acuerda la declarante que a don Juan Antonio de Cuenca se le entregaron tres o cuatro doblones de a ocho para qué se le regalaran dicho secretario de Logroño y después no teniendo noticias de dicho don Juan Antonio, entregó otros tres o cuatro doblones de a ocho ha dicho secretario de Logroño…

 

Luego dijo que quien tendrá bastantes noticias de lo que se le ha preguntado son los padres calificadores fray Joseph Nuño y fray Baltasar Martín de la orden de San Francisco de Paula que concurrieron con dicho don Juan Antonio de Cuenca por la amistad que tenían la declarante al hacer la solicitud de estos pruebas.”

 

Puesto que Juana de Irazabal da nombres, el instructor Pedro Guerrero no le queda más remedio que llamar a declarar a fray José Nuñez de la orden de San Francisco de Paula, que muy diplomáticamente dice que,

 

“…como ha pasado tanto tiempo, no se puede acordar con toda seguridad del contenido de la pregunta, pero lo que sí puede asegurar y puede decir, que habiendo conseguido la gracia del receptor del Santo Oficio, don Manuel Galván, le tocó hacer sus pruebas y las de su mujer, doña Juana de Irazabal, a don fulano Mendoza, que no se acuerda de su nombre, secretario de la inquisición de Logroño, y que no se acuerda si dicho don Juan Antonio de Cuenca les hubiese prevenido.”

 

El proceso sigue escalando peldaños y cada vez acuden a declarar personajes de más alta condición social como don Pedro Gerónimo Molinos, notario del juzgado de la inquisición de Zaragoza al que se le pregunta expresamente por la relación que tuvo el encausado con su casera y concubina. El notario recuerda perfectamente que,

 

“…cuando estuvo de secretario en este tribunal don Juan Antonio de Cuenca tuvo por su casera a una mujer que se llamaba Josefa de Lara la cual trajo de Granada y con la ocasión de estar al lado de la casa del declarante, don Francisco Jaén, secretario que también era de este tribunal y doña María Basela, su mujer y tener con ellos amistad María Calvese, mujer del declarante, y teniendo amistad con doña Josefa, le visitaban muy a menudo y doña Josefa en vista de esta amistad y confianza que tenía con su mujer le contaba los disgustos que tenía algunas veces con dicho don Juan Antonio, que eran producto de algunos celos que le tenía como son que, estando doña Josefa de Lara en un convento en la ciudad de Granada, y hallándose con mucha conveniencia dicho don Juan, introdujo amistad con ella y la persuadió a que saliese del convento y se fuese en su compañía.

 

Y después de haberle dado gusto ejecutándolo, se había gastado su caudal y aprovechándose de su venta y teniendo trato y comunicación ilícita con ella, le había hecho lo oprobio de aficionarse de doña María de Lara y estaba amancebado con ella y eso se lo refirió a su mujer en muchas ocasiones. Ahora está casada con Joseph Campos Tejedor de Lienzos que vive en Cañizo de los Aguadores de esta ciudad. Que dicho don Juan Antonio estaba amancebado al mismo tiempo con doña María Basela y doña Josefa de Lara por lo que también el declarante conoció por ver que dicha doña Josefa de Lara era la dueña absoluta de la casa de don Juan…

 

Y en el amancebamiento con doña María Basela porque también en muchas ocasiones doña María decía al declarante que sacase a pasear a don Francisco Jaén, su marido para que se divirtiese, no reconociendo la malicia con que se lo decía, hasta que su mujer y la criada de declarante le dijeron que luego que sacaba ha dicho don Francisco, entraba en casa de doña María en algunas ocasiones y en otras teniendolo escondido en los entresuelos de la casa y que al decir el declarante que le sacase a pasear era para  quedarse a solas con dicho don Juan y tener sus tratos ilícitos, todas las dichas tardes con lo que el declarante no quiso sacar más a pasear ha dicho don Francisco…

 

Pedro Gerónimo sigue con su contundente declaración, afirmando que:

 

“… oyó de dicho don Francisco Jiménez de Jaén dar quejas de su mujer doña María Basela por el poco afecto que le tenía…”

 

Que quien sabía mucho sobre estos amancebamientos eran su mujer y la criada del declarante…”

 

Al día siguiente vuelve instructor a casa de don Pedro Gerónimo Molinos esta vez para tomar declaración a su mujer María Valena Calvete, que tiene buena memoria y va relatando la relación tumultuosa entre él secretario de la inquisición y la novicia que por el abandono su convento en Granada. La mujer del notario refiere que,

 

“…hacía nueve años, poco más o menos, que hallándose secretario de este tribunal don Francisco Jiménez de Jaén y don Juan Antonio de Cuenca, de haber venido a las casa del la declarante don Francisco, en compañía de María Basela su mujer, por la cercanía de las casas y por ser el marido de la declarante miembro del tribunal, ésta pasó a visitar a dicha doña María, teniendo mucha amistad y correspondencia, por haber coincidido algunas veces en casa de dicha doña María, doña Josefa de Lara, casera de don Juan Antonio de Cuenca, por la mucha amistad que éste tenía en casa de la declarante y de su marido, e introdujo también amistad con la declarante doña Josefa y continuaron en visitarse concurriendo muchas veces en casa de doña María y de la declarante.

 

Doña Josefa de Lara le dijo que, hallándose la ciudad de Granada en donde había estado 12 o 14 meses, y estando para profesar, introdujo amistad con ella don Juan Antonio de Cuenca que le había solicitado y persuadido a que saliese del convento y se fuera en su compañía, como en efecto lo había ejecutado y que se habían dado por muy ofendidos dos hermanos que tenía militares que le habían buscado para matarle.

 

Y después de haber ejecutado lo referido, por persuasión de dicho don Juan y entregándole a éste lo que tenía, que era una venta será cobraba y gastada habiéndola hecho luego venir a esta ciudad y se había visto metida en este lodazal por que lo había hallado embarraganado con dicha doña María Basela.

 

Y que lo referido le confiaba grande pesadumbre… y que no podía conseguir que se apartase de dicho trato ilícito que, estaban en un infierno por ver lo mucho que regalaba y estimaba a dicha doña María y que, aunque por este motivo había solicitado entrar en el convento de Santa Lucía de esta ciudad, se lo había embarazado el dicho don Juan dándole palabra de que se separaría del trato que tenía con dicha doña María;  y que no lo había ejecutado, antes bien, lo había continuado en el trato.

 

El proceso sigue su curso y muchos otros testigos van pasando por la mesa del fiscal instructor. En el mes de octubre el acusado ya intuye que su causa tiene una difícil solución por lo que remite una carta a don Juan de Argaiz como juez de la causa que contra él se sigue en la que declara su versión y le dice que

 

“ha dicho enteramente la verdad en todo lo que el examen de su memoria ha podido comprender sin faltar en la más mínima parte a la religión del juramento para cuyo efecto renunció en los términos legales y las defensas que pudiera tener dando, por ratificados los testigos. Y estas mismas expresiones vuelve a repetir ahora por medio de este memorial remitiendo vuestra ilustrísima la misma súplica y esperando de su benignidad sea atendida…”

 

El juicio contra sus actos comienza en el mes de octubre. El día 16 se le notifica a don Juan Antonio de Cuenca el cual dice que la oye y da fe. El acusado reconoce que

 

“…se me ha hecho notorio cómo los papeles de mi causa están en la Secretaría del Consejo a pedimento del señor fiscal para que las partes digan lo que les convenga…

 

… renunció todos los términos que me compete así lo espero de la piedad de vuestra ilustrísima….”

 

La sentencia es ejecutada el 24 de octubre de 1705. Está firmada por Su Ilustrísima conde de Granada, Cardona, Soto, di Castillo, Bolaño y Pernas, y condenan a que don Juan Antonio de Cuenca salga perpetuamente de la Oficialía mayor del Consejo que tiene y ha de tener cualquier otro oficio en Madrid y sea desterrado de la corte por cuatro años y sea privado de cualquiera misión dentro del Santo Oficio.

RETORNO A GALILEA Y CONSTRUCCIÓN DE LA CAPILLA DEL PILAR

 

Capilla de El Pilar

Con sesenta y cinco años, don Juan José de Tejada se traslada definitivamente a vivir a Galilea hasta el final de su vida posiblemente después de haber amasado una gran fortuna debido a los cargos que ostentó en los últimos cuatro lustros.  Hay que tener en cuenta que como inquisidor general el sueldo ascendía a 250.000 maravedíes al año, más otros 50.000 de ayuda de costa. Como consiliario en el Consejo de la Suprema, indudablemente sus ganancias serían mucho mayores..

Es en estos doce años finales de su existencia cuando dedica toda su actividad a dotar a su pueblo natal de una hermosa capilla, aneja a la iglesia parroquial, dedicada a dar culto a la Virgen del Pilar de quien era ferviente devoto.  Vemos así cómo el 20 de septiembre de 1708

 

…jubilado de la Santa y General Inquisición,… “

 

solicita permiso a José Carrillo, caballero de la Orden de Santiago, a la que él pertenecía, y regidor de Soria y Señor de San Martín de Berberana, así como a todo el Concejo de Ocón, para construir una capilla, a sus expensas, en honor de la Virgen del Pilar

 

… para mayor adorno de ella y aumento del culto divino.”

 

Conseguida la preceptiva autorización del regidor, solicita de igual manera permiso al Concejo de Galilea, haciéndoles saber que para su construcción se necesitan

 

…como dos o tres pasos, a lo ancho, en terreno concejil, que está contiguo a la iglesia.”

 

También informa que para seguridad del templo era previo entrar al rompimiento de cimientos, con la mayor precaución posible.  El Concejo le concede todo tipo de facilidades y manda que

 

“…ninguna persona le ponga ningún impedimento ni embarazo.”

 

Unos meses antes, el 15 de marzo de 1708, el alcalde se había dirigido  a los vecinos de Galilea para informarles de la pretensión del Inquisidor, a lo que el pueblo dio su consentimiento, por parecerle

 

“..santa y religiosa la pretensión para que erija, funde y construya dicha capilla en la parte que más le convenga y menos deteriore la iglesia.”

 

El notario apostólico, Juan Escudero, dio fe.

El día 12 de noviembre del mismo año don Juan de Gómiz, en nombre de don Juan José de Tejada, solicita licencia al obispado, recordando que con anterioridad el obispo Pedro Lepe, de buena memoria, ya lo había otorgado de manera provisional.  La licencia definitiva se la concede Pedro de Oñate, provisor y Vicario General del Obispado, cuyo titular era Alonso de Meana, y le autoriza a romper la pared lateral de la iglesia sin por ello incurrir en pena alguna.  Dos años más tarde, en 1710, la capilla está totalmente acabada y abierta al culto. El inquisidor desea dejar constancia del contenido de la capilla por él levantada y redacta un inventario que, en esencia es el siguiente:

 

Altar restaurado en el año 2007

Altar de madera; retablo de talla sobre dorado que coge toda la testera de la capilla; en su trono la santísima imagen de la virgen con su corona de plata y el adorno que se sigue: en arco de flores de mano que rodea todo el trono y se compone de diferentes colores; al pie del pilar los cipreses, y a los lados del cuerpo de Ntra Sra. dos pastas de Agnues y de Inocencio XII, guarnecidas con seda carmesí, al modo de Italia.

 

A la espalda del trono hay una cortina de tafetán carmesí que cubre la imagen de la Santísima Virgen y el arco de flores que la guarnece. Al frente hay una cortina de hilo de plata para cubrir la santísima imagen y otras de raso carmesí con algunas flores que sirven par lo mismo; y además de eso tiene otra cortina de raso azul con algunas flores con sus fenefas.  En la parte afuera del trono, dos arañas de plata cada una con sus mecheros que sirve para poner las velas de cada una cuando se descubre la Sra.

 

En el mismo altar, en los lados del Sagrario, hay dos alhacenas que sirven de adorno; tras ellas hay dos vanos con sus cristales en donde está el cuerpo de San Vicente.  Y otras muchas reliquias auténticas que están en poder del cura, quien tiene las llaves, junto al alcalde del lugar”.

 

Esta relación se refiere exclusivamente al retablo del altar y a los diferentes ornamentos que lo componen, así como los adornos de la imagen de la Virgen.  Pero hay otros muchos más objetos de relativa valía con los que don Juan José de Tejada adornó la capilla:

 

  • Un marco dorado que sirve de ante-altar para poner los frontales.
  • Dos alfombras para que los sacerdotes pongan los pies.
  • En el cuerpo de la capilla, una lámpara de plata que continuamente arde ante la Santa Imagen.
  • En la pilastra del lado del evangelio que abraza al altar, un cuadro grande del bautismo de Nuestro Sr. por san Jaun Bautista, guarnecido con un marco y diferentes molduras doradas. Y en el pie de él una lámina de Santa Catalina, toda dorada.  Y en la otra pilastra, y en la parte que mira  afuera de la capilla otra lámina de san Pedro y san Pablo con marco y guarnecido.
  • En la misma pared, más abajo del sepulcro, otra lámina de Santiago con su respectivo marco.
  • Debajo de esta lámina, otro cuadro de la adoración de los Reyes.  Debajo de dicho cuadro, otra lámina pequeña de Ntra Sra. y su Stmo. Hijo, san José y san Juan Bautista.
  • Y un cuadro grande de la venida de Ntra Sra a la ciudad de Zaragoza a ver a Santiago y decirle que colocase en dicha ciudad su Santa Imagen.  Y está en la palestra de la reja de dicha capilla, al lado de la epístola.
  • Y en la pilastra que abraza al altar del lado de la epístola un cuadro del desposorio de Ntra Sra con el señor san José de la misma grandeza y correspondencia que el del bautismo de Ntro. Sr. por san Juan Bautista.  Y en el pie de él y en la parte que mira de al altar, una lámina de san Bartolomé.  Y en la misma pilastra, un cuadro de san Antonio de Padua.
  • Una lámina de la Virgen con el Niño labrada en sed. Otra con los gloriosos mártires san Cosme y san Damián.

 Y por último dos bancos con respaldo, adornados con hierros.

 

Este benefactor de Galilea también construyó una sacristía dentro de la capilla, en su lado derecho, donde poder guardar todo lo necesario para celebrar los actos litúrgicos, en las mejores condiciones posibles.  A esta sacristía también le dotó del siguiente mobiliario y demás componentes auxiliares para el culto:

 

  • Dos grandes contra-cajones para poner el ornamento con sus alacenas para poner lo necesario.
  • Una lámina de Ntra. Sra. con su marco. Otra lámina de santa Verónica.  Otra con el descendimiento de la Cruz.  En la pared al lado de la ventana, una lámina con la Anunciación. Y en el otro lado una lámina de Santa Teresa, otra de Santa Rosalía y otra de San Miguel.

Además de todos estos elementos decorativos, tanto para adornar la capilla como la sacristía construida en su interior, don Juan José también donó los «recados para decir misa» que se detallan a continuación:

 

  • Cuatro casullas de tafetán doble guarnecidas con galón de oro, de los cuatro colores que usa la iglesia.
  • Cuatro casullas de felpilla guarnecidas con pasamanos.
  • Tres albas y dos cíngulos, cinco bolsas de corporales de todos los colores, de damascado tafetán.
  • Un cáliz de de plata sobredorado con su patena, y dos cucharas de plata.
  • Un misal nuevo.
  • Dos vinagreras de plata, grandes.
  • Seis candeleras de plata y bujías de plata, de esa misma hechura.
  • Una palmatoria de plata para alumbrar al sacerdote que celebra.
  • Un ostiando de plata.
  • Dos blandones para poner hachas (teas) en las solemnidades.
  • Una campanilla de plata, que también sirve para cuando hay nublados.

El 18 de diciembre En 1714, don Juan José de Tejada convoca a las fuerzas vivas del pueblo para hacer solemne entrega de la capilla, construida, como él les recordaba, a sus expensas.  La reunión está formada por Martín Ramírez de Arellano, beneficiado de las iglesias de Ocón y sus anejas, y cura de Galilea; a otro presbítero del lugar; el alcalde Diego de Ruete y a procuradores y diputados que acudieron en representación de todos los vecinos.  Orgulloso y satisfecho de la obra realizada, va deteniéndose pausadamente en explicar las características de la con

Retablo después de la restauración

El día 11 de marzo de 1715 funda la cofradía del Pilar. Aunque la capilla está abierta al culto del pueblo, don Juan José insiste en que la titularidad le pertenece, sin duda con la pretensión de que sus muros alberguen su cadáver una vez abandone este mundo, y el de los demás que fueren de su voluntad, como así habría de ocurrir al trasladar hasta los arcosolios existentes los de su tío, enterrado provisionalmente en la capilla del Santo Cristo y los de sus padres, recientemente fallecidos.

Con el fin de hacer frente a los gastos que la capilla pueda generar en el futuro, el antiguo inquisidor establece un patronato y funda una capellanía, sujeta a la celebración de misas y obras pías para asegurar

 

 “…los reparos que en adelante hubiese necesidad, si por razón del rompimiento  de la pared, hubiese alguna quiebra.  “

 

Para cubrir esta contingencia dona un capital de 200 ducados de principal y 6 de rédito al año, comprometiéndose, a su muerte, a

 

“…traspasar a favor de esta capilla y su fábrica la escritura del censo, principal y réditos… “

 

Y para proveer de ornamentos y vestuario necesario para celebrar los divinos oficios dona otros

 

“… doscientos ducados de presente y perpetuamente.”

 

Asimismo manda que, a su fallecimiento, se entregase otro censo a los patronos que deje al cargo de esta capilla  y se guarde en su archivo, no sacándose sino para cuando sea necesario para cobrar los correspondientes réditos.  Estas cobranzas las han de hacer los capellanes titulares de las capellanías a cuyo efecto ha de ser obligación de los patronos entregarles las escrituras todas las veces que les sean pedidas, dejando constancia de ello en el libro que ha de abrirse.  También ha de ser obligación de los capellanes hacer entrega de los réditos de este censo, en cada año, a los patronos de la capilla.

Así, les detalla que la fábrica es de piedra de sillería; la reja que cierra el arco, de hierro forjado pintado; el púlpito contiguo, que sigue a esta reja, también de hierro.  Que la capilla se halla adornada con cuadros y láminas, y lámparas de plata, y joyas, y alhajas primorosas.

¿CONSTRUCCIÓN DE LA ERMITA DE LA VIRGEN DE GRACIA?

 

Ermita vista desde el lado norte

Nada hay documentado al respecto. Ni en los libros custodiados en el archivo diocesano ni en la diferente bibliografía consultada. Pero yo estoy convencido que fue Juan José de Tejada quien, trasladó a su localidad natal su ferviente devoción por la Virgen del Pilar, como ya sabemos, pero también su cariño por la Virgen de Gracia, que tan cercanas tuvo en su estancia en la capital maña.

Sobre la fábrica de la ermita de la Virgen de Gracia, Moya Valgañón en su  “Inventario del  Patrimonio artístico de España” dice que su construcción:

 

“…parece edificio del siglo XVIII, reaprovechando quizá, cabecera más antigua”

 

En la documentación consultada en los libros de la iglesia de Galilea, en el archivo diocesano hay una anotación que dice:

 

“Pedro Beltrán, ha hecho edificar la ermita de Santa Ana (?)”

 

¿Acaso la ermita de la virgen de Gracia estuvo dedicada anteriormente a Santa Ana?. Sabemos que don Pedro Beltrán Cenzano fue Capitán, Regidor en varias ocasiones por el Estado de los hijosdalgos, entre los años 1627 y 1647, procurador General del Consejo de Ocón y  fundador de la Cofradía del Santísimo Sacramento. Fue, por tanto, un importante personaje de la hidalguía local a caballo entre los siglos XVI y XVII. Está documentada la fecha de su muerte, el 24 de marzo de 1651. Su fecha de nacimiento pudiera estar localizada en los años finales del siglo XVI,

Es posible, por tanto, que este conspicuo personaje de nuestra localidad, fuera quien mandase construir la ermita, extramuros del pueblo, en honor a Santa Ana, reconstruyéndola y dedicándola a la advocación de la Virgen de Gracia, un siglo más tarde, don Juan José de Tejada. Pero, insisto, nada hay que avale esta hipótesis.

MUERTE DE JUAN JOSÉ DE TEJADA

 

Después de vivir 76 años, muere don Juan José de Tejada García el día 27 de abril de 1719, siendo depositado su  cuerpo, junto a su tío el Arzobispo,como había solicitado en vida, en el arcosolio de la capilla por él levantada, el 13 de julio del mismo año. En el frontispicio hace grabar la siguiente inscripción:

 

Arcosolio donde se supone está enterrado

“Aquí yace el Ilmo. Sr. D. Diego de Tejada y Laguardia, natural de este lugar de Galilea, Beneficiado de Ocón, Colegial Mayor del Viejo de San Bartolomé de Salamanca, Canónigo Magistral de las Santas Iglesias de Santo Domingo de la Calzada y  Murcia, Obispo de las de Ciudad Rodrigo y Pamplona.  En el año 1660 casó a los señores Reyes de Francia Luis XIV y María Teresa de Austria. En el 61 la majestad de Felipe IV lo hizo Virrey y Capitán General del Reino de Navarra. En el 1663 ascendió al Arzobispado de Burgos, de donde en el de 64 vino a los Baños de Arnedillo y habiéndole probado mal, se retiró a su casa de este lugar donde murió el día del Seráfico San Buenaventura 14 de julio de dicho año y ese día le dieron también los cargos dichos, habiendo vivido 53 años. Mandose depositar en la capilla del Santo Cristo de esta iglesia. Pero su sobrino, el Ilmo. D. Juan José de Tejada lo colocó aquí para eterna memoria, quien también yace en este sepulcro.

 

Justamente enfrente, construye otro sepulcro de similares características donde  previamente había enterrado a sus padres, y así lo hace notar en la leyenda que, en madera policromada, hace grabar en el cerramiento del mismo:        

 

«Aquí yacen los nobles señores D. Andrés de Tejada, hermano de dicho señor Arzobispo y Dña María García, padres del Ilmo. Sr. D. Juan José de Tejada y García, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, colegial mayor que fue del viejo San Bartolomé de Salamanca, canónigo doctoral de la Santa Iglesia de Calahorra, provisor y vicario general de su obispado, Inquisidor del Reino de Aragón, Visitador general del Hospital Real de Zaragoza, por su majestad, y de su Consejo de la Santa  General Inquisición, beneficiado de Ocón, Ausejo y Jubera, quien fundó y dotó esta capilla con las capellanías y memorias que hay en ella para honra y gloria de Dios Ntr. Sr. y de su Madre Santísima de el Pilar y alivio de las almas del Purgatorio»

 

En su agonía recibe los sacramentos, salvo el de la eucaristía.  Otorga escritura ante don Miguel José Pascual, escribano real y de número de la ciudad de Arnedo, y manda que, a su muerte, se celebren 1000 misas cantadas, a tres reales de limosna por misa, a celebrar, por partes iguales, en las iglesias de Ausejo, Jubera y Galilea.

De igual manera deja testado la obligación de celebrar 5000 misas rezadas, a dos reales de limosna cada una, a razón de 1300 en la jurisdicción de Ocón; 500 en la de Ausejo; y en la iglesia de Jubera y su jurisdicción, otras 500 misas.  1000 misas más han de celebrarse en la iglesia de Ntra Sra de Vico; otras 1000 en el convento de Ntra Sra de Balbuerna, en Logroño; 400 en la iglesia de San Francisco, de la misma ciudad; 300 en Ntra Sra de Valvanera, además de otras partidas que completan las 5000 misas rezadas.

A cargo de las dos capellanías que funda en la capilla del Pilar deja una misa rezada en cada una desde

 

“…la cruz de mayo hasta la cruz de septiembre, a las once de la mañana.  “

 

También manda celebrar “para siempre jamás” tres aniversarios cantados a lo largo del año: uno el día 2 de enero en que se celebra la fiesta de la Virgen del Pilar. La misa ha de ser concelebrada, rezándose una salve y un responso al final de la misma, pagándose por ello 12 reales.  Otro aniversario el día de San Buenaventura, con tres nocturnos y dos misas con ministros.  El tercer aniversario de celebraría el día de la consumación de su muerte, con la asistencia de dos capellanes, que han de vestir de diácono y subdiácono, a celebrar en el altar de Ntra Sra del Pilar.  El pago será de doce reales y cuatro ducados de vellón.

  1. 1 Archivo Diocesano de Logroño
  2. Archivo de la Catedral de Calahorra.
  3. Archivo Histórico Nacional
  4. Luis Miguel Enciso Recio. Tensiones y conflictos inquisitoriales en los inicios del siglo XVIII. El caso Heredia -Tejada.
  5. José Enrique Pasamar Lázaro. El comisario del Santo Oficio en el distrito inquisitorial de Aragón.
  6. José Enrique Pasamar Lázaro. Inquisición en Aragón. La cofradía San Pedro Mártir de Verona.
  7. Henry Kamer. La Inquisición española.
  8. Marina Torres Arce. Entre los Austrias y los Borbones. La realidad de un Tribunal de distrito. Logroño 1690/1705
  9. www.enciclopedia-aragonesa.com

Para algunas fotografías: www.flikr.com

Su nacimiento

D. JUAN JOSÉ TEJADA GARCÍA (1643-1719)

 

Escudo de armas de Tejada

Juan José de Tejada García nació en Galilea el día 4 de febrero de 1643.  Para conocer su genealogía nada mejor que remitirnos al expediente que se instruyó con motivo de su ingreso en la orden de Santiago en donde, al comienzo del mismo se  dice sobre sus ancestros:

 

“Fueron sus padres: Andrés de Tejada y Laguardia vecino y natural del lugar del Galilea jurisdicción de la villa de Ocón y doña María García natural de Corera de la misma jurisdicción.

 

Abuelos paternos: Juan de Tejada natural de la villa de Jubera y María de Laguardia natural de Galilea, jurisdicción de Ocón.

 

Abuelos maternos: Juan García y Francisco Solano naturales y vecinos del mismo lugar de Corera jurisdicción de Ocón”.

 

Colegio de San Bartolomé

ALUMNO DEL COLEGIO SAN BARTOLOMÉ EL VIEJO DE SALAMANCA

 

Desde sus primeros momentos como estudiante estuvo siempre bajo la égida de su tío el Arzobispo. Tal es así que aunque su segundo apellido era García, como hemos visto más arriba, en todos los documentos consultados aparece en su lugar el de Laguardia. También como su tío, fue alumno, desde muy joven, del prestigioso colegio San Bartolomé el viejo de Salamanca. En el expediente, ya citado, de limpieza de sangre para su ingreso en la orden de Santiago, fechado en el año 1664, ya hace referencia a que don Juan José de Tejada era colegial del colegió salmantino.

San Bartolomé de Salamanca

Para entender su trayectoria posterior como jurista en el ámbito eclesial es interesante reflejar aquí lo que Marina Torre Arce escribe en la revista Hispania número 196 sobre la importancia de pertenecer a uno de los más prestigiosos Colegios Mayores de aquella época, cuando dice:

 

“La formación universitaria, el ingreso en una Universidad distinguida y más aún, en uno de los Colegios Mayores de Salamanca, Valladolid o Alcalá se erigió en uno de los peldaños a escalar por la gran mayoría de los que pre­tendiesen seguir una carrera burocrática en la administración española del Antiguo Régimen.

 

La Universidad y especialmente, los Colegios Mayores fueron los focos desde donde se iniciaban los mecanismos de cierre, selección y presión de aquellos grupos interesados en integrarse en los puestos principales de la Igle­sia y la Corona, siendo la Inquisición uno de ellos.

 

Ser colegial suponía compartir una misma comunidad con aquellos que ocupaban los cargos más codiciados de las altas esferas burocráticas, los de consejeros. La burocracia del Antiguo Régimen se nutría fundamentalmente de estos centros y las relaciones de patronazgo entre los que había sido cole­giales y los que lo eran, permitían a unos potenciar su posición y ampliar sus redes de dependencia a través del apoyo a las carreras de sus compañeros y a estos establecer, desde sus Colegios, relaciones ventajosas para su futuro y bus­car por este camino el modo de colocarse en los órganos que les interesasen. La Inquisición fue uno de ellos y los inquisidores sus máximos protagonistas».

 

Exponía R. Kagan en su obra dedicada a la Universidad española en la Edad Moderna que,

 

«..era vox populi que el hijo o sobrino de un funcionario del gobierno que obtenía una beca en un Colegio tenía su futuro político asegu­rado..»

 

El testimonio de Juan Antonio de Santelizes corrobora este hecho, a nivel de Inquisición, en un memorial remitido al Inquisidor General en 1709, cuando explicaba las circunstancias y apoyos con los que se incorporó al Santo Oficio. Decía este inquisidor que,

 

 «…aconsejado del arzobispo, mi señor y mi tío y de colegiales de mi casa que en aquel tiempo servían algunos de los primeros empleos de la Corte..»

 

Parece como si el inquisidor Santelizes se estuviera refiriendo, con esta afirmación, al propio D. Juan José. Fuera como fuere, lo cierto es que, a lo largo de casi diez años nuestro paisano permanece en la ciudad castellana de donde volvió con el título de licenciado en leyes, que tanto habría de servirle en su futura carrera.

Caballero de Santiago

CABALLERO DE LA ORDEN DE SANTIAGO

 

Expediente Orden de Santiago

En el año 1663, comienza todo un expediente para ser admitido como caballero de la Orden de Santiago, en donde, como era preceptivo,  se va indagando sobre la limpieza de sangre de sus antepasados “hasta el cuarto apellido” con el fin de ser admitido en  esta prestigiosa orden de caballería española.

Las normas para su ingreso eran claras por cuanto que,

 

            “…el pretendiente que desee ingresar en ella probará en sus cuatro primeros apellidos ser hijodalgo de sangre a fuero de España y no hijodalgo de privilegio cuya prueba ha de referirse asimismo a su padre y madre, abuelos y abuelas. Probará de la misma manera que ni él ni sus padres y abuelos han ejercido oficios manuales ni industriales.

 

            Tampoco se puede conceder hábito a persona que tenga raza ni mezcla de judío, moro, hereje, converso ni villano por remoto que sea, ni el que haya sido o descienda de penitenciario por actos contra la fe católica, ni el que haya sido, o sus padres o abuelos, procuradores, prestamistas, escribanos públicos, mercaderes al pormenor, o haya tenido oficios por los que hayan vivido o vivan de su esfuerzo manual, ni el que haya sido infamado, ni el que haya faltado a las leyes del honor o ejecutado cualquier acto impropio de un perfecto caballero, ni el que carezca de medios decorosos con los que atender a su subsistencia”.

 

En este voluminoso expediente que se conserva en el Archivo Histórico Nacional detalla pormenorizadamente en los múltiples interrogatorios a que fueron sometidos sus parientes más cercanos y sus vecinos mas conspicuos, para verificar que nuestro paisano era “limpio de sangre” y podía, en consecuencia, ser admitida la candidatura para su ingreso en la orden caballeresca.

El interrogatorio comienza con la fórmula clásica de,

 

“Don Felipe, por hacia Dios, de Castilla, de León, de Aragón, de las dos si sirias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, Córcega, de Murcia, de Jaén…”

 

A vos:

Caballeros y religiosos procesos de la misma orden que fueredes nombrados por don Antonio de Benavides nuestro sumiller del consejo de las ordenanzas:

 

Sabed:

Que don Juan José de Tejada y Laguardia nos hizo relación de querer entrar en la dicha orden y vivir en la observancia, regla, y disciplina de ella, por devoción que tiene al bienaventurado apóstol señor Santiago suplicándonos, le mandásemos admitir y dar el hábito, e insignias de la misma orden; y porque la persona que hubiese de ser recibida en ella para tenerle, ha de ser hijodalgo, así de parte de padre, como de madre, al modo y fuero de España, y tal, que concurren en él las calidades que la regla y establecimientos de la dicha orden dispone, y confiando sois personas tales que guardaréis nuestro servicio y miraréis el bien de la dicha orden haciendo fiel y diligentemente lo que por nos en razón de ello os fuere cometido y mandado con acuerdo de nuestro consejo de las órdenes…».

 

El interrogatorio establecía claramente la metodología empleada para obtener la información precisa, sin posibilidad a error:

 

…y hecha a vuestra satisfacción la dicha información, haréis resumen de todo lo que resultare de ella y de los demás instrumentos necesarios para su comprobación, citando las piezas y folios de lo que os pareciese más esencial, con informe ajustado a los autos, y declaración de los días de vuestra ocupación especificando con toda definición la distancia que hubiere de unos lugares a otros de los que anduvieres, y la detención en cada uno y los gastos que causar es en papel testimonio compulsas, y lo demás que se ofreciere, tocante a la dicha información, y todo junto, firmado del vuestros nombres, cerrado y sellado, y en manera que haga fe, lo traéis o enviáis a buen recaudo al dicho nuestro Consejo para que en él se provea lo que es según Dios y orden convenga.

 

Y como colofón, la advertencia conminatoria por si alguien incumplía lo allí ordenado.

 

Caballero de Santiago

Que para todo lo susodicho y lo anejo y dependiente os damos poder cumplido y comisión en bastante forma y viniendo a esta nuestra corte, a traer la dicha información, dentro de cuatro días de cómo la entregaréis, y pidiereis en el dicho nuestro consejo, se nos mande pagar los salarios respectivos a vuestra ocupación y gastos que hiciereis en ella y no viniendo en vía haréis poder especial y bastante a la persona que os pareciere para la cobranza de los dichos salarios, declarando en él los días de la dicha ocupación, y no lo haciendo así pasado el dicho término, os condenamos en 20 ducados que se han de cobrar de lo que hubieredes de haber y de más de ello, han de ser por vuestra cuenta y riesgo, todos los daños y menoscabos que por cualquier dilación se siguieren en la cobranza de depósito de dicho pretendiente, con que se evitarán los grandes inconvenientes que hasta ahora han resultado y aquí en adelante puedan resultar de lo contrario.

 

Dado en Madrid a dos días del mes de octubre de 1663 años.”

 

Una vez que han quedado establecidas las condiciones que han de reunir los informantes comienza realmente el,

 

“…interrogatorio al tenor de cuyas preguntas se han de examinar los testigos que de oficio se recibieren para las pruebas e información de don Juan José de Tejada y Laguardia para el hábito de la orden de Santiago que pretende.

 

Ante todas cosas el caballero o religioso que fueren nombrados por informantes, recibirán juramento en forma de derecho de cada uno de los testigos que examinar en, de que dirá verdad, de lo que supieren, entendiesen, o hubieren oído decir, y que guardarás secreto de lo que se les pregunta de y no dirán que fueron testigos hasta estar dado el hábito, certificando les no ha de haber registro de sus dichos por haberse de escribir de mano de uno de los dichos informantes y no de escribano ni otra persona alguna, y haberse de traer originalmente al Consejo sin poderle saber fuera de él cosa alguna de la información informándose antes de tomar ningún testigo si es confeso o de raza de julio como oro y si lo fuere lo asentarán en la cabeza de su deposición sin decirlo, y habiendo otros de quien poderse informar no tomarán el que tuviere de alguno de estos defectos.

 

Y hecho el dicho apercibimiento, y recibido el dicho juramento harán a cada testigo las preguntas siguientes:

 

Primeramente si conocen al dicho Juan José de Tejada y Laguardia pretendiente y qué edad tiene, de donde es natural, y cuyo hijo es, y si conocen o conocieron a su padre, a su madre, y cómo se llamaban, y llamaron, y de dónde son vecinos y naturales; y si conocen, o conocieron al padre y a la madre del padre de dicho pretendiente y al padre y a la madre de la dicha su madre y como se llamaban y de donde son o fueron vecinos y naturales y respondiendo que los conocen o conocieron, declaren cómo y de qué manera saben que fueron su padre y su madre y abuelos nombrando particularmente a cada uno de ellos.

 

Ítem, si saben que en vieron y oyeron decir que el padre y la madre de dicho pretendiente y el padre del dicho su padre y a sí mismo el padre de la dicha su madre nombrándolos a cada uno por sí haya sido y son habidos y tenidos y comúnmente reputados por personas y hijosdalgo, según costumbre y fuero de España y que no les toca mezcla de judío, ni moro, ni converso en ningún grado, por remoto y apartado que sea.

 

Ítem, si saben que las abuelas de dicho pretendiente así de parte de su padre como de su madre son y fueron cristianas viejas y que no les toca raza de judío ni moro, ni conversó en ningún grado, como dicho eso.

 

Ítem, si saben que el dicho pretendiente, y su padre han sido y son mercaderes o cambiadores o hayan tenido algún oficio vil o mecánico y que oficio y de que fuerte y calidad.

 

Ítem, si saben que el dicho pretendiente sabe y puede andar a caballo y lo tiene y cómo y de qué manera lo sabe».

 

Los informantes recorren los lugares en los que puedan obtener información referida a los diferentes puntos que establece interrogatorio. Preguntan en los pueblos del valle de Ocón y del Jubera, y van redactando sus informes del tenor siguiente:

 

Cruz de Santiago

Por mandato de Su majestad hemos hecho las informaciones de las calidades de don Juan José de Tejada y Laguardia que pretende el hábito de Santiago y habiendo venido y estado en los lugares de las naturalezas de dicho pretendiente sus padres y abuelos, hemos hallado que su genealogía es cierta y verdadera por la deposición de los testigos que hemos examinado y que constantemente dicen que los contenidos en ella son legítimos y dicen que ni el pretendiente ni su padre había tenido oficio vil ni mecánico y dicen que son hijosdalgo nacidos de sangre al fuero, estimación y costumbre, y cristianos viejos limpios de limpia sangre, sin mezcla de judio, moro ni conversó en ningún grado.

 

Las indagaciones alcanzan incluso a su pariente Juan de Heredia Tejada, alcalde de Jubera, quien muchos años después, cuando don Juan José ya pertenecía al Consejo de la Suprema, aparecerá, de manera negativa, en su vida. El alcalde certificaba de esta manera:

 

Certifico y doy fe y verdadero testimonio yo Juan de Heredia alcalde de número de esta villa de Jubera y su jurisdicción y Comarca y del noble solar de Valdeosera y gobernador y alcalde mayordomo de los estados de Agoncillo y Robles, que los señores don Juan de la Iseca, caballero de la orden de Santiago del Consejo de su majestad, y don Arturo Gutiérrez de Arenzano religioso profeso de la orden que está entendiendo en las pruebas para el hábito que de la misma orden su majestad ha hecho mandar a don Juan José de Tejada colegial en el colegio de San Bartolomé mayor de Salamanca, pidieron los libros de elecciones y cuentas del estado del hijosdalgo y labradores de esta villa y su jurisdicción y habiéndose sacado del archivo que está en la parroquial de ella y advocación de San Nicolás, y habiéndolos todos visto y reconocido y en particular uno que empieza en el primer libro de cuentas y razón de las cosas del Consejo de la villa de Jubera y su tierra, consta por el que en la elección del año de 1602 folio 45 del dicho libro fue nombrado por Regidor del estado de los hijosdalgo de Lagunilla y su comarca Diego de Tejada el mozo

 

El expediente sigue diciendo más adelante:

 

En el año de 1627 fue nombrado Diego de Tejada, el mozo, (pariente cercano don Juan José y del Arzobispo, y de su mismo nombre) para alcalde ordinario de esta villa y su jurisdicción por el estado de hijosdalgo por nombramiento que le hizo Martín Rodríguez alcalde anterior del estado de labradores mediante auto testificado por dicho Diego González que está en el folio 133 de otro libro y por el auto que está en el folio 134 y para el año siguiente de primer 1628 consta el nombre de Diego de Tejada, el mozo, por alcalde ordinario de esta vía y a Juan Herrero por el estado de labradores.

 

No solamente era hijosdalgo por parte paterna. También por la rama materna, se pretende demostrar que su abuelo Juan García, pertenecía a la hidalguía local y eso a pesar de las dificultades en conseguirlo por la incuria en que se encontraban los archivos de los regidores de la Villa de Ocón. El documento que se aporta al expediente dice lo siguiente:

 

Monasterio de Uclés. Sede de la Orden de Santiago

En la Villa de Ocón, cabeza de esta jurisdicción en 28 de marzo de 1664 requerimos a don Ramírez Santos de Lerin, gobernador de esta villa y su jurisdicción y a don Francisco Carrillo, regidor por el estado de los hijosdalgo y a Francisco García regidor por el estado de los hombres buenos y a Miguel de —– procurador por los hijosdalgo en esta jurisdicción, para que nos exhibiesen los libros de elecciones de esta villa; y todo esto lo mandamos en virtud de la real vista y provisión del Consejo de órdenes para que nos fuese entregado un cuaderno de elecciones antiguas en donde conste haber sido elegido por el estado de hijosdalgo Juan García, natural de Corera, que respecto de la mala práctica que ha habido en guardar los papeles en esta jurisdicción sea aclarado por ella…

 

El expediente sigue aportando testimonios reiterativos de sus vecinos y familiares más cercanos en los que queda demostrado que reúne todas las condiciones exigibles para poder ser admitido en la Orden de Santiago. Finalmente, y después de cuatro meses de interrogatorios nuestro paisano pasa a formar parte de la prestigiosa orden de caballería mediante la ratificación que hacen,

 

“Don Francisco Merino , escribano del reino, número togado de la vida de Ocón y su jurisdición y don Juan Antonio de la Iseca Alvarado, caballero de la orden de Santiago, del Consejo de su majestad, y Arturo Gutiérrez de Arenzana religioso de la misma orden”.

 

Todo esto ocurre, como vemos, en el año 1664. A partir de este momento el futuro inquisidor tiene que aprender a caminar sin la ayuda y consejos de su tío y mentor, recién nombrado Arzobispo de Burgos, ya que en junio de este año fallece al retornar de la localidad de Arnedillo a donde se había desplazado para tomar los baños, con la esperanza de recuperarse de la enfermedad que le aquejaba.

Beneficiado de Ocón

BENEFICIADO DE LAS IGLESIAS OCÓN, AUSEJO Y JUBERA.

 

Iglesia de la Villa de Ocón

En el epitafio que hace grabar en el arcosolio de su enterramiento en la capilla del Pilar, a modo de currículum, ya dice que fue

 

“… beneficiado de Ocón, Ausejo y Jubera…”

 

A su muerte quiere beneficiar a estas iglesias de las que fue presbítero y manda que, con los beneficios de la capellanía que funda en la capilla del Pilar,

 

“…se celebren 1000 misas cantadas a tres reales de limosna por misa, a celebrar, por partes iguales, en las iglesias de Ausejo, Jubera y Galilea”.

 

En estas tres localidades del valle de Ocón y del Jubera ejerce su pastoral por lo menos hasta el año 1677 en el que ya aparece como canónigo doctoral en la Iglesia catedral de Calahorra.

Canónigo de Calahorra

CANÓNIGO DE LA CATEDRAL DE CALAHORRA.

 

Catedral de Calahorra

No hay mucha documentación que haga referencia a su paso por la catedral calagurritana. Sí sabemos que el 26 de septiembre de 1677 actúa como canónigo doctoral ejerciendo también como provisor del obispado. Entre los años 1680 y 1784 lo vemos ya como vicario general.

Como provisor interviene en diferentes conflictos surgidos entre la curia de su obispado y en especial en uno que hace referencia a la concesión de medio beneficiado en la Iglesia de la villa de Ocón.

El 15 de junio de 1680 queda vacante un puesto de medio beneficiado en las parroquias de la Villa de Ocón por la muerte Diego Romo su último poseedor.  Se presenta a la plaza Manuel Ruiz, el cuarto beneficiado más antiguo de dichas parroquias.

Días después, don Juan José de Tejada, como provisor del obispado emite un documento en el que concede el cargo de medio beneficiado a dichoManuel Ruiz. El documento que lleva fecha de  15 de junio de 1683, y está fechado en Logroño, dice:

 

Don José Tejada y Guardia caballero de la Orden de Santiago provisor y vicario general de este obispado de Calahorra y la Calzada. Por la presente mandamos al cabildo de los beneficiados enteros y parroquiales de la vida de Ocón que dentro de un día natural junten su cabildo como lo tienen de costumbre y juntos aprueben medio beneficio vacante en ellas muerto don Diego Romo su último poseedor en el licenciado Martín Ruiz como cuarto beneficiado más antiguo de las iglesias de su jurisdicción.

 

 No obstante algo no se hizo bien por cuanto que, otro candidato, Juan Gil Montiel, reclama su derecho a dicho beneficio, iniciándose un pleito que habría de durar hasta el siguiente año. El 18 de febrero de 1684, el provisor emite un documento, que firma conjuntamente con el obispo Gabriel de Esparza,  en el que dirigiéndose al cabildo y a los beneficiados enteros de las iglesias parroquiales de la vida de Ocón y sus anejas, les dice:

 

“Bien saben y les es notorio el pleito que en este tribunal ha cundido en razón de la provisión de un cuarto de beneficio que vacó en dichas iglesias por asunción que hizo a medio don Martín Ruiz, su último poseedor, al cual fueron opuestos».

 

Deja por tanto sin efecto el nombramiento hecho en Martín Ruiz y

 

Catedral

“…declarados por legítimos opositores don Pedro Romo y don Juan Gil Montiel. Examinados los examinadores sinodiales de este obispado salió sólo aprobado el licenciado don Juan Gil Montiel a quien se despachó mandamiento y en su virtud fue presentado en el dicho medio beneficio.”

 

Por la parte de Pedro Romo se apeló de haber admitido al concurso a Juan Gil Montiel que habiéndole reprobado se quejó por vía de fuerza en la Cancillería de Valladolid, que  sentencia diciendo,

 

“…en donde vistos los autos se declaró que reponiendo y oyendo de nuevo no se haría fuerza y no haciéndolo sí la haríamos.

 

El alto tribunal de Valladolid le da la razón, y obliga ha incluir a  ambos opositores por lo que se dicta un nuevo auto en el que,

 

“… mandamos ha dicho cabildo y beneficiados enteros que dentro de un día natural de la notificación de estas vistas junten su cabildo como lo tienen de costumbre y juntos en el vuelvan a hacer nueva provisión de dicho cuarto de beneficio presentándose don Juan Gil Montiel clérigo de evangelio y don Pedro Romo clérigo de menores órdenes.”

 

Finalmente el puesto de medio beneficio es concedido a Pedro Romo ya que al día siguiente, diecinueve de febrero, el provisor emite un nuevo documento en el que,

 

“…visto la presentación por el cabildo de los beneficiados enteros de las iglesias de la villa de Ocón y sus anexos del cuatro de beneficio vacante en ellas por ascensión que hizo a medio el licenciado don Martín Ruiz su último poseedor en don Pedro Romo lego de menores órdenes de dichas iglesias dijo que conformándose con él…

 

Con esta resolución se daba fin a un contencioso que había durado más de medio año, para la consecución de uno de los muchos puestos ocupados por clérigos de grado inferior para gozar de un beneficio eclesiástico, que no era prebenda, y que en aquellos tiempos que corrían era codiciado por muchos presbíteros.

Inquisidor de Aragón

SU ESTANCIA EN ZARAGOZA

La Seo zaragozana

Su sólido ascenso en la carrera eclesiástica le llevó a alcanzar el cargo de Inquisidor General del Reino de Aragón y Visitador General del Hospital Real de Zaragoza. No hay fechas de su llegada a la capital maña. Posiblemente lo hiciera al final de los años ochenta del siglo XVII, aunque este dato no esté documentado.

Hay que tener en cuenta que para acceder al cargo de inquisidor había que reunir unos requisitos que nuestro paisano poseía, como eran ser un eclesiástico, de sangre limpia, buena conducta y fama, prudente y capaz, de más de treinta años y con formación universitaria, fundamentalmente jurídica. Además debería ser una persona con suficiente hacienda, y un nivel social que avalase su independencia y su ascendencia en el entorno.

De igual manera Juan José de Tejada reunía en sí las cualidades del modelo de inquisidor potenciado en la época del inquisidor General Arce Reinoso, esto es, un hombre con una formación académica sólida adquirida en las universidades y colegios mayores de más prestigio de la corona de Castilla. Eclesiásticos, como él, que iniciaron su andadura profesional en cargos destacados de la organización burocrática de los obispados, quienes optaron, más tarde, por proseguir sus carreras desde la inquisición, amparándose en el apoyo y las alianzas que, fundamentalmente, a través de sus parentelas, tenían con la propia institución inquisitorial y con demás cuerpos de poder de la monarquía católica.

Su traslado a Zaragoza como inquisidor, desde su puesto de provisor en el obispado de Calahorra, posiblemente fue debido a la normativa que indicaba lo inconveniente que era para el buen funcionamiento e independencia del Tribunal inquisitorial el hecho de que, tanto sus inquisidores, como sus oficiales fuesen naturales del distrito donde iban a ocupar los cargos. No obstante el rey Carlos II transformó esta normativa en la ley, disponiendo más tarde que ni los inquisidores, ni los oficiales del Santo Oficio deberían ser naturales de las provincias a las que fueren destinados.

Esto posiblemente impidió que Juan José de Tejada perteneciera al distrito del tribunal de la inquisición de Logroño aunque en sus años de consejero de la Suprema tuviera cierta influencia sobre las decisiones de sus miembros. No debemos olvidar que el distrito inquisitorial que dependió de este tribunal comprendía, además del obispado de Calahorra, el Reino de Navarra, el condado y señorío de Vizcaya, la provincia de Guipúzcoa, toda la Tierra y jurisdicción que caía en el arzobispado de Burgos por los Montes de Oca, la costa del mar Cantábrico hasta San Vicente de la Barquera, así como el obispado de Tarazona hasta los límites del reino de Aragón y su distrito. Por tanto el distrito de Logroño lo tenía lindando con el de Zaragoza.

La Aljafería. Exterior

Como Inquisidor de Aragón, los autos en los que intervenía Juan José de Tejada se celebraban casi siempre en La Seo (dentro, o a la puerta, o en la plaza) o en Nuestra Señora del Portillo; pero consta de algunos en «el patio de la casa del Arzobispo» o en el Hospital Real y General de Ntra Sra de Gracia y las tareas procesales tendieron a centralizarse en la Aljafería, palacio real cedido por Fernando el Católico a la Inquisición y sede del tribunal hasta 1706.

La delimitación territorial del distrito inquisitorial de Aragón fue precisándose a lo largo del siglo XVI. En 1600 la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza comprendía el reino de Aragón, excepto las recién erigidas diócesis de Teruel y Albarracín y algunos lugares del arzobispado de Zaragoza (Aliaga, Fortanete, Pitarque, Villarroya de los Pinares, Linares de Mora, Miravete, Puertomingalvo y Castelvispal) y del obispado de Tortosa (Arens de Lledó, Lledó, Cretas y Calaceite), zonas todas ellas dependientes tradicionalmente de la Inquisición de Valencia. Por otra parte, la jurisdicción de los inquisidores de Zaragoza alcanzaba a las localidades del Principado de Cataluña pertenecientes a la diócesis de Lérida.

Hospital Ntra. Sra. de Gracia

EL HOSPITAL REAL Y GENERAL DE NUESTRA SEÑORA DE GRACIA

 

Hospital Ntra Señora de Gracia

Este hospital, bien conocido por nuestro paisano, fue levantado a principios del s./ XV, sufriendo una destrucción casi total durante los episodios de la Guerra de la Independencia, a consecuencia de los cuales desaparecieron la totalidad de sus archivos por lo que es prácticamente imposible reconstruir la historia de nuestro antepasado a su paso por la ciudad del Ebro.

 El Hospital de nuestra Señora de Gracia surgió en el año 1425, respondiendo a la tendencia que aparece en muchas ciudades, a comienzos de la centuria, de crear grandes hospitales generales. Se trató de un hospital exclusivamente concejil, controlado únicamente por la burguesía urbana, atenta siempre a evitar cualquier intromisión de la corona.

En Zaragoza la idea de crear el hospital partió del municipio, pero éste buscó inmediatamente el apoyo del rey -Alfonso V el Magnánimo- para tener éxito en su empeño. De esta forma el hospital reunirá desde sus orígenes una triple característica: es, como todo hospital, una institución eclesiástica (y como tal el rezo de las horas era su función más importante, hasta que la aprobación de la Compañía de Jesús rompe con esta tradición de los institutos religiosos), municipal (el concejo zaragozano tendrá sobre él un cierto dominio, y los ciudadanos que ostentan el poder en el municipio lo van a gobernar junto con el cabildo de La Seo) y regio (considerándose «casa real», lo que le permite contar con la protección del rey y del reino, que le concederán importantes ayudas pecuniarias y la posibilidad de pedir limosna en cualquier iglesia y población de Aragón). Es, por tanto, un hospital de la ciudad y del reino.

Durante el siglo XVII, en cuyo final nuestro paisano fue visitador real,  la regresión aragonesa afecta también al Hospital. Sus dificultades eran ya evidentes en 1584; ha pasado su gran época, y las dificultades se van a mantener a lo largo de todo el siglo. La exención de la jurisdicción real no pasa de ser teórica (paralelamente a la pérdida de autonomía del reino), pues aunque los regidores creen tener derecho a ella por la bula de Clemente VII, no la ejercen nunca, sino que cesan en el cargo al ministro o sirviente perseguido por la justicia real para que ésta pudiese actuar.

En el siglo XVII los regidores pasan a detentar el cargo de forma perpetua, en contra de lo que disponían los estatutos, y dado que muchos regidores con los achaques de la edad no podían atender a sus obligaciones, se nombran nuevos, con lo que su número sobrepasa el fijado por las ordinaciones. Con frecuencia los regidores buscan quienes les sustituyan, y luego les suceden en el cargo. Además, el tercer regidor secular, no ciudadano, pasa a ser ocupado con frecuencia, durante la segunda mitad del siglo XVII, por personas de la nobleza titulada, lo que plantea numerosos problemas de precedencia a la hora de asistir a las Sitiadas: siempre se habían colocado en ellas por antigüedad, precediendo los eclesiásticos a los seglares.

El número de enfermos no parece ser superior al del siglo anterior. Los locos son los que verdaderamente llevaban el peso del Hospital, desempeñando las tareas más humillantes y más duras; como mano de obra no remunerada y absolutamente dócil y no libre, no diferían gran cosa de los esclavos, aunque fuesen intransferibles, pero se les trataba peor que a esclavos: andaban mal vestidos y alimentados, y eran obligados a trabajar en los oficios más penosos, al tiempo que se les conducía con crueldad. Todo ello se acusa y refleja en su elevada mortalidad.

Sobre los ingresos del Hospital hay que destacar la inexistencia de frutos decimales y de predios dominicales, por lo que las rentas ordinarias -más de la mitad de las cuales son censales- eran muy limitadas; la mitad de los ingresos del Hospital se deben a rentas extraordinarias, obtenidas de las limosnas recogidas bajo los más diversos conceptos. Así pues, el Hospital vive fundamentalmente de las limosnas, e incluso los ingresos ordinarios son antiguas donaciones que producen unas modestas rentas.

Hospital de Ntra. Sra. de Gracia desde un lateral

Los gastos se dedican fundamentalmente a la alimentación, y es evidente la baja cantidad relativa destinada a sueldos, y la ínfima que se dedica a la botica. Durante el siglo XVII los censos rinden menos y son más difíciles de cobrar; al propio tiempo las limosnas se vuelven más escasas. Como los gastos no decrecen, el Hospital se ve obligado a recurrir a la venta de su patrimonio: a partir de 1620 las ventas de bienes se inician con cierto ritmo, pero será a partir de 1640 cuando comiencen las ventas masivas a causa del gran número de enfermos que ingresan en el Hospital (hay que tener en cuenta que la guerra de Cataluña ocasiona gran número de bajas, y son muchos lo soldados enfermos que llegan a Zaragoza) y de la subida de los precios por el ascenso violento de la demanda. Esta doble incidencia provoca el aumento de los gastos del Hospital.

La capacidad del Hospital de 1725 a 1736 era de 472 camas, ampliables en caso de necesidad a 641, con promedio de camas ocupadas entre 281 y 407. Todo ello sin contar con las de dementes y tiñosos, que vendrían a ser unas 150 más. Además, los expósitos que el Hospital ingresaba cada año eran unos 250, manteniéndolos dentro y fuera del Hospital a lo largo de cinco años. El total de expósitos mantenidos en todo momento por el Hospital entre los años 1723 y 1727 fue de 1.221.

A lo largo más de tres lustros Juan José de Tejada es el representante real en  este importantísimo centro sanitario y de caridad de la capital maña. Es en él donde desarrolla un gran fervor por la virgen titular del mismo que le llevaría, muy probablemente, como se verá más adelante, a trasladarlo a su localidad natal construyendo, extramuros del pueblo, una ermita en su honor, y erigiéndola como patrona de Galilea.

Pero en el comienzo de esta nueva centuria, el inquisidor pasa a ser nombrado consejero del Consejo de la Suprema, y abandona el cargo de visitador real en este importante hospital aragonés, que con tanta dedicación lo ejerció durante tanto tiempo.

Cofradía San Pedro Mártir

LA COFRADÍA DE SAN PEDRO MÁRTIR

 

Don Juan José de Tejada perteneció, como muchos de los inquisidores, consejeros o familiares de la Inquisición de  Zaragoza a la cofradía de San Pedro Mártir, organización elitista en la que  solamente tenían cabida aquellos funcionarios inquisitoriales que demostraran claramente su limpieza de sangre y que se comprometieran, expresamente, a perseguir la herejía contra la religión católica  en todo el territorio del distrito inquisitorial aragonés. En la nómina  de personajes que aparecen reflejados en el establecimiento de las ordenaciones de 1693, están, además del propio Tejada, Miguel Pérez de Oliván y Juan Antonio de Cuenca. Los dos primeros tendrán una participación muy destacada en el proceso que una década más tarde se inicie contra este útimo, acusado de varios delitos.

En Aragón la Cofradía comienza su historia en 1602 instalándose en 1606 en el Convento de Predicadores de Zaragoza gracias a una Concordia.

La Cofradía de San Pedro Mártir, denominada también como Congregación y Hermandad, reúne a todos los miembros que constituyen el entramado organizativo y burocrático de la Inquisición. Toda una serie de distintivos y privilegios rodean a sus cofrades, la gran mayoría familiares del Santo Oficio, bajo la intercesión de su santo protector.

San Pedro Mártir

Toda actividad está reglamentada en las Ordenaciones que son publicadas periódicamente para recordarlas y actualizar las admisiones de los Cofrades, de los nuevos servidores del Santo Oficio, ya que al final de cada edición se recoge el listado de todos ellos:

Las ordinaciones fueron normas emitidas por los concejos, por los señores jurisdiccionales o por la Corona, que podían tener un carácter general o hacer referencias a aspectos concretos, y que iban dirigidas al buen gobierno de una comunidad.

 

«Ordinaciones de la muy ilustre congregación y cofradía del glorioso San Pedro mártir, de ministros de la inquisición de Aragón, otorgadas por el cabildo general de ella en 2 de Mayo del año 1693.”

Resumen de algunas indulgencias, concedidas por los sumos pontífices, y la concordia hecha entre el real convento de Santo Domingo y esta cofradía, y también se contienen al fin los nombres de los cofrades y cofradesas que han sido y de presente son de ella.

 

«En el real palacio de la Alxafería de Zaragoza, á veintisiete dias del mes de Abril de mil seiscientos noventa y tres años, estando los señores inquisidores Doctor D. Miguel Pérez de Olivan y Vaquer, Licenciado D. Juan Joseph de Tejada y Guardia, y Dr. D. Juan Joseph Monreal de Sarria, en su audiencia de la mañana.

 

Habiendo visto la petición presentada en este Santo Oficio por D. Joseph Nicolás de Valmaseda, caballero del orden de Santiago, alguacil mayor de esta inquisición y mayordomo de la congregación del señor San Pedro Mártir de este reino de Aragón, y las constituciones hechas y añadidas ahora nuevamente, que se refieren en dicha petición.

 

Dixeron, que debian mandar y mandaron que dichas constituciones, así las hechas antes como las nuevamente añadidas, se impriman á costa de la dicha congregación, para que estándolo, pueda más fácilmente tenerlas cada uno de los congregantes, y saber las obligaciones que debe cumplir,

 

 Y lo firmaron: Doctor D. Miguel Pérez de Olivan y Vaquer. Licenciado D. Juan Joseph de Tejada y Guardia. Dr. D. Juan Joseph Monreal de Sarria.

 

Por mandado del Santo oficio: D. Juan Antonio de Cuenca, Secretario. D. Juan Conde y Barela, Secretario del secreto de la inquisición, mayordomo primero. D. Joseph Nicolás de Valmaseda, caballero del hábito de Santiago, alguacil mayor, mayordomo segundo.

 

Por tanto estatuimos, y ordenamos, que las presentes Ordinaciones se den a la Estampa, y se impriman otros quinientos Libros, como lo estaban antes, y que al fin de ella se ingrosen, y pongan assi los nombres de todos los Cofrades… y entregandoles un Libro, den de limosna a dicha Cofradía ocho sueldos”.

 

 La Cofradía tiene unos elementos distintivos que proporcionan identidad a todos sus miembros. El primero de ellos es el hábito de cofrade, sobre el que las fuentes no describen sus características, tan sólo se indica que es oscuro, y que presumiblemente se fue sustituyendo por una Cruz en el pecho sobre su ropa habitual .Otro distintivo es la llamada Cruz de Lirio, bordada en sedas blancasy negras, e hilos de plata y oro, y que se sujetaba en los vestidos sobre el corazón.

 

«La Cruz (…) ha de tener los cuatro extremos ó imitación de la flor llamada de Lirio, la mitad de cada extremo, ¿ brazo derecho ha deser blanco, y el izquierdo negro, la que llevaran puesta en los vestidos en el pecho, y sobre el corazon como en guarda suya»

 

Y por último el Estandarte, de damasco carmesí, en el que figura bordada la Cruz antes mencionada, y que estaba presente en las procesiones y principales celebraciones, tanto de la Cofradía como del Santo Oficio. Para los entierros se utilizaba otro Estandarte de damasco negro. El portear el Estandarte era considerado como un honor jerárquico, ya que se establece que sea el Mayordomo quien lo lleve  o también el Fiscal del Santo Oficio, y que los cordones del estandarte siempre los lleven personas principales, eclesiásticas o laicas al ser ejemplo de auténticos cristianos defensores de la Fe y de la Iglesia, y por estar estrechamente vinculados al Santo Oficio, con lo que ello conlleva. En los actos religiosos, tanto de la Cofradía como de la Iglesia, y en los Autos de Fe del Santo Oficio, llevan sus insignias y distintivos.

El ingreso en la Cofradía se realiza mediante un juramento ceremoníoso ante el inquisidor, y supone convertirse en un servidor del Santo Oficio, en un defensor de la fe católica y en un agente denunciante de la herejía, aun a riesgo de perder su hacienda, e incluso su vida:

 

«Todo individuo de esta Congregación ha de tener obligacion de poner su vida, y hacienda en defensa de nuestra Santa Fe Catholíca, quando fuere necesario y de estar pronto y obediente a todo lo que fuere del servicio y asistencia del Santo Oficio, y en su favor y ayuda», así como la obligación a visitar por turno a los Penitenciados»

 

El acceso a la Cofradía requiere unas condiciones. En primer lugar es necesario solicitar el ingreso, acompañando al mismo la demostración de la limpieza de sangre  es decir, su condición de cristiano viejo. Ofrecer una limosna a la Hermandad, y sobre todo algo muy específico, formar parte del funcionariado del Santo Oficio; aspectos ordenados con toda claridad en sus Instrucciones:

 

«Que puedan y deban ser admitidos en esta dicha Cofradía, tan solamente los dichos Muy Ilustres Señores Inquisidoresde la dicha Inquisición, que de presente son y por tiempo seran;  y los Consultores, Fiscal, Alguacil, Calificadores, Receptor, Secretarios,Abogados Fiscal y de Presos, Personas honestas, Comnissarios,Alcayde, Procurador Fiscal, Familiares, Medicos, Cirujanos, Nuncios,Porteros y otros oficiales y Ministros de dicho Santo Oficio de la Inquisiciónde este Reyno —de Aragón—, cuyas naturalezas, calidades y limpiezas huvieren sido aprobadas con informaciones antes hechas. Y esto, assí respecto de los presentes como de los advenideros, que habitaren assí en esta Ciudad —Zaragoza— como fuera de ella, en todo el distrito—de Aragón— de la Inquisición. Y puedan, además de esto, ser y sea.

Miembro de la Suprema

CONSEJERO DE LA SUPREMA Y GENERAL INQUISICIÓN

 

Escudo de la Inquisición

Tras largos años ejerciendo como Inquisidor del Reino de Aragón, D. Juan José es ascendido por el rey Carlos II a la influyente y poderosa categoría de consejero del Consejo de la Suprema y General Inquisición. La propuesta al Rey es efectuada por el Inquisidor General Baltasar de Mendoza y Sandoval el 12 de Septiembre de 1700. La resolución real de su nombramiento es firmada un día después y la posesión del título de consiliario lleva fecha de 3 de junio del siguiente año de 1701. Esta plaza  había quedado vacante  como consecuencia de la jubilación forzosa de Juan Bautista Arazmendi.

 

 LA IMPORTANCIA DE PERTENECER AL CONSEJO DE  LA SUPREMA

 

Pocas instituciones existieron en aquella España decadente y convulsa de comienzos del siglo XVIII que detentaran tanto poder como el Consejo de la Suprema. Su composición que podía oscilar entre seis y diez miembros. Este órgano colegiado llegó a tener más influencia y determinación en la vida política, social y religiosa que el propio Inquisidor. Veamos cuales eran sus atribuciones:

 

            “El Inquisidor General presidía el Consejo de la Suprema y General Inquisición (generalmente abreviado en «Consejo de la Suprema»), creado en1488, formado por seis miembros que eran nombrados directamente por el rey (el número de miembros de la Suprema varió a lo largo de la historia de la Inquisición, pero nunca fue mayor de diez). Con el tiempo, la autoridad de la Suprema fue creciendo, y debilitándose el poder del Inquisidor General.

 

            La Suprema se reunía todas las mañanas de los días no feriados, y además los martes, jueves y sábados, dos horas por la tarde. En las sesiones matinales se trataban las cuestiones de fe, mientras que por la tarde se reservaban a los casos de sodomía, bigamia, hechicería, etcétera.

 

            Dependientes de la Suprema eran los diferentes tribunales de la Inquisición, que en sus orígenes eran itinerantes, instalándose allí donde fuera necesario para combatir la herejía, pero que más adelante fueron establecidos en sedes fijas. En una primera etapa se establecieron numerosos tribunales, pero a partir de 1495 se manifiesta una tendencia a la concentración.

 

            El Consejo se encargaba de la coordinación y control de los tribunales de distrito, para así seguir una actuación conjunta en todo el territorio. Los miembros del consejo los nombraba también el rey, y su número nunca pasó de 10”.

 

La carrera profesional del consejero de la inquisición no finalizaba en la Suprema, ya que posteriormente ascendía, generalmente —salvo los de Castilla—, a una silla episcopal. Para ser consejero se exigían una serie de requisitos: por ejemplo, Aliaga confesor real e Inquisidor General, apreciaba la «experiencia al servicio de la Inquisición», la calidad de letrados y una edad adecuada. A nuestro paisano, el nombramiento le pilló ya algo mayor, y no pudo optar a ninguna silla episcopal, como si lo hizo su tío.

Renuncia no admitida

El nombramiento de Juan José de Tejada como secretario de la Suprema coincidió con un momento convulso en la historia de España. El rey Carlos II, último de la casa de Austria,  estéril y enfermizo, murió en 1700 sin dejar descendencia. Durante los años previos a su muerte, la cuestión sucesoria se convirtió en asunto internacional, e hizo evidente que la Monarquía Española constituía un botín tentador para las distintas potencias europeas. Tanto Luis XIV de Franciacomo el emperador Leopoldo I de Austria estaban casados con infantas españolas hijas de Felipe IV, (los esponsorios  del rey francés con  la infanta María Teresa fueron celebrados por el tío de Juan José, el Arzobispo Diego de Tejada),  por lo que ambos alegaban derechos a la sucesión española.

Felipe V

Precisamente a través  María Teresa de Austria, hermana mayor de Carlos II, el Gran Delfín, hijo primogénito y único superviviente de Luis XIV, era el legítimo heredero de la Corona española, pero era ésta una elección problemática y por consiguiente Francia pasaría a tener la hegemonía sobre las demás naciones europeas   Como consecuencia de ello, Inglaterra y Holanda veían con recelo los resultados de esta posible unión y el peligro que para sus intereses pudiera suponer la emergencia de una potencia de tal orden.

Los candidatos alternativos eran el emperador romano Leopoldo I, primo hermano de Carlos II, y el Elector de Baviera, José Fernando. El primero de ellos también ofrecía problemas formidables, puesto que su elección como heredero hubiese supuesto la resurrección del imperio Habsburgo del siglo XVI (deshecho por la división de la herencia de Carlos V entre su hijo Felipe y su hermano Fernando). Francia e Inglaterra, inmersos en la guerra de la Gran Alianza, pactaron la aceptación de José Fernando de Baviera como heredero al trono español, y en consecuencia el rey Carlos II lo nombró Príncipe de Asturias.

El problema surgió cuando José Fernando de Baviera murió prematuramente en 1699, lo que llevó al Segundo Tratado de Partición. Bajo tal acuerdo, el Archiduque Carlos era reconocido como heredero, pero dejando todos los territorios italianos de España a Francia. Si bien Francia, Holanda e Inglaterra estaban satisfechas con el acuerdo, Austria no lo estaba y reclamaba la totalidad de la herencia española. Entonces Carlos II testó a favor de Felipe de Anjou, si bien, estableciendo una cláusula por la que éste tenía que renunciar a la sucesión de Francia.

El pueblo español, hastiado del largo y agónico reinado de Carlos II lo recibió con una alegría delirante y con esperanzas de renovación. Sin embargo, la precipitación y prepotencia de Luis XIV hicieron cambiar la situación. La guerra se inició al principio en las fronteras de Francia, y posteriormente en la propia España, donde se trató de una guerra europea en el interior de España sumada a una auténtica guerra civil, fundamentalmente entre la Corona de Aragón, partidaria del Archiduque, el cual había ofrecido garantías de mantener el sistema federal y foral, y Castilla, que había aceptado a Felipe V, cuya mentalidad era la del estado moderno y centralista al modelo francés.

Esta fractura social y sobre todo eclesiástica tiene su reflejo en lo que el historiador Domínguez Ortiz dice al respecto:

 

            «En los reinos de Castilla, las defecciones a la causa borbónica fueron muy escasas; el altar, el púlpito, y hasta el confesionario, se utilizaron como armas de propaganda a favor de Felipe V. El cardenal Portocarrero,  Belluga y el obispo de Córdoba alistaron escuadrones y regimientos. En Tarazona se formó un regimiento de eclesiásticos cuyos capitanes y oficiales eran los canónigos. El obispo de Calahorra llegó allí a caballo, capitaneando un batallón montado de 500 clérigos. Parecidas escenas se vieron en Murcia»

 

No menor pasión desplegaron los seguidores del archiduque.

 

«Cuando éste entró en Madrid, un fraile victorioso (Gaspar Sánchez, que luego murió en estrechísima prisión) levantó partidas en su favor Al recuperar la capital, Felipe prendió o desterró al patriarca de Indias, al Inquisidor general y a otros personajes de menos cuenta».

 

En las órdenes religiosas se produjeron graves discordias; en general

 

«…los jesuitas se distinguieron por su celo borbónico, mientras los mendicantes se mostraron austracistas. al menos, en la Corona de Aragón. Los capuchinos de Valencia llegaron a empuñar las armas. Bastantes mercedarios fueron, después de la guerra, desterrados a Nápoles. En Murcia los franciscanos.., fueron detenidos, enviados a Madrid y reemplazados por otros procedentes de Andalucía»

 

Esta polarización entre el sociedad española, civil y religiosa, pero sobre todo entre sus regiones, en donde Aragón quedaba bajo la influencia de  los seguidores austriacos, pudo ser la causa para que, apenas un año después de ser nombrado consejero de la Suprema, el 15 de julio de 1702,  nuestro paisano presentara la carta de renuncia en Madrid al Inquisidor Mendoza. Esta renuncia, precisamente, provocaría un enfrentamiento de poder entre el recién coronado rey Borbón y el díscolo y autoritario Inquisidor General, que venía a poner en evidencia la feroz lucha soterrada por mantener el control político sobre un instrumento tan poderoso como era el Consejo de la Suprema.

Tanto la remoción como la renuncia o jubilación de los consejeros de a Suprema corresponde aprobarla al rey. Cuando Juan José de Tejada presentó la renuncia a su puesto de consejero, el Inquisidor General admitió el cese, no así el rey que mandó continuase en su puesto, como efectivamente lo hizo. Mendoza «pretendió defender» que Tejada no era inquisidor, al haber aceptado el su dejación. Y aquí empezó el problema.

En virtud de este lance, Juan Fernando de Frías, fiscal del Consejo de la Inquisición y partidario de Mendoza, elaboró un informe en el que manifestaba que nadie podía ser inquisidor sin consulta del Inquisidor General, siendo éste el competente para otorgar las renuncias. El referido aserto se trasladó al monarca, quien a su vez —mediante decreto de 24 de noviembre 1703—lo remitiría al Consejo para que expresara su opinión en torno al asunto. El Consejo, una vez visto, designo a Lorenzo Folch de Cardona para que respondiese al escrito de Frías.

A tal fin, Folch remitió otro informe —fundado en breves, bulas, decretos, consultas y resoluciones—, el cual seria examinado y aprobado por el Consejo. El resultado de todo ello fue la consulta de 4 de enero de 1704, en la que la Suprema, entre cuyos miembros se encontraban enconados detractores de su presidente Mendoza, se oponía al ideario del Inquisidor General.

El Consejo de la Suprema Inquisición se negaba reiteradamente a votar y firmar tamaños abusos de poder del inquisidor Mendoza. Por tal motivo, tiempo atrás, éste mandó prender a tres consejeros que se distinguieron en por su resistencia; propuso al rey, con motivos ajenos de verdad, la jubilación de D. Antonio Zambrana, Juan de Arzemendi  (a quien, recordemos, sustituyó Juan José de Tejada) y D. Juan Miguélez, y envió a este último preso, con escándalo imponderable, a Santiago.

En definitiva era preciso poner remedio a las desavenencias continuas que se sucedían entre el Inquisidor general y la Suprema en cuestiones de gobierno y de jurisdicción, ya ordinarias, ya extraordinarias. La solución dependía únicamente de la decisión que se sirviese tomar el monarca, en uso de sus facultades soberanas.

Mª Gabriela de Saboya que no aceptó la renuncia de Juan José de Tejada

Mendoza admitió ésta decisión en lo atinente a la jurisdicción eclesiástica apostólica, pero, ausente Felipe V en Nápoles, la reina Maria Luisa Gabriela de Saboya, como regente gobernadora, se negó a aceptarla, ordenando a Tejada que continuase sirviendo su plaza en el Consejo. El Inquisidor general, según manifestó al Romano Pontífice en misiva remitida desde Segovia el 19 de agosto de 1702, consideraba que la resolución Real sólo podía afectar a los honores y emolumentos que procedían de la liberalidad regia, pero de ningún modo a la facultad de votar en causas de fe, una vez desposeído el renunciante de la jurisdicción apostólica delegada.

El Consejo de la Inquisición, en consulta de 23 de agosto de 1702, sostuvo, por el contrario, que los Inquisidores generales carecían de potestad suficiente para remover, cesar o variar la condición de los consejeros de la Suprema, dado que,

 

«sin el consentimiento de los señores Reyes no pueden los señores Inquisidores Generales remover, ni jubilar a los consiliarios del Consejo, ni suspenderles la jurisdicción eclesiástica y espiritual que al tiempo de la nominación de Sus Majestades les confiere la Sede Apostólica, de quien inmediatamente la reciben por medio de los títulos que los señores inquisidores generales les despachan»

 

A pesar de las protestas de Baltasar de Mendoza, y de conformidad con lo ordenado por la reina gobernadora que coincidía con lo argumentado por la Suprema, Juan José de Tejada siguió sirviendo su plaza y votando en las causas de fe.

Pero el puntilloso Baltasar de Mendoza insistía. Desde su virtual destierro en Segovia, en su Quinta de Lobones, alentó al fiscal del Consejo de la Inquisición, Juan Fernando de Frías, para que redactase un escrito anónimo en el que se defendiera e hiciese público que, una vez admitida la renuncia de Tejada por el Inquisidor general, no podía continuar desempeñando éste su plaza, pese a que el rey así se lo hubiere mandado.

A través de un R.D. de 24 de diciembre de 1703, Felipe V dispuso que se remitiesen al Consejo de Castilla, para que dictaminase a la vista de ellos, los autos y consultas evacuadas por el Consejo de la Inquisición con ocasión de los procedimientos seguidos por el Inquisidor general Baltasar de Mendoza, tanto en la causa del P. Fr. Froilán Díaz como sobre la jubilación de los tres consejeros de la Suprema (Zambrana de Bolaños, Arzeamendi  y Miguélez de Mendaña Osorio), creación de empleos y oficios supernumerarios en perjuicio de la hacienda del Santo Oficio y prosecución de  Tejada García en el ejercicio de su plaza de ministro de aquel Consejo, tras haber presentado su renuncia a ella.

En términos generales, como no podía ser de otra forma, la resolución última se confirma con lo argumentado en la consulta, y con su conclusión, en la que se instaba que Juan José de Tejada continuase sirviendo, como así lo hizo, su plaza de consejero-inquisidor

Episodio poco claro

El profesor Luis Miguel Ensiso Recio, de la Universidad Complutense de Madrid en su artículo Tensiones y conflictos inquisitoriales en los inicios del siglo XVIII. El caso Heredia Tejada, detalla la catadura moral de Juan Manuel Heredia Tejada, secretario del tribunal inquisitorial del distrito de Logroño y su posterior ascensión a oficial mayor de la Suprema, posiblemente auspiciada por la intervención de su pariente Juan José de Tejada.

El artículo, bastante extenso, queda extractado en los siguientes párrafos.

La documentación manejada autoriza a pensar que el secretario de la Inquisición de Logroño,

 

…” era de natural pendenciero y orgulloso, inconstante, escasamente diligente en su trabajo y poco  escrupuloso.”

 

Desde el punto de vista social, era,

 

«de conocida calidad y emparentado con familias que también la tenían»>’.

 

Archivo de Valdeosera

Juan de Heredia, padre de D. Juan Manuel, era escribano de la casa solar de Valdosera y padre e hijo dueños de los libros de dicho solar. El interrogatorio planteado en junio  de 1702, a instancias del Inquisidor General, para conocer las actividades irregulares de Heredia, revela que, en un momento dado, era alcalde mayor de la villa de Jubera.

En su condición de secretario, Heredia y Tejada incidió en actuaciones irregulares y delictivas. La más grave de ellas fue que dio muerte, en un violento lance, a su primo Diego de Uribe, un subdiácono, vecino de la villa de Jubera, en 1701.

Pocas dudas caben sobre la culpabilidad de Heredia. Y no fue ésta su única falta. En carta dirigida al Inquisidor General, en 16 de mayo de 1702, los inquisidores Santelices y Ozcariz hacían ver que Heredia era tenido en Logroño y toda su comarca por el

 

«mas cabiloso della y menos legal en sus operaciones».

 

La mala fama del secretario  quedó confirmada pocos días antes de producirse la muerte de Uribe, en cuya fecha se permitió suplantar firmas en documentos oficiales y difundir información secreta del Santo Oficio.

La sinuosa, cuando no delictiva, conducta del secretario llevó a que, desde el Tribunal de Logroño, se pidiese al Inquisidor General Mendoza que Heredia fuese trasladado a

 

«…otra Inquisición, a donde con la distancia de su país, fuese menos conozido y desmereziese menos la ocupación y a donde, con menos notizia de las familias, pudiese emplear menos su mala yntenzión y no abenturar lo que se puede tcmer en este partido, de que tiene entero conozimiento en sus familias y fazilidad en ablar de las que no son de menor calidad, moviéndonos también a ser deste parecer el ber que en esta ziudad está casada una hija de D. Diego de Oribe (a quien dió muerte) y su marido tener muchos parientes, a cuya vista sepudiera temer alguna otra desgracia, pues ellos mísmos la están pronosticando, en caso de que llegase el de restituirse a esta ziudad» ».

 

La causa criminal abierta a Heredia pone de relieve la complejidad del proceso, el uso abusivo de las posibilidades que el Derecho ofrecía por parte del inculpado y las relaciones, poco armónicas, del Inquisidor General y la Suprema.

 

La primera sentencia condenatoria,

 

«dada aunque no pronunciada por los Inquisidores de Logrofio D. Juan Antonio de Santelices y D. Joseph de Ozcariz, en discordia y a consulta»,

 

…se pasó al oficial mayor del Consejo de la Suprema, Juan Antonio de Cuenca, el 21 de mayo de 1701. El 28 de junio, se mandó devolver a los Inquisidores para que formasen y pronunciasen sentencia, condenando

 

“…al dicho D. Juan Manuel de Heredia a destierro [en] Logroño, Jubera, Murillo [y] veinte leguas en contorno, por tiempo de ocho años, y que los quatro primeros los cumpliese en uno de los presidios de Pamplona, o [Fuenterrabía], el que el tribunal señalase. Y cumplidos, [que] no bolviese a entrar en dichos lugares sin nueva orden de Su Excelencia y el Consejo.

 

“…Heredia y Tejada apeló a comienzos de septiembre, pidiendo testimonio y la soltura debajo de fianza».

 

Iglesia de Murillo de Río Leza

Se admitió la apelación, se le dio testimonio y se denegó la libertad. Pocos días después, el 6 de septiembre de 1701, el procurador de Heredia solicitó al Consejo «emplazamiento», que se remitiesen «los autos originales» y. de nuevo, la libertad bajo fianza. En apoyo de esta última pretensión se alegaba la mala salud del inculpado y la «larga prisión que había  padecido». El Consejo fijó primero el 27 de septiembre de 1701 la residencia de Heredia en su casa de Murillo y luego, «para más ensanche de su prisión», le permitió desplazarse por la villa de Murillo y sus alrededores. En caso de que no respetara el benévolo régimen penitenciario establecido, sería multado con mil ducados.

Además, el 26 de octubre de 1701, el Consejo, ante la solicitud presentada por Juan Manuel de Heredia, dictó un decreto para aceptar su petición, y mandó a los inquisidores Santelices y Ozcariz que diesen

 

«orden al rezeptor y demás secretarios del Secreto para que al dicho D. Juan Manuel se le pagase el salario, ayuda de costa y demás gages y emolumentos desde el día de su presentación por preso en este Tribunal, [suspendidos desde el inicio de la causa contra él], y que se le asistiese en adelante en la misma forma que a los demás y como si actualmente sirbiese su plaza»

 

El 24 de mayo Mendoza informaba a la Inquisición de Logroño sobre las decisiones del Consejo. Enterado de todo el Consejo de Inquisición, y siendo cada uno de los defectos referidos bastante para

 

“…excluir a Heredia del exercicio de Secretario del Tribunal» —explica el secretario de Mendoza— «el que estrecha más la obligación de Su Excelencia es el de la falta de legalidad y fidelidad». «Y, aunque, para privarle del oficio, tiene el Consejo por necesario que conste judicialmente de él», «siendo Heredia de tan intrépido natural» y «emparentado con familias influyentes, podrían resultar gravissimos inconbenientes de los procedimientos en justicia por medio de visita».

 

A tenor de las propuestas del Consejo, el 7 de junio de 1702, Mendoza envió orden al inquisidor más antiguo de Logroño para que

 

“…examínase en forma sobre todo lo referido a los demás inquisidores y secretarios y los ratificasse ad perpetuam”

 

La orden de Mendoza se recibió en Logroño el 17 de junio, y se mandó ejecutar en los términos establecidos. El interrogatorio enviado a inquisidores y secretarios fue contestado por seis de  ellos entre el 17 y el 24 de junio de 1702

A todos los declarantes les causaba admiración que Heredia, con fama de «caviloso» y poco «legal», hubiera sido elegido para tan importante cargo inquisitorial. Dos de los interrogados agregaban que,

 

 «siendo Juan de Heredia, padre del dicho don Juan Manuel, escribano de la cassa solar de Valdosera, y éste y su hijo dueños de los libros de dicho solar, eran tantas las falsedades que en ellos se alIaron» [—sobre todo, «poner en la casa y solar de Valdosera por hidalgos a los que, por interés, le apetecía »—] «que obligó a los señores de ella a acudir a la Real Chancillería y pedir se llebasen originales y se rubricassen por el secretario de la Cámara para que, en adelante, no se cometiese lo que asta entonces se venía executando»

 

Para terminar, todos los testigos mostraban temor ante una reacción violenta contra Heredia de Santiago Martínez de la Cámara y de su mujer, Jacinta de Uribe, hija del difunto Diego, y de los familiares de ambos. Uno de los testigos declaraba:

 

 «He oído decir al dicho Santiago Martínez que, si encontraba en alguna parte al dicho D. Juan Manuel, le avía de matar de un trabucazo porque, además de ayer dado muerte alebosa a su suegro, le tenía usurpada la hacienda a su mujer».

 

Distritos inquisitoriales en la época de Juan José de Tejada

Entre tanto, la causa seguía sin resolverse. Avanzado junio, el inculpado solicitó,

 

«..la remoción de la carzeleria a la Corte y sus alrededores por ser su persona necesaria para su defensa y no tener medios para seguirlo por Agente».

 

Se mandó dar traslado al fiscal de su petición,

 

 «…y entregados los autos en el mismo día, los bolbió en 7 de agosto, allegando  y pidiendo que D. Juan Manuel, después de consultar al Inquisidor General, fuese restituido a verdadera prisión y custodia, como lo estaba antes de la apelación, y que, executado, se le bolbiesen los autos para allegar en lo principal». A la vista de la petición del fiscal, mandó el Consejo «que trajese [la solicitud de Heredia] el relator con los autos, presentes los Inquisidores de Castilla»

 

El caso de Juan Manuel de Heredia y Tejada no había encontrado solución definitiva, ni a mediados de 1703 , ni a finales de 1704. El 16 de diciembre de ese año, Santiago Martínez de la Cámara dirigía un escrito al Inquisidor General , en el que solicitaba que le fuera concedido el cargo de contador del Santo Tribunal de Navarra. En la petición se desliza, una vez más, la grave hostilidad que enfrentaba a los deudos de Diego de Uribe con el secretario Heredia.

 

No deja de ser sorprendente que, a pesar de todo esto, Heredia fuese nombrado oficial mayor de la secretaría de la Suprema cuando el cargo quedó vacante por el proceso incoado contra su titular Juan Antonio de Cuenca en el que Juan José de Tejada tuvo un importante intervención.  Cabe sospechar que este nombramiento  se debió al influjo, a todas luces abusivo, de nuestro paisano, teniendo en cuenta, además, que su relación viene de antiguo ya que la certificación de hijosdalgo exigible para su ingreso en la orden de Santiago, es firmada por Juan de Heredia, padre de Juan Manuel, en el año 1664.

Proceso a Juan A. de Cuenca

PROCESO AL SECRETARIO JUAN ANTONIO DE CUENCA

 

Próximo a su jubilación, en el año 1705, D. Juan José de Tejada tuvo que intervenir activamente en un importante proceso llevado a cabo contra don Juan Antonio de Cuenca, que  fue secretario de la Inquisición de Aragón desde el verano de 1696 hasta que partió a Madrid en los primeros años del siglo XVIII para hacerse cargo de la oficialía mayor de la Suprema, acusado entre otras delitos, de abandono de sus obligaciones para con el tribunal, de intermediar, con resultados poco claros, en el soborno a ciertos secretarios del tribunal de la Inquisición del distrito de Logroño y de otros tan mundanos como el “abarraganamiento” (concubinato) con una mujer a la que con engaños había sacado de un convento de Granada.

Emblema de la Inquisición

En dicho proceso, que se inicia en el año 1705, y se alarga más de seis meses, Juan José de Tejada, como Consejero de la Suprema y antiguo superior suyo, interviene en primer lugar, con una extensa declaración en la que detalla muy pormenorizadamente las faltas cometidas por dicho oficial. En las declaraciones presentadas por diferentes testigos se hace referencia, en más de una ocasión, a las múltiples amonestaciones que nuestro paisano hacía de su comportamiento, sin que el acusado las tuviese en cuenta, entre otras cosas, al estar confiado en,

 

“…el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que espera tener en Madrid.»

 

El expediente, custodiado en el Archivo Histórico Nacional con el número de legajo 3682, consta de centenar y medio de páginas con testimonios sumamente interesantes, como los que siguen a continuación.

 

El primero de todos ellos es, como ha quedado dicho,  el de nuestro paisano, que lo redacta y envía desde Galilea en el mes de junio de 1705 y lo dirige a Juan de Argáiz, fiscal de dicho proceso, que había sido Inquisidor general del distrito de Logroño entre 1697 y 1699.

 

Dice asi:

 

“En vista de la causa antecedente de V.I. y del interrogatorio criminal que cumpliendo con la orden del Consejo que V.I. me explica en ella, lo que puedo informarle es lo siguiente:

 

En cuanto a la primera pregunta digo que he conocido y conozco de once años a esta parte a D. Juan Antonio de Cuenca, habiéndole tratado y comunicado en Zaragoza, siendo secretario del secreto de aquella inquisición dos años, hasta que se me concedió la jubilación de aquella plaza y me retiré a este lugar y en este tiempo vi que los procedimientos al uso del susodicho en orden a la asistencia del tribunal no eran conformes a la obligación de su oficio pues Miguel Pérez de Oliván y Vaguera y Joseph de Morales, ya difunto, y yo, nos hallamos precisados a advertirle y reprenderle muchas veces su falta, lo cual no fue bastante para enmendarse, repitiendo esto mismo en el buen natural del Inquisidor más antiguo y en las voces que decían de tener valedores en Madrid; para este apoyo había demostrado en cartas muy favorecidas de algunos personajes, sin que yo me acuerde cuales eran, o si las fingía como de su arte y habilidad se podía presumir, y esto se lo vi y reconocí hallándome en aquel tribunal y lo podrán decir D. Pedro Muñoz, que al mismo tiempo concurría, y de oídas D. Pedro de Santiago y el Ldo. Jacinto Vielsa, Rector de la Aljafería, y más especialmente lo supieron Martín de Romera y Francisco Sáenz Jiménez, miembros del secreto, ya difuntos.

 

Y habiendo yo vuelto después de veinte meses a servir la plaza de orden de Juan Tomás de Rocaberti (Inquisidor General, (1694-1699) y Arzobispo de Valencia), supe de algunos y de D. Agustín de Arnuesa, Inquisidor ya difunto, que el dicho D. Juan Antonio de Cuenca la falta de asistencia, y habiendo hablado de esto a otro, me dijo que la mayor parte de los días faltaba o salía del tribunal antes de la hora y era por tratar ilícitamente a una mujer casada a quien había sacado un hijo de pila, y era que se salía de las horas del tribunal, por saber que su marido estaba al mismo tiempo fuera de su casa, ocupado, y con la seguridad de que no volviera a ella en las mismas horas porque su empleo no se lo permitía.

 

Y lo mismo oí a D. José del Expírutu Santo, ya difunto, religioso de la misma orden, que estaba en compañía de otro licenciado, y a doña Josefa de Lara, ama que entonces era y hoy lo es de dicho D. Juan Antonio de Cuenca.

 

En ocasión del que el susodicho pasó a la Corte a servir la oficialía mayor y que la susodicha se quedó en Zaragoza para llevar allí sus tratos, y hallándose en la Corte D. Juan Antonio, supe que el susodicho daba noticias en las cartas de correspondencia al Inquisidor D. Blas de Torrejón y a D. Martín de Morena de las determinaciones  del Consejo en algunos negocios de fe, criminales y de limpieza antes de que se avisasen por el Consejo no volviesen los procesos y en algunas ocasiones escribía los datos que habían dado los señores del Consejo y habiéndolo sabido D. Agustín de Arcuesa, fiscal que entonces era oyó que este  dio cuenta al Inquisidor General para que pusiese remedio, y sé que su Eminencia le mandó llamar y reprender severamente por que así se lo oyó decir a otro y creo lo sabrán Tomás Campero y Domingo de la Cantolea; y lo demás que llevo referido lo sé por haber visto las cartas escritas por Juan Antonio de Cuenca a D. Martín de la Romera que en confianza me las mostró después de haberle dado la reprehensión.

 

A la segunda y tercera pregunta respondo que no he oído decir cosa alguna al capellán del Conde de la Torre y que al otro D. Pedro de Aragón le he oído decir lo referido en la pregunta primera y que en las dependencias que el Consejo ha tenido con el Inquisidor General D. Baltasar de Mendoza han sido tan destempladas las voces que el Ldo. D. Juan Antonio divulgaba contra el Consejo y los individuos del él, que trataba de insulsos sus procedimientos propasándose a publicar que éramos ignorantes y otros desagradecidos, solo en respuesta de este maltrata aquellos que seguían el dictamen del Inquisidor D. Baltasar, ensalzando la sabiduría del Consejo, llegando a decir de algunos señores del Consejo palabras tan pesadas que es razón no nombrarlas.

 

Lo que fue ————– en esa Corte. Y luego que llegué a ella posó a informarme de lo que había sucedido y sucedía con el Inquisidor Froilan Díaz y me entregó un extracto que decía era lo que contenía  el proceso para que yo le viese y al mismo tiempo me dijo con mucha osadía que podía dar muchas gracias a Dios si salía con ———. Y después de algunos días, habiendo vuelto a mi posada, el dicho Juan Antonio y tratado del mismo negocio le advertí que se contuviese y que no tenía fundamento para injuriar tan grandísimamente a fray Froilán  en lo tocante de hacer juicio de dependencia judía, que ya le habrían de juzgar superiores y como reconoció que no hallaba en mi apoyo, me volvió a pedir el extracto con el pretexto de remitirlo a Segovia donde le pedían confianza.

 

Y también oí en esa Corte, sin acordarme a qué personas habían faltado algunos papeles de las ————— del Consejo y fue ——— que el dicho Juan Antonio, sin licencia del Consejo, había sacado diversos testimonios, así de la causa del Froilan como de las demás controversias y asuntos jurídicos.

 

A la cuarta digo que siendo D. Juan Antonio de Cuenca, secretario de la Inquisición de Aragón, le tocaron las informaciones de doña Juana de Irazábal, mujer del receptor don Manuel Galván que tenía naturalezas en la Inquisición de Logroño y solicitó al dicho Juan Antonio el breve despacho de ellas, y habiéndolas remitido el otro tribunal al de Zaragoza, previno D. Juan Antonio al licenciado D. Manuel que era necesario regalara al Consejo de Logroño que había corrido con las informaciones, y este le entregó no se cuantos maravedís para que cumpliese en su nombre y el de su mujer. Habiendo pasado muchos meses el secretario de Logroño escribió, no me acuerdo si a mi mismo, o a otra persona de su confianza que estaba consentimiento de su olvido a que satisfizo que el había cumplido por mano de dicho D. Juan Antonio y no sé si con este motivo cumplió, lo cual me dijeron.

 

Y también se olvido a D. Benito Sánchez que el Ldo D. Juan Antonio se ha mezclado en pretensiones del Santo Oficio, expresamente en una que tuvo su juicio, Andrés, natural de Zaragoza y prior de la iglesia para la  fiscalía de aquel Tribunal, ofreciéndole su favor y dándole noticias de los medios de que se había de valer y esperanzas de que la conseguiría dejándose regalar espléndidamente otro de quien podría dar noticias el capellán del Conde de La Torre, en cuya casa estuvo hospedado D. Juan Antonio. Y al mismo D. Benito Sánchez le he oído que D. Juan Antonio tenía ofrecido sacar——– de la Inquisición para quién casase con doña Josefa de Lara porque la tuviere oculta en sus casas y así en Zaragoza como en esa Corte que el dicho D. Juan Antonio se dejara regalar de estos pretendientes solicitando que se valiesen de él y haciendo propias las pretensiones y descubriéndoles por donde les iban de gobernar, y por más seguridad les ofrecía a algunos ser su informante porque tenía mano para ello con los inquisidores y también supe de otro rector de la Aljafería, de oidas, que el dicho D. Juan Antonio nada compraba en esa Corte sino el ——– para el vestuario y todo lo demás necesario hasta los dulces de los mejores los tenía con tanta abundancia y que podía a otros.

 

A la quinta digo que sé de público que D. Juan Antonio ha tenido relación estrecha con el Conde de Requena y con el Inquisidor fiscal del Consejo, notados de poco afecto a la Monarquía y que se juntaron en la casa del Sr. Fiscal resultando de esta juntas noticias muy melancólicas del estado de la guerra en cuya relación se dilataba bastantemente, pues decía que había pocos afectos al Rey Ntro Señor, Dios le guarde y muchos a la Casa de Austria, que las fuerzas de sus enemigos eran grandes y muy pequeñas las nuestras y ponderaba cualquier suceso adverso aunque fuere tenido por muy favorable a los enemigos, disminuyendo los mios aunque fueran muy felices y en el semblante manifestaba lo que sentía interiormente pues si el suceso era favorable a nosotros  se reconocía su tristeza y si adverso su alegría, y así Juan Antonio supo disculpar la acción del Almirante y Conde de la Corzana con palabras antifelices que daban a entender tenía más que mediano motivo.

 

Y esto es cuanto puedo informar a V.I. con la sinceridad y bondad que debo decir, habiendo procurado recorrer mi memoria. Y quedo al servicio de V.I. con igual afecto y que G.D. a V I mil años.

 

Galilea, junio 19 de 1705 años.

 

A D. Juan de Argaiz del Consejo Supremo de la General Inquisición.”

 

No eran pocas las faltas, e incluso delitos, que Juan José de Tejada denuncia en su declaración testifical, los cuales son confirmados y ampliados por el resto de los declarantes.

A lo largo de la primavera y verano del año 1705 van pasando por el Real Palacio de la Aljafería una serie de testigos, que habiendo tenido relación directa con el antiguo secretario de la inquisición, presentan su testimonio, bien ante el propio Juan de Argaiz, o ante otros oficiales de la inquisición aragonesa en los cuales delega. Vemos así como el día 14 de julio, es interrogado, por parte del inquisidor delegado don Pedro Guerrero, Manuel Galván

 

“vecino de esta ciudad de edad de 58 años.”

 

Se le pregunta expresamente si tiene conocimiento de que don Juan Antonio de Cuenca haya recibido dinero para entregárselo al secretario de Logroño por la realización de algunos informes. Manuel Galván responde de esta manera:

 

“…que como ha pasado tanto tiempo, no se puede acordar muy bien del contenido de la pregunta, pero lo que le parece que puede decir es que D. Juan Antonio de Cuenca, a quien tocó como secretario que entonces era de ese Consejo el hacer los informes del declarante y de Juan María de Irazábal su mujer, y no se acuerda que hiciese regalo al secretario de Logroño ni que hubiese entregado dinero alguno para ello,..”

 

No obstante al leerle su declaración la corrige y matiza diciendo.

 

“…que ha leido la declaración y que con vista de ella ha podido hacer reflexión en su memoria en el que el regalo que se hizo al secretario de Logroño fue por manos de D. Juan Antonio de Cuenca y no recuerda cuanto; que su mujer que fue quien lo entregó se acordaría y también sabe que el declarante y su mujer entregaron esto a don Juan Antonio.”

 

Ese mismo día, por la tarde el mismo inquisidor llama a declarar a don Juan Francisco Muñoz, secretario del secreto de este tribunal. Preguntado si conoció en este tribunal a algún ministro que hoy se halla en la corte y si supo que los procedimientos de éste en lo tocante a la asistencia del tribunal eran conformes a la obligación de su oficio y que si algún inquisidor y otros ministros hubiesen sido obligados a advertirle y reprenderle y que esto no hubiese sido bastante dado en el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que espera tener en Madrid, valedoras, dijo:

 

“que lo que puede decir sobre la pregunta es que en este tribunal fue secretario D. Juan Antonio de Cuenca desde el verano de 1696 hasta que partió a Madrid y que lo que pudo reconocer por entonces fue que el declarante D. Juan Antonio acudía al tribunal en la forma en la que los demás secretarios sin haber notado cosa alguna particular hacia la parte de su obligación…

 

 …sólo puede decir que con la ocasión de haberse traído por causa suya desde Granada a esta mujer que se llama Josefa, de quien no sabe su apellido, algún tiempo después de estar en casa de D. Juan, éste debió de tener alguna desazón con ella por lo que, siendo ardiente de condición, se quejó mucho de dicho D. Juan y oyó el declarante que doña Josefa pasó al cuarto de don Juan José de Tejada y según lo que se dijo se quejó muy agriamente de dicho sujeto, diciendo que después de que le había hecho venir desde Granada, le había maltratado, lo que ella no esperaba; sobre lo cual oyó el declarante, sin acordarse por ahora de quién, que don Juan José de Tejada llamó a don Juan Antonio de Cuenca y le advirtió sobre sus obligaciones y aunque es verdad que entonces se dijo también que dicho don Juan Antonio, tenía o había tenido alguna comunicación ilícita con dicha Josefa, lo cual se decía entre los mismos ministros que había entonces en este tribunal, pero era sin decir el fundamento que tenían para ello…

 

… y el declarante oyó decir a Juan Antonio que tenía correspondencia en Madrid particularmente con don Pedro Domingo Sánchez pero que nunca le enseñó carta alguna porque con el dicho Juan Antonio no tenía el declarante mucha amistad y que no se le ofrece otra cosa que decir sobre la cuestión. Rreconoció que los procedimientos de dicho Juan Antonio cuando era ministro del secreto en orden al que tocaba la asistencia del tribunal no era conforme a la obligación de su oficio y el inquisidor don Juan José de Tejada y otros ministros le hicieron obligación de advertirle y reprenderle la falta de asistencia, la cual no fue bastante para la enmienda fiado en el buen natural del inquisidor más antiguo y en las voces que decía de tener en Madrid valedores, …”

 

El proceso sigue su curso y al día siguiente acude al tribunal, Juan Félix Bielsa, rector de la parroquia de la Aljafería, de 45 años de edad. Se le formula las mismas preguntas que a sus antecesores, a las que contesta,

 

“… que sólo sabe que faltaba del tribunal saliendo a hacer informes de limpieza, así de oficiales como de todo género de ministros , de lo que se ocupaba gran parte del año consiguiéndolos por el valimiento que tenía con los señores inquisidores y se acuerda el declarante que tenía extendida una carta firmada por los señores del Consejo para que los secretarios sólo pudieran salir a efectuar pruebas mayores, y le respondió don Juan Antonio diciendo que los secretarios salían también a pruebas menores.

 

 Y también oyó a don Martín de la Romera, ya difunto, que era tan dichoso el dicho Juan Antonio en las pruebas, que valían más los regalos que le hacían a él y a todos los demás compañeros, lo cual le pareció muy mal al declarante por el conocimiento que tenía de la limpieza con que se habían portado los ministros de este tribunal. El declarante ha oído que cuando se reunía este tribunal dicho don Juan Antonio de Cuenca no asistía  y que el licenciado Juan José de Tejada y otros ministros se vieron obligados a advertirle y reprenderle por la falta de asistencia …”

 

En este caso es el inquisidor Pedro Guerrero quien se traslada a casa de don Manuel Galván, receptor de este Santo Oficio, que ya había declarado anteriormente, para tomar declaración a su mujer Juana María de Irazabal. Le pregunta expresamente sobre el posible soborno hacia un funcionario de la inquisición del distrito de  Logroño, del que Juan Antonio de Cuenca fuese su intermediario, y esta contesta

 

“…que se acuerda que cuando se hicieron las pruebas de la declarante, don Juan Antonio de Cuenca le dijo que porque era su conocido su amigo el secretario del tribunal de Logroño a quien le había tocado hacer las pruebas por la naturaleza que la declarante tiene en aquel distrito, tomaría cuidado el solicitante que las hiciere con la mayor bondad y después de hechas y enviadas dichas pruebas, dispuso con la declarante que le regalara ha dicho secretario de Logroño, por manos de don Juan Antonio de Cuenca…

 

…se acuerda la declarante que a don Juan Antonio de Cuenca se le entregaron tres o cuatro doblones de a ocho para qué se le regalaran dicho secretario de Logroño y después no teniendo noticias de dicho don Juan Antonio, entregó otros tres o cuatro doblones de a ocho ha dicho secretario de Logroño…

 

Luego dijo que quien tendrá bastantes noticias de lo que se le ha preguntado son los padres calificadores fray Joseph Nuño y fray Baltasar Martín de la orden de San Francisco de Paula que concurrieron con dicho don Juan Antonio de Cuenca por la amistad que tenían la declarante al hacer la solicitud de estos pruebas.”

 

Puesto que Juana de Irazabal da nombres, el instructor Pedro Guerrero no le queda más remedio que llamar a declarar a fray José Nuñez de la orden de San Francisco de Paula, que muy diplomáticamente dice que,

 

“…como ha pasado tanto tiempo, no se puede acordar con toda seguridad del contenido de la pregunta, pero lo que sí puede asegurar y puede decir, que habiendo conseguido la gracia del receptor del Santo Oficio, don Manuel Galván, le tocó hacer sus pruebas y las de su mujer, doña Juana de Irazabal, a don fulano Mendoza, que no se acuerda de su nombre, secretario de la inquisición de Logroño, y que no se acuerda si dicho don Juan Antonio de Cuenca les hubiese prevenido.”

 

El proceso sigue escalando peldaños y cada vez acuden a declarar personajes de más alta condición social como don Pedro Gerónimo Molinos, notario del juzgado de la inquisición de Zaragoza al que se le pregunta expresamente por la relación que tuvo el encausado con su casera y concubina. El notario recuerda perfectamente que,

 

“…cuando estuvo de secretario en este tribunal don Juan Antonio de Cuenca tuvo por su casera a una mujer que se llamaba Josefa de Lara la cual trajo de Granada y con la ocasión de estar al lado de la casa del declarante, don Francisco Jaén, secretario que también era de este tribunal y doña María Basela, su mujer y tener con ellos amistad María Calvese, mujer del declarante, y teniendo amistad con doña Josefa, le visitaban muy a menudo y doña Josefa en vista de esta amistad y confianza que tenía con su mujer le contaba los disgustos que tenía algunas veces con dicho don Juan Antonio, que eran producto de algunos celos que le tenía como son que, estando doña Josefa de Lara en un convento en la ciudad de Granada, y hallándose con mucha conveniencia dicho don Juan, introdujo amistad con ella y la persuadió a que saliese del convento y se fuese en su compañía.

 

Y después de haberle dado gusto ejecutándolo, se había gastado su caudal y aprovechándose de su venta y teniendo trato y comunicación ilícita con ella, le había hecho lo oprobio de aficionarse de doña María de Lara y estaba amancebado con ella y eso se lo refirió a su mujer en muchas ocasiones. Ahora está casada con Joseph Campos Tejedor de Lienzos que vive en Cañizo de los Aguadores de esta ciudad. Que dicho don Juan Antonio estaba amancebado al mismo tiempo con doña María Basela y doña Josefa de Lara por lo que también el declarante conoció por ver que dicha doña Josefa de Lara era la dueña absoluta de la casa de don Juan…

 

Y en el amancebamiento con doña María Basela porque también en muchas ocasiones doña María decía al declarante que sacase a pasear a don Francisco Jaén, su marido para que se divirtiese, no reconociendo la malicia con que se lo decía, hasta que su mujer y la criada de declarante le dijeron que luego que sacaba ha dicho don Francisco, entraba en casa de doña María en algunas ocasiones y en otras teniendolo escondido en los entresuelos de la casa y que al decir el declarante que le sacase a pasear era para  quedarse a solas con dicho don Juan y tener sus tratos ilícitos, todas las dichas tardes con lo que el declarante no quiso sacar más a pasear ha dicho don Francisco…

 

Pedro Gerónimo sigue con su contundente declaración, afirmando que:

 

“… oyó de dicho don Francisco Jiménez de Jaén dar quejas de su mujer doña María Basela por el poco afecto que le tenía…”

 

Que quien sabía mucho sobre estos amancebamientos eran su mujer y la criada del declarante…”

 

Al día siguiente vuelve instructor a casa de don Pedro Gerónimo Molinos esta vez para tomar declaración a su mujer María Valena Calvete, que tiene buena memoria y va relatando la relación tumultuosa entre él secretario de la inquisición y la novicia que por el abandono su convento en Granada. La mujer del notario refiere que,

 

“…hacía nueve años, poco más o menos, que hallándose secretario de este tribunal don Francisco Jiménez de Jaén y don Juan Antonio de Cuenca, de haber venido a las casa del la declarante don Francisco, en compañía de María Basela su mujer, por la cercanía de las casas y por ser el marido de la declarante miembro del tribunal, ésta pasó a visitar a dicha doña María, teniendo mucha amistad y correspondencia, por haber coincidido algunas veces en casa de dicha doña María, doña Josefa de Lara, casera de don Juan Antonio de Cuenca, por la mucha amistad que éste tenía en casa de la declarante y de su marido, e introdujo también amistad con la declarante doña Josefa y continuaron en visitarse concurriendo muchas veces en casa de doña María y de la declarante.

 

Doña Josefa de Lara le dijo que, hallándose la ciudad de Granada en donde había estado 12 o 14 meses, y estando para profesar, introdujo amistad con ella don Juan Antonio de Cuenca que le había solicitado y persuadido a que saliese del convento y se fuera en su compañía, como en efecto lo había ejecutado y que se habían dado por muy ofendidos dos hermanos que tenía militares que le habían buscado para matarle.

 

Y después de haber ejecutado lo referido, por persuasión de dicho don Juan y entregándole a éste lo que tenía, que era una venta será cobraba y gastada habiéndola hecho luego venir a esta ciudad y se había visto metida en este lodazal por que lo había hallado embarraganado con dicha doña María Basela.

 

Y que lo referido le confiaba grande pesadumbre… y que no podía conseguir que se apartase de dicho trato ilícito que, estaban en un infierno por ver lo mucho que regalaba y estimaba a dicha doña María y que, aunque por este motivo había solicitado entrar en el convento de Santa Lucía de esta ciudad, se lo había embarazado el dicho don Juan dándole palabra de que se separaría del trato que tenía con dicha doña María;  y que no lo había ejecutado, antes bien, lo había continuado en el trato.

 

El proceso sigue su curso y muchos otros testigos van pasando por la mesa del fiscal instructor. En el mes de octubre el acusado ya intuye que su causa tiene una difícil solución por lo que remite una carta a don Juan de Argaiz como juez de la causa que contra él se sigue en la que declara su versión y le dice que

 

“ha dicho enteramente la verdad en todo lo que el examen de su memoria ha podido comprender sin faltar en la más mínima parte a la religión del juramento para cuyo efecto renunció en los términos legales y las defensas que pudiera tener dando, por ratificados los testigos. Y estas mismas expresiones vuelve a repetir ahora por medio de este memorial remitiendo vuestra ilustrísima la misma súplica y esperando de su benignidad sea atendida…”

 

El juicio contra sus actos comienza en el mes de octubre. El día 16 se le notifica a don Juan Antonio de Cuenca el cual dice que la oye y da fe. El acusado reconoce que

 

“…se me ha hecho notorio cómo los papeles de mi causa están en la Secretaría del Consejo a pedimento del señor fiscal para que las partes digan lo que les convenga…

 

… renunció todos los términos que me compete así lo espero de la piedad de vuestra ilustrísima….”

 

La sentencia es ejecutada el 24 de octubre de 1705. Está firmada por Su Ilustrísima conde de Granada, Cardona, Soto, di Castillo, Bolaño y Pernas, y condenan a que don Juan Antonio de Cuenca salga perpetuamente de la Oficialía mayor del Consejo que tiene y ha de tener cualquier otro oficio en Madrid y sea desterrado de la corte por cuatro años y sea privado de cualquiera misión dentro del Santo Oficio.

Capilla de El Pilar

RETORNO A GALILEA Y CONSTRUCCIÓN DE LA CAPILLA DEL PILAR

 

Capilla de El Pilar

Con sesenta y cinco años, don Juan José de Tejada se traslada definitivamente a vivir a Galilea hasta el final de su vida posiblemente después de haber amasado una gran fortuna debido a los cargos que ostentó en los últimos cuatro lustros.  Hay que tener en cuenta que como inquisidor general el sueldo ascendía a 250.000 maravedíes al año, más otros 50.000 de ayuda de costa. Como consiliario en el Consejo de la Suprema, indudablemente sus ganancias serían mucho mayores..

Es en estos doce años finales de su existencia cuando dedica toda su actividad a dotar a su pueblo natal de una hermosa capilla, aneja a la iglesia parroquial, dedicada a dar culto a la Virgen del Pilar de quien era ferviente devoto.  Vemos así cómo el 20 de septiembre de 1708

 

…jubilado de la Santa y General Inquisición,… “

 

solicita permiso a José Carrillo, caballero de la Orden de Santiago, a la que él pertenecía, y regidor de Soria y Señor de San Martín de Berberana, así como a todo el Concejo de Ocón, para construir una capilla, a sus expensas, en honor de la Virgen del Pilar

 

… para mayor adorno de ella y aumento del culto divino.”

 

Conseguida la preceptiva autorización del regidor, solicita de igual manera permiso al Concejo de Galilea, haciéndoles saber que para su construcción se necesitan

 

…como dos o tres pasos, a lo ancho, en terreno concejil, que está contiguo a la iglesia.”

 

También informa que para seguridad del templo era previo entrar al rompimiento de cimientos, con la mayor precaución posible.  El Concejo le concede todo tipo de facilidades y manda que

 

“…ninguna persona le ponga ningún impedimento ni embarazo.”

 

Unos meses antes, el 15 de marzo de 1708, el alcalde se había dirigido  a los vecinos de Galilea para informarles de la pretensión del Inquisidor, a lo que el pueblo dio su consentimiento, por parecerle

 

“..santa y religiosa la pretensión para que erija, funde y construya dicha capilla en la parte que más le convenga y menos deteriore la iglesia.”

 

El notario apostólico, Juan Escudero, dio fe.

El día 12 de noviembre del mismo año don Juan de Gómiz, en nombre de don Juan José de Tejada, solicita licencia al obispado, recordando que con anterioridad el obispo Pedro Lepe, de buena memoria, ya lo había otorgado de manera provisional.  La licencia definitiva se la concede Pedro de Oñate, provisor y Vicario General del Obispado, cuyo titular era Alonso de Meana, y le autoriza a romper la pared lateral de la iglesia sin por ello incurrir en pena alguna.  Dos años más tarde, en 1710, la capilla está totalmente acabada y abierta al culto. El inquisidor desea dejar constancia del contenido de la capilla por él levantada y redacta un inventario que, en esencia es el siguiente:

 

Altar restaurado en el año 2007

Altar de madera; retablo de talla sobre dorado que coge toda la testera de la capilla; en su trono la santísima imagen de la virgen con su corona de plata y el adorno que se sigue: en arco de flores de mano que rodea todo el trono y se compone de diferentes colores; al pie del pilar los cipreses, y a los lados del cuerpo de Ntra Sra. dos pastas de Agnues y de Inocencio XII, guarnecidas con seda carmesí, al modo de Italia.

 

A la espalda del trono hay una cortina de tafetán carmesí que cubre la imagen de la Santísima Virgen y el arco de flores que la guarnece. Al frente hay una cortina de hilo de plata para cubrir la santísima imagen y otras de raso carmesí con algunas flores que sirven par lo mismo; y además de eso tiene otra cortina de raso azul con algunas flores con sus fenefas.  En la parte afuera del trono, dos arañas de plata cada una con sus mecheros que sirve para poner las velas de cada una cuando se descubre la Sra.

 

En el mismo altar, en los lados del Sagrario, hay dos alhacenas que sirven de adorno; tras ellas hay dos vanos con sus cristales en donde está el cuerpo de San Vicente.  Y otras muchas reliquias auténticas que están en poder del cura, quien tiene las llaves, junto al alcalde del lugar”.

 

Esta relación se refiere exclusivamente al retablo del altar y a los diferentes ornamentos que lo componen, así como los adornos de la imagen de la Virgen.  Pero hay otros muchos más objetos de relativa valía con los que don Juan José de Tejada adornó la capilla:

 

  • Un marco dorado que sirve de ante-altar para poner los frontales.
  • Dos alfombras para que los sacerdotes pongan los pies.
  • En el cuerpo de la capilla, una lámpara de plata que continuamente arde ante la Santa Imagen.
  • En la pilastra del lado del evangelio que abraza al altar, un cuadro grande del bautismo de Nuestro Sr. por san Jaun Bautista, guarnecido con un marco y diferentes molduras doradas. Y en el pie de él una lámina de Santa Catalina, toda dorada.  Y en la otra pilastra, y en la parte que mira  afuera de la capilla otra lámina de san Pedro y san Pablo con marco y guarnecido.
  • En la misma pared, más abajo del sepulcro, otra lámina de Santiago con su respectivo marco.
  • Debajo de esta lámina, otro cuadro de la adoración de los Reyes.  Debajo de dicho cuadro, otra lámina pequeña de Ntra Sra. y su Stmo. Hijo, san José y san Juan Bautista.
  • Y un cuadro grande de la venida de Ntra Sra a la ciudad de Zaragoza a ver a Santiago y decirle que colocase en dicha ciudad su Santa Imagen.  Y está en la palestra de la reja de dicha capilla, al lado de la epístola.
  • Y en la pilastra que abraza al altar del lado de la epístola un cuadro del desposorio de Ntra Sra con el señor san José de la misma grandeza y correspondencia que el del bautismo de Ntro. Sr. por san Juan Bautista.  Y en el pie de él y en la parte que mira de al altar, una lámina de san Bartolomé.  Y en la misma pilastra, un cuadro de san Antonio de Padua.
  • Una lámina de la Virgen con el Niño labrada en sed. Otra con los gloriosos mártires san Cosme y san Damián.

 Y por último dos bancos con respaldo, adornados con hierros.

 

Este benefactor de Galilea también construyó una sacristía dentro de la capilla, en su lado derecho, donde poder guardar todo lo necesario para celebrar los actos litúrgicos, en las mejores condiciones posibles.  A esta sacristía también le dotó del siguiente mobiliario y demás componentes auxiliares para el culto:

 

  • Dos grandes contra-cajones para poner el ornamento con sus alacenas para poner lo necesario.
  • Una lámina de Ntra. Sra. con su marco. Otra lámina de santa Verónica.  Otra con el descendimiento de la Cruz.  En la pared al lado de la ventana, una lámina con la Anunciación. Y en el otro lado una lámina de Santa Teresa, otra de Santa Rosalía y otra de San Miguel.

Además de todos estos elementos decorativos, tanto para adornar la capilla como la sacristía construida en su interior, don Juan José también donó los «recados para decir misa» que se detallan a continuación:

 

  • Cuatro casullas de tafetán doble guarnecidas con galón de oro, de los cuatro colores que usa la iglesia.
  • Cuatro casullas de felpilla guarnecidas con pasamanos.
  • Tres albas y dos cíngulos, cinco bolsas de corporales de todos los colores, de damascado tafetán.
  • Un cáliz de de plata sobredorado con su patena, y dos cucharas de plata.
  • Un misal nuevo.
  • Dos vinagreras de plata, grandes.
  • Seis candeleras de plata y bujías de plata, de esa misma hechura.
  • Una palmatoria de plata para alumbrar al sacerdote que celebra.
  • Un ostiando de plata.
  • Dos blandones para poner hachas (teas) en las solemnidades.
  • Una campanilla de plata, que también sirve para cuando hay nublados.

El 18 de diciembre En 1714, don Juan José de Tejada convoca a las fuerzas vivas del pueblo para hacer solemne entrega de la capilla, construida, como él les recordaba, a sus expensas.  La reunión está formada por Martín Ramírez de Arellano, beneficiado de las iglesias de Ocón y sus anejas, y cura de Galilea; a otro presbítero del lugar; el alcalde Diego de Ruete y a procuradores y diputados que acudieron en representación de todos los vecinos.  Orgulloso y satisfecho de la obra realizada, va deteniéndose pausadamente en explicar las características de la con

Retablo después de la restauración

El día 11 de marzo de 1715 funda la cofradía del Pilar. Aunque la capilla está abierta al culto del pueblo, don Juan José insiste en que la titularidad le pertenece, sin duda con la pretensión de que sus muros alberguen su cadáver una vez abandone este mundo, y el de los demás que fueren de su voluntad, como así habría de ocurrir al trasladar hasta los arcosolios existentes los de su tío, enterrado provisionalmente en la capilla del Santo Cristo y los de sus padres, recientemente fallecidos.

Con el fin de hacer frente a los gastos que la capilla pueda generar en el futuro, el antiguo inquisidor establece un patronato y funda una capellanía, sujeta a la celebración de misas y obras pías para asegurar

 

 “…los reparos que en adelante hubiese necesidad, si por razón del rompimiento  de la pared, hubiese alguna quiebra.  “

 

Para cubrir esta contingencia dona un capital de 200 ducados de principal y 6 de rédito al año, comprometiéndose, a su muerte, a

 

“…traspasar a favor de esta capilla y su fábrica la escritura del censo, principal y réditos… “

 

Y para proveer de ornamentos y vestuario necesario para celebrar los divinos oficios dona otros

 

“… doscientos ducados de presente y perpetuamente.”

 

Asimismo manda que, a su fallecimiento, se entregase otro censo a los patronos que deje al cargo de esta capilla  y se guarde en su archivo, no sacándose sino para cuando sea necesario para cobrar los correspondientes réditos.  Estas cobranzas las han de hacer los capellanes titulares de las capellanías a cuyo efecto ha de ser obligación de los patronos entregarles las escrituras todas las veces que les sean pedidas, dejando constancia de ello en el libro que ha de abrirse.  También ha de ser obligación de los capellanes hacer entrega de los réditos de este censo, en cada año, a los patronos de la capilla.

Así, les detalla que la fábrica es de piedra de sillería; la reja que cierra el arco, de hierro forjado pintado; el púlpito contiguo, que sigue a esta reja, también de hierro.  Que la capilla se halla adornada con cuadros y láminas, y lámparas de plata, y joyas, y alhajas primorosas.

Ermita Virgen de Gracia

¿CONSTRUCCIÓN DE LA ERMITA DE LA VIRGEN DE GRACIA?

 

Ermita vista desde el lado norte

Nada hay documentado al respecto. Ni en los libros custodiados en el archivo diocesano ni en la diferente bibliografía consultada. Pero yo estoy convencido que fue Juan José de Tejada quien, trasladó a su localidad natal su ferviente devoción por la Virgen del Pilar, como ya sabemos, pero también su cariño por la Virgen de Gracia, que tan cercanas tuvo en su estancia en la capital maña.

Sobre la fábrica de la ermita de la Virgen de Gracia, Moya Valgañón en su  “Inventario del  Patrimonio artístico de España” dice que su construcción:

 

“…parece edificio del siglo XVIII, reaprovechando quizá, cabecera más antigua”

 

En la documentación consultada en los libros de la iglesia de Galilea, en el archivo diocesano hay una anotación que dice:

 

“Pedro Beltrán, ha hecho edificar la ermita de Santa Ana (?)”

 

¿Acaso la ermita de la virgen de Gracia estuvo dedicada anteriormente a Santa Ana?. Sabemos que don Pedro Beltrán Cenzano fue Capitán, Regidor en varias ocasiones por el Estado de los hijosdalgos, entre los años 1627 y 1647, procurador General del Consejo de Ocón y  fundador de la Cofradía del Santísimo Sacramento. Fue, por tanto, un importante personaje de la hidalguía local a caballo entre los siglos XVI y XVII. Está documentada la fecha de su muerte, el 24 de marzo de 1651. Su fecha de nacimiento pudiera estar localizada en los años finales del siglo XVI,

Es posible, por tanto, que este conspicuo personaje de nuestra localidad, fuera quien mandase construir la ermita, extramuros del pueblo, en honor a Santa Ana, reconstruyéndola y dedicándola a la advocación de la Virgen de Gracia, un siglo más tarde, don Juan José de Tejada. Pero, insisto, nada hay que avale esta hipótesis.

Su muerte

MUERTE DE JUAN JOSÉ DE TEJADA

 

Después de vivir 76 años, muere don Juan José de Tejada García el día 27 de abril de 1719, siendo depositado su  cuerpo, junto a su tío el Arzobispo,como había solicitado en vida, en el arcosolio de la capilla por él levantada, el 13 de julio del mismo año. En el frontispicio hace grabar la siguiente inscripción:

 

Arcosolio donde se supone está enterrado

“Aquí yace el Ilmo. Sr. D. Diego de Tejada y Laguardia, natural de este lugar de Galilea, Beneficiado de Ocón, Colegial Mayor del Viejo de San Bartolomé de Salamanca, Canónigo Magistral de las Santas Iglesias de Santo Domingo de la Calzada y  Murcia, Obispo de las de Ciudad Rodrigo y Pamplona.  En el año 1660 casó a los señores Reyes de Francia Luis XIV y María Teresa de Austria. En el 61 la majestad de Felipe IV lo hizo Virrey y Capitán General del Reino de Navarra. En el 1663 ascendió al Arzobispado de Burgos, de donde en el de 64 vino a los Baños de Arnedillo y habiéndole probado mal, se retiró a su casa de este lugar donde murió el día del Seráfico San Buenaventura 14 de julio de dicho año y ese día le dieron también los cargos dichos, habiendo vivido 53 años. Mandose depositar en la capilla del Santo Cristo de esta iglesia. Pero su sobrino, el Ilmo. D. Juan José de Tejada lo colocó aquí para eterna memoria, quien también yace en este sepulcro.

 

Justamente enfrente, construye otro sepulcro de similares características donde  previamente había enterrado a sus padres, y así lo hace notar en la leyenda que, en madera policromada, hace grabar en el cerramiento del mismo:        

 

«Aquí yacen los nobles señores D. Andrés de Tejada, hermano de dicho señor Arzobispo y Dña María García, padres del Ilmo. Sr. D. Juan José de Tejada y García, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, colegial mayor que fue del viejo San Bartolomé de Salamanca, canónigo doctoral de la Santa Iglesia de Calahorra, provisor y vicario general de su obispado, Inquisidor del Reino de Aragón, Visitador general del Hospital Real de Zaragoza, por su majestad, y de su Consejo de la Santa  General Inquisición, beneficiado de Ocón, Ausejo y Jubera, quien fundó y dotó esta capilla con las capellanías y memorias que hay en ella para honra y gloria de Dios Ntr. Sr. y de su Madre Santísima de el Pilar y alivio de las almas del Purgatorio»

 

En su agonía recibe los sacramentos, salvo el de la eucaristía.  Otorga escritura ante don Miguel José Pascual, escribano real y de número de la ciudad de Arnedo, y manda que, a su muerte, se celebren 1000 misas cantadas, a tres reales de limosna por misa, a celebrar, por partes iguales, en las iglesias de Ausejo, Jubera y Galilea.

De igual manera deja testado la obligación de celebrar 5000 misas rezadas, a dos reales de limosna cada una, a razón de 1300 en la jurisdicción de Ocón; 500 en la de Ausejo; y en la iglesia de Jubera y su jurisdicción, otras 500 misas.  1000 misas más han de celebrarse en la iglesia de Ntra Sra de Vico; otras 1000 en el convento de Ntra Sra de Balbuerna, en Logroño; 400 en la iglesia de San Francisco, de la misma ciudad; 300 en Ntra Sra de Valvanera, además de otras partidas que completan las 5000 misas rezadas.

A cargo de las dos capellanías que funda en la capilla del Pilar deja una misa rezada en cada una desde

 

“…la cruz de mayo hasta la cruz de septiembre, a las once de la mañana.  “

 

También manda celebrar “para siempre jamás” tres aniversarios cantados a lo largo del año: uno el día 2 de enero en que se celebra la fiesta de la Virgen del Pilar. La misa ha de ser concelebrada, rezándose una salve y un responso al final de la misma, pagándose por ello 12 reales.  Otro aniversario el día de San Buenaventura, con tres nocturnos y dos misas con ministros.  El tercer aniversario de celebraría el día de la consumación de su muerte, con la asistencia de dos capellanes, que han de vestir de diácono y subdiácono, a celebrar en el altar de Ntra Sra del Pilar.  El pago será de doce reales y cuatro ducados de vellón.

Bibliografía
  1. 1 Archivo Diocesano de Logroño
  2. Archivo de la Catedral de Calahorra.
  3. Archivo Histórico Nacional
  4. Luis Miguel Enciso Recio. Tensiones y conflictos inquisitoriales en los inicios del siglo XVIII. El caso Heredia -Tejada.
  5. José Enrique Pasamar Lázaro. El comisario del Santo Oficio en el distrito inquisitorial de Aragón.
  6. José Enrique Pasamar Lázaro. Inquisición en Aragón. La cofradía San Pedro Mártir de Verona.
  7. Henry Kamer. La Inquisición española.
  8. Marina Torres Arce. Entre los Austrias y los Borbones. La realidad de un Tribunal de distrito. Logroño 1690/1705
  9. www.enciclopedia-aragonesa.com

Para algunas fotografías: www.flikr.com

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